sábado, 7 de abril de 2012

El Gobierno dispara las tasas judiciales para los recursos en civil y social

 Diario El Pais.

El Gobierno dispara las tasas judiciales para los recursos en civil y social. Justicia argumenta que se trata de paliar la saturación de los juzgados y sufragar la justicia gratuita. Las apelaciones y las casaciones duplican su precio.

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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, un anteproyecto de ley que contempla una subida generalizada de las tasas judiciales, de entre 50 y 750 euros, con el fin, se asegura, de paliar la saturación de los juzgados y a su vez sufragar la justicia gratuita. 
Pero, en la práctica, limita el acceso de muchos ciudadanos con ingresos medios o bajos a la administración de justicia.
Las subidas más espectaculares son las de las apelaciones en civil y contencioso-administrativo, que suben 500 euros, y las casaciones en esos mismos órdenes, que pasan de 600 a 1.200 euros. 
En el caso de la jurisdicción social, los casos de súplica y casación, que hasta ahora eran gratuitos, tendrán ahora unas tasas de 500 y 750 euros, respectivamente.
Fuente: Gobierno de España. / EL PAÍS

Con esta medida, incluida en el paquete de reformas anunciado por Ruiz-Gallardón para agilizar y hacer más eficaz el trabajo de los tribunales, se aplicarán las tasas también para las personas físicas, y no solo jurídicas, que dispongan de recursos económicos, aunque quedarán exentos de pagar aquellos a quienes se haya reconocido la asistencia gratuita por carecer de recursos.
Otro de los objetivos que se ha marcado el Ejecutivo es evitar que lleguen a los juzgados conflictos que pueden solucionarse a través de otras vías, como la mediación, o aquellas actuaciones que solo persiguen dilatar en el tiempo el procedimiento, con lo que se aliviará también la carga de trabajo de los órganos judiciales.

Según ha dicho la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el anteproyecto, que ahora será remitido al Consejo de Estado y al Consejo General del Poder Judicial, pone el acento en la 2ª instancia para "evitar el exceso o abuso" de los recursos.
Así, ha indicado que se trata de quien ya tiene la sentencia de un órgano judicial "contribuya con los costes" que genera recurrirla en una 2ª instancia.
La subida afectará a las tasas ya existentes para interponer una demanda o recurso en el orden Civil y Contencioso-administrativo y se aplicará también en lo Social, aunque en esta jurisdicción solo en el caso de recursos en 2ª instancia de súplica o casación, quedando también excluido el orden penal.

También se introduce una nueva tasa por el alta y modificación de fichas toxicológicas en el registro de productos químicos comercializados.
Según la estimación del Gobierno, si se mantuvieran los datos de 2010, cuando se recaudaron 172 millones de euros a través de esta vía, esa cifra podría alcanzar los 300 millones con las nuevas tasas, cuya recaudación, teniendo en cuenta la actual coyuntura de crisis económica, se destinará a mantener y financiar el sistema de justicia gratuita.

En concreto, en el orden civil subirán las tasas para:
a.- los procesos verbal y cambiario, que pasan de 90 a 150 euros; 
b.- las correspondientes para procesos ordinarios se incrementan de 150 a 300, y 
c.- en el proceso monitorio suben también de 50 a 100 euros.
Las tasas para:
d.-  ejecuciones extrajudiciales y concursos necesarios se elevan de 150 a 200 euros, 
e.- en los recursos de apelación habrá que pagar 500 euros más -de 300 a 800- y
f.-  en los de casación e infracción procesal suben un 100 % pasando de 600 a 1.200.

En la jurisdicción contencioso-administrativa suben las tasas en los procesos abreviado (de 120 a 200 euros) y ordinario (de 210 a 350), así como en los recursos de apelación, que pasan de 300 a 800 euros, y de casación, de 600 a 1.200.
Por último, en el orden social, se aplicarán las tasas solo en 2ª instancia, costando 500 euros para los recursos de súplica y 750 en casación.

Esta reforma, según han informado fuentes de Justicia, no supone ninguna merma al derecho a la tutela judicial efectiva, ya que ha tenido en cuenta la doctrina del Tribunal Constitucional (TC) según la cual la tasa responde al principio del pago del coste del servicio que presta la Administración de Justicia, y en ningún caso superará dicho coste.
En cuanto a la gestión, el anteproyecto también contempla, entre sus novedades, que los procuradores y abogados podrán facilitar el pago, y se establecerá la posibilidad de revisar la liquidación de la tasa durante la tramitación del procedimiento judicial.

Heidi Klum solicita el divorcio de Seal: Custodia compartida de sus hijos

 el periodico

TRAS 3 MESES DE SEPARACIÓN: 

Heidi Klum solicita el divorcio de Seal por "diferencias irreconciliables". La pareja tiene como principal objetivo compartir la custodia de sus cuatro hijos.

Sábado, 7 de abril del 2012/EFE / Washington La modelo Heidi Klum ha solicitado formalmente el divorcio del cantante Seal en una demanda en la que alega "diferencias irreconciliables", 3 meses después de que ambos anunciaran su separación, según informa la revista People en su edición digital.
La modelo ha presentado la demanda de divorcio este pasado viernes ante un tribunal de Los Ángeles (EEUU).

Klum
y Seal tienen como principal objetivo llegar a un acuerdo para compartir la custodia de sus 4 hijos: Leni, de 7 años; Henry, de 6; Johan, de 5, y Lou, de 2. La pareja, que contrajo matrimonio en 2005 después de que la modelo pusieran fin a su relación con Flavio Briatore, anunció en enero pasado su separación.
Heidi Klum y Seal durante la gala de los Grammy en Los Ángeles. CHRIS PIZZELLO / AP

El único compromiso para toda la vida

 Diario El País.

El único compromiso para toda la vida: Tu Banco, la Hipoteca, ... el divorcio.

¿Desea comprometerse para toda, toda la vida? No es una hipérbole, no: para toda la vida, para siempre jamás. 
¿Desea un compromiso tan poderoso que usted será capaz de mantenerlo aunque le flaqueen las fuerzas, aunque sufra un ataque de locura transitoria, aunque…? 
Aquí le brindo graciosamente la solución: abra una cuenta corriente indistinta con otro titular (por ejemplo, con su adorable y adorada pareja, que se convirtió en cónyuge gracias a las artes de un juez en la madrileña calle de Pradillo). 
Jamás podrá incumplir ese compromiso; ese ha sido su deseo y le aseguro que se cumplirá. 

Se lo demostraré.
Imagine por un momento que, al cabo de cierto tiempo, su adorado y adorable marido (mujer) resulta ser miembro de cualquier mafia —hay muchas donde elegir— o se ha enamorado de la estatua del doncel de Sigüenza. En fin, que desaparece totalmente de su vida. 
Y es en ese mismo momento cuando usted desea romper el vínculo, el compromiso que adquirió durante la ceguera —feliz y engañosa cegueradel enamoramiento y se divorcia (para ello no es necesario llegar a acuerdo alguno con su exadorado-a). 

¡Ah, qué debilidad la mía. Ya he roto el vínculo!, lloriqueará usted. 
Pues no se preocupe y deje de lamentarse, porque la solución está en aquella inocente cuenta corriente que abrieron conjuntamente y quedó olvidada, silenciosa y discreta. 
Ella es la unión, el vínculo, el compromiso más férreo e inalterable que nunca pudo imaginar puesto que jamás podrá romperlo sin el concurso de su exmarido (mujer) mafioso o amante de donceles al que usted no puede hacer llegar su solicitud, pues no sabe adónde enviarla. 

Nunca jamás podrá salir de la comunión profundísima que otorga una cuenta corriente conjunta. ¡No ha fallado! ¡No incumple su compromiso! 
Así que despreocúpese: una cuenta corriente conjunta, tan vulgar ella, es su infalible seguro de mantenimiento de compromiso, pase lo que pase. 
¡Acuda cuanto antes a su banco y abra una! No quedará defraudado.—  
Ana Franco.
Nota:  el ejemplo vale para cualquier modelo de convivencia en pareja, sea hombre o mujer el afectado-a.

Igualdad, ¿para quién?

 Diario El País

Igualdad, ¿para quién?

El pasado 29 de febrero mi pareja y yo tuvimos la inmensa alegría de ser padres por 3ª vez. Tras más de 13 años de convivencia y con 3 hijos pensamos que teníamos derecho al título de familia numerosa. 
Nuestra sorpresa llegó cuando en la Comunidad de Madrid (desconozco si la situación es similar en otras regiones) nos dijeron que no era posible expedir dicho título a nombre de ambos progenitores, por el hecho de no estar casados y que solo podría figurar uno. 
El padre o la madre, pero no ambos; con lo que el otro quedaba excluido de las “presuntas” ayudas y beneficios que otorga ese título y nos obligaba a figurar como una familia incompleta de4 miembros, cuando somos 5. 

De nada servía que el resto de la documentación solicitada estuviera en regla —Libro de Familia, certificado de empadronamiento común, etc.—. 
En un tiempo en el que tanto se habla de igualdad, de apoyo a las familias y tantas otras frases hechas, me pregunto si mi pareja y yo no formamos parte de una familia porque no estamos casados y si la igualdad solo existe cuando vives tu vida bajo las condiciones que imponen otros.—  
Mario Vaillo de Mingo.

El Constitucional acumula retrasos de hasta 13 años en leyes

LAS DEMORAS EN LA JUSTICIA: El Constitucional acumula retrasos de hasta 13 años en leyes polémicas. 
El PP recurrió los matrimonios homosexuales en 2005 y aún no hay sentencia.
 
Pleno extraordinario del Constitucional, el pasado 19 de marzo en Cádiz, para conmemorar el 200º aniversario de la Constitución de 1812. / J. ZAPATA (EFE)

El Tribunal Constitucional tiene pendientes aún asuntos de hace 13 años y aunque la última reforma de su ley orgánica ha permitido poner al día la enorme bolsa de recursos de amparo pendientes, el retraso se centra ahora en los cerca de 450 asuntos que tiene que resolver el Pleno, entre los que destacan la ley del matrimonio homosexual, la doctrina Atutxa, o la ley del aborto. 
Con todo, el tribunal está a punto de entrar en el siglo XXI, ya que el único recurso que queda pendiente desde 1998 está a punto de resolverse y solo quedan 2 de 1999.

La resolución más antigua que tiene pendiente el tribunal es un recurso de inconstitucionalidad del expresidente del Gobierno José María Aznar presentado en 1998 contra la Ley del Deporte del País Vasco,(...)  
Menos avanzado está otro que guarda relación con él y entró en el tribunal en 1999, este contra la ley del Deporte del Parlamento de Cataluña que delimita las competencias en materia de “deportes, cultura y relaciones internacionales”.

Algunos de los recursos pendientes

Recurso contra la Ley del Deporte del País Vasco. Lo presentó en 1998 el entonces presidente del Gobierno, José María Aznar. La ley permitía la creación de selecciones propias.
Recurso contra la Ley del Deporte de Cataluña. El Gobierno del PP la recurrió en 1999.
Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que impone mayoría cualificada para nombramientos en el Tribunal Supremo Pendiente desde 2005.
Ley de matrimonio homosexual. El Constitucional admitió a trámite en 2005 el recurso de inconstitucionalidad presentado por más de 50 diputados del PP.
Recurso de amparo contra la ‘doctrina Atutxa’. Elexpresidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa recurrió en 2009 la sentencia del Supremo que le condenó junto a Gorka Knorr y Kontxi Bilbao por un delito de desobediencia pese a que solo había acusación popular.
Ley del aborto. El PP y el Gobierno de Navarra presentaron en 2010 sendos recursos contra la ley aprobada por el Gobierno de Zapatero. El Constitucional rechazó por seis votos contra cinco la suspensión cautelar que pedía el PP.
Recurso contra la prohibición de los toros en Cataluña. El PP recurrió en 2010 la decisión la ley aprobada por el Parlamento catalán para prohibir las corridas de toros en la comunidad.
continua el artículo en el diario

jueves, 5 de abril de 2012

CiU pedirá al Gobierno que adapte la legislación sobre protección de víctimas de violencia a la de la UE

En una proposición no de ley en el Congreso: CiU pedirá el miércoles al Gobierno que adapte la legislación sobre protección de víctimas de violencia a la de la UE
Lourdes Ciuró
Foto: CIU. SABADELL
MADRID, 23 Mar.2012 (EUROPA PRESS) -
La portavoz de Igualdad del Grupo Parlamentario Catalán (CiU) en el Congreso de los Diputados, Lourdes Ciuró, defenderá el próximo miércoles una proposición no de ley en dicha comisión parlamentaria en la que pide al Gobierno que adopte "lo antes posible" al ordenamiento jurídico español la legislación europea sobre protección de víctimas de violencia.
   
Ciuró explica así que la citada orden europea de protección tiene como finalidad asegurar que toda medida que se pueda aplicar en un Estado frente a la violencia se imponga en cualquier país miembro al que se desplace la víctima.
En este sentido, insiste en que CiU quiere el mismo nivel de protección que en el resto de la UE para las víctimas de cualquier tipo de agresión, como el acoso, la violencia, la homofobia o la trata.
La diputada de CiU puntualiza que, aunque la mayoría de medidas benefician a mujeres, también se aplicará a víctimas de ambos sexos y a niños, y se prevé que el beneficiario pueda solicitar protección para sus familiares.

La evaluación de riesgo de víctimas de violencia machista no siempre es realista

Según la defensora del pueblo: La evaluación de riesgo de víctimas de violencia machista no siempre es realista
016   Ministerio de Igualda
Foto: MINISTERIO DE IGUALDAD
MADRID, 29 Mar.2012 (EUROPA PRESS) -
El informe anual del Defensor del Pueblo alerta de que la evaluación del riesgo de la víctima de violencia de género, que se realiza conforme a un programa informático, "no siempre se corresponde con la realidad", como se comprobó tras el asesinato de 2 mujeres el año pasado cuya situación había sido infravalorada.
1 de los casos ocurrió en Toledo, donde la mujer interpuso una denuncia contra su marido ante la Comandancia de la Guardia Civil, que, con los datos que ella había facilitado, elaboró una primera evaluación con resultado de "nivel de riesgo no apreciado". 
Se acompañó a la víctima a su domicilio, donde quedó en compañía de unos familiares, y se activó la búsqueda del marido.
Sin embargo, los familiares que acompañaban a la mujer abandonaron momentáneamente el domicilio sin avisar a las fuerzas del orden. El hombre se presentó allí "con celeridad imprevista en función de la valoración existente" y la apuñaló con resultado de muerte.
   
La Alta institución, teniendo en cuenta que en el Cuartel de Fuensalida (Toledo) "no existe unidad especializada en el tratamiento de la violencia de género", formuló una recomendación para que se evaluase la posibilidad de proponer nuevas medidas a fin de "asegurar en la mayor medida posible la integridad de las víctimas", como la presencia de agentes especializados en la materia con "formación específica en instrumentos e indicadores de valoración del riesgo".
   
Asimismo, el Defensor del Pueblo investigó los asesinatos de 2 mujeres que contaban con una orden de protección en vigor en Alicante y País Vasco ocurridos en 2010. 
En el primero, la Guardia Civil informó de que se había realizado una 1ª valoración del riesgo que determinó un nivel "bajo". 
2 meses después, previa llamada telefónica a la víctima, se efectuó una nueva valoración que determinó un nivel de riesgo "no apreciado".
Según el informe remitido por la Dirección General al Defensor del Pueblo, "de las valoraciones resultantes no era posible presagiar dicho desenlace", aunque con ocasión de las indagaciones llevadas a cabo, los agentes pudieron conocer que, a pesar de la orden vigente de alejamiento, tanto agresor como víctima se veían de forma voluntaria y esporádicamente, circunstancia que no fue puesta en conocimiento de la Guardia Civil cuando mantuvieron contacto con ella.
   
En cuanto al caso de País Vasco, donde se utiliza un programa informático elaborado por la Ertzaintza con la colaboración de un catedrático de Psicología clínica, la 1ª evaluación arrojó un nivel de riesgo "alto", por lo que la mujer recibió una "breve formación" en medidas de autoprotección y se realizaron comprobaciones telefónicas y se le ofreció un teléfono de conexión directa y un control policial más exahustivo de sus rutinas, pero los rechazó.

Según explica el informe del Defensor del Pueblo, "como consecuencia de la investigación interna llevada a cabo, se detectó que a pesar de que el sistema arrojaba como resultado una valoración del riesgo alto (el mismo en las 3 evaluaciones), debió concedérsele el grado de especial, que conllevaría aparejada la atribución de escolta". 
"Sin embargo, este hecho carece de relevancia en cuanto al lamentable final del caso, puesto que la interesada ya había rechazado el control policial exhaustivo propio de los niveles altos", apunta la Alta Institución, que está en espera de recibir el informe del fiscal jefe provincial al respecto.

El 80% de las víctimas mortales de violencia de género convivía con su asesino

 
BALANCE ENERO-MARZO: El 80% de las víctimas mortales de violencia de género convivía con su asesino. 
Más de 18.760 mujeres cuentan con protección policial activa frente al maltrato y 5.560 maltratadores están cumpliendo condena. 
 
MADRID, 2 Abr.2012 (EUROPA PRESS) -
El 80 % de las 10 mujeres asesinadas en este 1º trimestre del año en el marco de la violencia de género aún mantenían una relación de pareja y convivencia con el hombre que acabó por asesinarlas, mientras que 2 se encontraban en fase de ruptura. Ninguna de las fallecidas había presentado denuncia previa por malos tratos.
Aunque la estadística oficial cifra en 10 el número de víctimas mortales en este 1º trimestre, la delegación del Gobierno mantiene 2 casos en investigación correspondientes a las muertes de otras 2 mujeres en Pinto (Madrid) y Vilardevos (Orense), que podrían elevar el balance a una docena.
   
Con todo, los datos arrojan 6 muertes menos que el año pasado por las mismas fechas y 1 menos que en 2010, cuando al cabo del 1º trimestre se computaban 11 víctimas mortales de la violencia de género. 
Entre enero y marzo de 2009 también fueron 10 los crímenes cometidos.
   
El 1º trimestre más duro desde que comenzaron a elaborarse estadísticas oficiales en 2003, fue el de 2006, cuando se produjeron en España 20 homicidios de mujeres a manos de otros tantos hombres. 
Le sigue 2008, con 19 casos; y 2007, cuando fueron 18. 
En total, 616 mujeres han sido asesinadas en los últimos 8 años.
   
Atendiendo a estos 3 primeros meses de 2012, el mayor nº de asesinatos tuvo lugar en enero, cuando fueron 8 casos. 
En febrero y marzo se produjeron 2, 1 en cada mes. 
Hasta 6 de los 10 se registraron en Cataluña, mientras que los otros 4 tuvieron lugar en Andalucía, Comunidad Valenciana, Extremadura, y Navarra.
   
El 80 % de las víctimas, al igual que el 80 % de los asesinos, eran de nacionalidad española, lo que arroja, un trimestre más, una sobre representación de las mujeres extranjeras entre las fallecidas por violencia machista, ya que suponen 2 de cada 10 cuando en el conjunto de la población no llegan al 11%.  
En total, el Gobierno concedió el año pasado el permiso de residencia en España a 771 mujeres extranjeras en situación irregular que fueron víctimas de la violencia de género. 
Desde que se contempló esta posibilidad, en marzo de 2005, se han regularizado 3.091 mujeres que se encontraban en esta situación de vulnerabilidad.
   
En cuanto a la edad de las mujeres asesinadas en este 1º trimestre del año, 1 tenía entre 31 y 30 años de edad y otra había cumplido los 65, 2 estaban entre los 30 y los 41, 6 se econtraban entre 41 y 50 y otras 3 contaban entre 51 y 64 años.

5.560 MALTRATADORES EN LA CÁRCEL

Respecto a los 10 asesinos, de los que 1 se suicidó y otros 2 lo intentaron, según los datos recopilados por Europa Press, todos han sido detenidos y puestos a disposición judicial. 
En la actualidad, 5.560 hombres cumplen condena por delitos de violencia de género en España y, a 29 de febrero, se contaban 787 dispositivos activos de localización GPS de maltratadores.
Los últimos datos publicados por el Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial indican que el 81 % de las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales (se ocupan de los crímenes más graves) en este tipo de asuntos son condenatorias.

PROTECCIÓN POLICIAL PARA 18.600 MUJERES

Por otra parte, según datos oficiales a los que ha tenido acceso Europa Press, un total de 18.762 mujeres contaban con protección policial activa a 29 de febrero, por lo que ya son 97.125 las víctimas de violencia de género que han dispuesto en algún momento de este tipo de medida de seguridad.
Además, un total de 9.818 mujeres contaban con servicio de teleasistencia (ATEMPRO) a esta misma fecha, un servicio por el que han pasado 40.241 víctimas de malos tratos desde el año 2005.
Por su lado, el teléfono gratuito 016 de atención al maltrato había recibido a 29 de febrero recibido 307.715 llamadas desde que se puso en funcionamiento, en septiembre de 2007. 
De las comunicaciones, el 75,3 % fueron efectuadas por las víctimas, el 22 % por allegados o familiares y un 2,7 %, por otras personas.
   
Las mismas estadísticas oficiales reflejan que al cierre de 2011: 
a.- 29.065 mujeres víctimas de la violencia machista percibían una Renta Activa de Inserción; b.- 10.140 habían recibido ayuda para cambiar de residencia
c.- 1.364 se beneficiaban de ayudas económicas y
d.- ya se contaban 3.228 contratos bonificados para ciudadanas en esta situación.

El TS deniega pensión de viudedad a una mujer pese a acreditar convivencia

 europa press

El TS deniega pensión de viudedad a una mujer pese a acreditar convivencia: No estaba registrada como pareja de hecho.


MADRID, 5 Mar. 2012(EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha fallado a favor del recurso de casación presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) contra la decisión del Tribunal Superior de Justifica de Madrid de conceder la pensión de viudedad a una mujer que, pese a no estar registra como pareja de hecho, acreditó convivencia "estable y notaria". En la sentencia, en la que unifica doctrina el Alto Tribunsal entiende que esta condición no es suficiente y que es necesario el registro para poder acceder a la pensión.
   
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) había sido condenado a pagar la pensión de viudedad a Vicenta A.M. tras acreditar, a través de un certificado de empadronamiento, su convivencia con el fallecido, Galo A.A., sin que se hubieran registrado como pareja de hecho.
Sin embargo, en la sentencia del TS se especifica que "deben concurrir" los requisitos legales de "existencia de pareja de hecho" y de convivencia "estable y notoria", establecidos ambos en el artículo 174 de la Ley General de la Seguridad social, añadiendo que "son distintos".
El Supremo indica que las reglas de acreditación de uno y otro requisito, "en el mismo precepto legal, son asimismo diferentes". 
Además, añade el TS, la existencia de pareja de hecho debe acreditarse mediante la inscripción en el registro específico de parejas de hecho o con un documento público en el que conste la constitución de la pareja.
   
Por ello, el Alto Tribunal anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que otorgó una pensión mensual de 597 euros a la mujer, que había convivido con el fallecido y tuvo una hija en común, que reconoció, pese a que nunca se habían inscrito como pareja de hecho.

Crece la violencia de los hijos hacia sus padres

En Cataluña; Crece más de un 50 por ciento la violencia de menores respecto a sus padres
La Fiscal Jefe De Catalunya T.Compte Con Los 4 Fiscales Jefes Provinciales
Foto: EUROPA PRESS
BARCELONA, 22 Mar2012. (EUROPA PRESS) -
La violencia doméstica de menores de edad respecto a sus padres o parientes ha crecido hasta un 55 % en 2011 respecto al año anterior en Cataluña, ha anunciado este jueves la fiscal jefe de Cataluña, Teresa Compte, en la Comisión de Justicia del Parlamento autonómico.
   
Es lo que se desprende de la Memoria de la Fiscalía Superior de Cataluña correspondiente al 2011, que ha registrado un incremento de 220 a 342 los casos abiertos que se han procesado, cifras que considera "preocupantes".
La fiscal jefe constata que muchos padres declinan denunciar a sus hijos por miedo a enfrentar una orden de alejamiento y separarse de ellos, si bien cada vez se atreven más a hacerlo.

miércoles, 4 de abril de 2012

Un libro saca los colores al conflicto de la vivienda en España

 El Periodico

Un libro saca los colores al conflicto de la vivienda en España.

Ada Colau y Adrià Alemany presentan 'Vides hipotecades', una obra que denuncia la creación de la burbuja inmobiliaria y la penalización en forma de desahucios.

Miércoles, 4 de abril del 2012/TONI SUST / Barcelona El 90% de la población de Barcelona y Madrid vivía de alquiler en 1950. 
El 51% en toda España. "Queremos un país de propietarios, no de proletarios", dijo en 1957 el primer ministro de la Vivienda, José Luis Arrese.
La frase es significativa y marcó un cierto cambio, progresivo.

Muchos años después, no hace mucho, alquilar se convirtió en una opción negativa, perdedora. Solo un tonto alquilaba cuando comprar un piso era más barato. 
Y lo era: el acceso al crédito se vio facilitado y poco menos que se convenció a la gente de que comprar un piso era prácticamente obligado. Ese piso iba a subir de precio, o por lo menos nunca bajaría, se tranquilizaban los compradores.

Ada Colau y Adrià Alemany, impulsores de la Plataforma d'Afectats per la Hipoteca, se han decidido a plasmar por escrito su experiencia de denuncia de la responsabilidad de bancos y cajas, y de la administración, entre otros actores, en el proceso que ha llevado a las familias a sufrir la pérdida de la vivienda, deshaucios, deudas de por vida o todo esto a la vez.

"Gente deprimida".

Colau y Alemany han coescrito Vides hipotecades, que han presentado este miércoles en Barcelona. 
El libro aborda la angustia que ha vivido la población afectada por este conflicto, pero también se detiene en algo que Colau considera positivo: el hecho de que la gente ha tomado conciencia de la existencia del problema, si bien de entrada la mayoría no sabía cómo reaccionar: "Cuando empezamos creíamos que nos encontraríamos a gente muy cabreada, y nos encontramos a gente deprimida".

Alemany advirtió de que no fue casual que la ciudadanía se lanzara a comprar viviendas, y de que algunos "construyeron mitos" para persuadir a los que se convirtieron en compradores: "Algunos tienen más responsabilidad que otros por la información que tenían".  
Los dos autores defendieron la dación en pago y la moratoria de los desahucios y advirtieron de que la lucha en favor del derecho fundamental de la vivienda sigue viva. 
"Qué sociedad puede mirarse al espejo cuando tolera que se desalojen viviendas en las que viven niños", subrayó Coalau.,

Vivienda familiar y crisis de pareja:Atribución del derecho de uso

 Diario Jurídico

Vivienda familiar y crisis de pareja:Atribución del derecho de uso

Por Maria Pérez Galván. Abogada de Familia 
El 1 de Abril de 2011, la Sala Iª del Tribunal Supremo ha dictado una Sentencia que concluye que, la atribución del uso de la vivienda familiar no puede ser limitada por el Juez cuando existen hijos menores de edad.
Esta Sentencia viene a suponer un paso atrás respecto de lo que la Doctrina y los distintos Juzgados y Audiencias Provinciales venían interpretando en los últimos años haciéndose eco de la demanda social sobre la vivienda familiar.  

A muchos profesionales que trabajamos en derecho de familia no nos ha gustado esta Sentencia.  El art. 96.1 del Código Civil establece que: en defecto de acuerdo de los cónyuges, el uso de la vivienda familiar corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden,  siendo pues una regla taxativa, que se aplica también a los casos de rupturas de uniones de hecho con hijos menores. 
Este precepto  no se ha reformado al modificarse el Código Civil en cuanto a  guarda y custodia compartida en el año 2005. 
En consecuencia, desde 1981, rige este artículo,  a pesar de lo mucho que ha cambiado la sociedad y la familia en estos años.

El primer criterio legal para la atribución del uso de la vivienda familiar,  deriva de la redacción de apartado 1 de dicho artículo 96, al señalar:  “en defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado  por el juez…”, permitiendo en consecuencia el precepto que los cónyuges puedan instrumentar, a través del convenio regulador, la atribución del uso de la vivienda familiar, otorgándose así a las partes un amplio campo de libertad de pacto.  
Sabemos que el acuerdo es siempre el camino deseable para resolver estas controversias en la crisis de la pareja, pero mientras  existan normas que  se presten al abuso de derecho, se seguirán planteando pretensiones  insostenibles que haga que sea el Juez el que finalmente resuelva las controversias. 

No es fácil encontrar resoluciones que denieguen la aprobación de clausulas sobre el uso de la vivienda en las que  las partes pactan la venta a un tercero o la adjudicación de la vivienda  al no custodio aun  con  hijos menores, pero el problema surge cuando no hay acuerdo.
En estos casos,  el interés del menor es el punto de referencia para  decidir  sobre la atribución del uso de la vivienda, sea titularidad de uno o de otro progenitor y con independencia del resto de las circunstancias de las partes.

Atendiendo a la necesidad de una reinterpretación  del art. 96 para adoptarlo  a las nuevas realidades sociológicas, la Doctrina y distintos foros, entre ellos el creado por los Encuentros  institucionales de Jueces y Magistrados de Familia, Secretarios Judiciales con Abogados de la Asociación Española de Abogados de Familia , han venido trabajando sobre ello, aprobando conclusiones, como la elaborada en 2005 : 
En  la atribución de la vivienda familiar, deben atenderse, en primer lugar, el interés más necesitado de protección, lo que no implica que no se puedan imponer límites temporales a la atribución del derecho  de uso “. 
En 2008, se aprobó como conclusión al respecto: 
Hasta que se produzca la reforma legal del artículo 96 del Código Civil, se acuerda que el mismo sea interpretado de forma que:
a) La asignación del uso exclusivo de la vivienda familiar sea un remedio subsidiario para los casos en que no se pueda garantizar de otro modo el derecho de habitación de los hijos. 
b) En todo caso, la asignación del uso exclusivo de la vivienda familiar, en los supuestos en que proceda, se hará siempre con carácter temporal, siguiéndose  similares criterios en las de 2009 , siendo estos criterios los que se  han visto  reflejados en numerosas  Sentencias dictadas por los Jueces y Tribunales de Familia.  

Al hilo de estas interpretaciones y criterios,  hemos conseguido alcanzar muchos acuerdos respecto del destino  final de la vivienda familiar y evitado mayores enfrentamientos, procedimientos de modificaciones de medidas, y  liquidaciones de patrimonio común.
Sin embargo,  el Tribunal Supremo con esta Sentencia que comentamos,  da un enorme paso atrás al prohibir al Juez analizar las circunstancias concretas del caso para  acordar lo procedente, salvando siempre el interés del menor, interés  que debe pasar por salvaguardar  también los del progenitor que se ve obligado a abandonar la vivienda familiar. 

Tras toda separación o divorcio, cada parte necesita una vivienda digna donde residir y  convivir con los hijos comunes el tiempo que proceda.  
¿ Es justo que , en base al interés del menor, se deba atribuir siempre el uso de la misma al progenitor que tenga la custodia?. 
¿ Qué hacer cuando la custodia es compartida?.  
¿ Cómo resolver cuando la vivienda es titularidad de terceros?.     
¿ Qué hacer si ambos progenitores tienen vivienda propia?.  
Nada alumbra esta reciente Sentencia  y da lugar a que se sigan dando situaciones de verdadero agravio comparativo y abuso de derecho.

Mientras tanto, sigamos intentando alcanzar acuerdos y no judicializar a las familias.

Islandia perdona la deuda hipotecaria de .....

Islandia perdona la deuda hipotecaria de un cuarto de la población
La mayoría de las deudas hipotecarias de los islandeses quedan perdonadas.
    islandia-perdona-la-deuda-hipotecaria-de-un-cuarto-de-la-poblacion
  • 22 feb 2012
&quote; Islandia tiene el récord en el perdón de la deuda hipotecaria de todos los países. &quote;
La mayoría de las deudas hipotecarias de los islandeses quedan perdonadas. 
Tras las protestas de gran parte del país contra sus líderes políticos y banqueros durante el año 2009, debido el colapso económico y la ruina financiera acontecida en 2008, finalmente han obtenido una respuesta positiva. 

Los bancos de la isla acaban de perdonar la deuda hipotecaria de un cuarto de la población, que es el equivalente al 13% del PIB nacional, según un informe publicado este mes por la Asociación de Servicios Financieros de Islandia. 
“Podemos afirmar con seguridad que Islandia tiene el récord del mundo en el perdón de la deuda hipotecaria”, ha declarado Lars Christensen, economista jefe de mercados emergentes de Danske Bank.

Un acuerdo entre el Gobierno y los bancos del país, -en parte controlados por el Estado-, ha permitido el perdón del crédito hipotecario que en muchas ocasiones superaba el 110% del valor de sus viviendas. 
Por otra parte, el Tribunal Supremo islandés también ha declarado ilegales los préstamos hipotecarios que estaban ligados a monedas extranjeras, por tanto, estos hipotecados tampoco tendrán que sufrir la devaluación de su propia moneda. 
“Sin esta ayuda de emergencia a la deuda de los hogares, los propietarios de viviendas se habrían visto enterrados bajo el peso de sus créditos después de que el ratio deuda/ingresos alcanzara el 240% en 2008″ explica Thorolfur Matthiasson, profesor de economía en la Universidad de Islandia en Reykjavik.

¿Qué viviendas quieren los divorciados y ‘singles’?

¿Qué viviendas quieren los divorciados y ‘singles’?
    las-mejores-viviendas-para-divorciados-y-singles
  • C. GARCÍA-PANDO –30.Marzo.2012.
&quote; Los solteros buscan inmuebles que tengan entre 50 y 60 m² y 1 o 2 habitaciones. &quote;
La coyuntura actual y el avance de los años están llevando a la sociedad a adoptar nuevos hábitos de vida. La crisis, el desarrollo de las nuevas tecnologías, el aumento de la esperanza de vida o la libertad de compromiso en las relaciones sentimentales han conducido a que se registre un número mayor de personas que vive sola.
Así lo confirman los últimos datos de la Encuesta de Población Activa realizada por el Instituto Nacional de Estadística de diciembre de 2011: 3,4 millones de personas viven solas en España. 
Paradójicamente, la crisis, en vez limitar la creación de hogares, ha potenciado su proliferación, especialmente entre la población activa. De hecho, según estas cifras estadísticas, ha aumentado un 27% el volumen de viviendas de un único inquilino con trabajo (unos 300.000 hogares), hasta representar 1,51 millones del total.

¿Qué viviendas quieren los solteros y divorciados?

“Desde luego que el segmento de inquilinos, tanto de ‘singles’ como de divorciados, están tomando fuerza y aumentando entre las personas que viven solas”, afirma David Infante, agente y consultor inmobiliario personal. 
Cada vez la edad para casarse es mucho más tardía y el número de divorciados ha crecido en los últimos años, sobre todo, entre los hombres, que son los que abandonan normalmente la vivienda”, explica.
Por eso, el tipo de vivienda destinada para esta potencial demanda también está empezando a pedirse y necesitarse más. 

De hecho, en algunas partes de España hay empresas que han construido y comercializado edificios enteros de pisos pequeños y tecnológicamente equipados para ‘singles’. 
“En general, los solteros que no quiere compartir piso, buscan inmuebles similares a un estudio que tengan entre 50 y 60 m², 1 o 2 habitaciones o apartamentos en alquiler con rentas muy bajas, menos de 500 euros”, afirma Jesús Duque, vicepresidente de Alfa Inmobiliaria.

Los divorciados, por su parte, tienen más necesidades de espacio y les importa más la localización del piso y los servicios de la zona si tienen hijos, aunque también es cierto que algunos pueden admitir una renta mensual superior. 
Asimismo, entre los separados, compartir piso suele quedar descartado: 
“Con hijos es imposible, no hay espacio”, cuenta Paco Rodríguez, presidente de la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC), aunque por otra parte, reconoce que “sin hijos (compartir piso) es una alternativa a los precios del mercado”.
Las principales opciones de los padres divorciados que normalmente tienen que buscarse otra vivienda después de la separación son, tal y como apunta Rodríguez, “volver a casa de sus padres (si viven todavía) o acudir a casas de acogida para los sin techo (si no tienen hijos)”. 

Algunas Comunidades Autónomas, como la Comunidad de Madrid, realizan sorteos de viviendas de protección oficial, donde normalmente suelen ser beneficiarios los solicitantes separados y divorciados mediante resolución judicial que hayan sido privados del uso y disfrute de la vivienda conyugal y no tengan hijos. 
No hay un cupo de VPO para padres y madres divorciados con hijos ni en las Empresas Municipales de Viviendas ni en el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) de Madrid ni en el resto de autonomías, al contrario que sí existe para otros colectivos sociales (madres solteras, familias numerosa, emigrantes, mujeres maltratadas…)”, afirma el presidente de PAMAC.

Alternativas de vivienda

Por esta razón, las alternativas de un divorciado en la actualidad están un poco limitadas. Debido a que muchos de ellos tienen una vivienda en propiedad, pero no se han liquidado los bienes gananciales, no pueden acceder a una cuenta ahorro vivienda. 
Además, muchos de los separados tienen que seguir pagando la hipoteca de la que fue su vivienda familiar y no pueden contratar otra, ya que los bancos no permiten que una persona tenga 2 hipotecas
“Si realmente tienes dinero, esto está superado. Los millonarios no tienen problemas de acceso a la vivienda, solo los asalariados”, opina el representante de PAMAC.

José Mª B. L., un divorciado con un niño de 4 años que tiene que mantener un inmueble familiar de forma no deseada de más de 120 m² con garaje. 
Tras la separación las principales alternativas que cuenta a su disposición son “la renuncia a los hijos, quedarme con la vivienda familiar, ser acogido caritativamente, compartir piso de manera forzosa o irme a vivir a zonas alejadas o barriadas consideradas socialmente como marginales”, nos revela. 

En cuanto a las ayudas estatales, José María opina que en divorcios especiales que impliquen cargas familiares sin custodia, no hay suficientes, “es más, se dificulta”, subraya. 
Subvenciones públicas más específicas y sin tantos límites (determinada edad, límite de ingresos sin tener en cuenta los gastos fijos…) para solventar las necesidades de vivienda o nuevos tipos de pisos más pequeños y más asequibles, mejor adaptadas a este público, es lo que haría falta.

Las dificultades económicas ha obligado a muchos jóvenes a tener que compartir piso para independizarse. 
De hecho, el piso compartido es la principal opción de los jóvenes para vivir en la gran ciudad. Según un estudio de pisos.com, la mayoría de las personas que se deciden a compartir vivienda se sitúan en una franja de edad de entre los 18 y 25 años. 
No obstante, con la crisis este tipo de inquilino está creciendo y ampliándose a otros espectros de población

Tal y como afirma Miguel Ángel Alemany, director general del portal, “la falta de solvencia modifica las tendencias: los que no pueden comprar, alquilan; los que no pueden alquilar, buscan un piso compartido; y los que compraron pero tienen dificultades para llegar a fin de mes, ponen en alquiler habitaciones. De este modo, el perfil del inquilino es mucho más amplio debido a la coyuntura económica actual”.

Rehabilita y alquila

La posibilidad de que este producto también pueda abarcar a la demanda de los jóvenes o solteros con ganas de emanciparse que no quieren compartir piso es otra razón más para que cada vez se empiecen a diseñarse viviendas con menos espacio o prestaciones, pero más baratas para este tipo de inquilinos.
“En Madrid, por ejemplo, hay viviendas muy baratas en Lavapiés, Tirso de Molina o dentro e almendra central, que son lo más barato para este público”, señala Infante. 

Además, muchos inversores y propietarios también pueden sacarle partido.  
Muchas de las viviendas actuales, o partes de casas grandes se pueden aprovechar: antiguos trasteros, buhardillas de entre 25 y 30 m², se pueden reformar y alquilar por una renta asequible de menos 500 euros al mes. “Es lo que actualmente tiene bastante tirón”, apunta Infante. 
Las personas que alquilarían este tipo de inmueble tienen un perfil bastante bueno, ya que no tienen ningún problema con el pago de la vivienda, que utilizarían de 2 a 3 años. 
Así, los inquilinos podría obtener una rentabilidad bastante segura y pragmática. 
Además, la mayoría de estos inquilinos jóvenes y solteros suelen tener el respaldo de sus padres para que respondan.

Ante la cuestión de si es necesario o no la construcción de inmuebles especialmente diseñados para estos inquilinos únicos, la concepción mayoritaria es que no. 
De hecho, puede ser un peligro establecer una especie de ‘guetos’ para inquilinos únicos que limiten el crecimiento normal de las familias. 
“Hay suficiente oferta en el mercado”, señala el vicepresidente de Alfa Inmobiliaria, “es solo cuestión de adaptar el precio de los inmuebles apropiados a esta demanda”. 
La reconversión de viviendas ya existentes, la rehabilitación de espacios, el alquiler de habitaciones o el abaratamiento de viviendas pequeñas pueden llegar a cubrir las necesidades de esta demanda específica. 

Asimismo, también será esencial la comprensión y colaboración de las Administraciones públicas para atender y solucionar adecuadamente este problema. Todavía está por ver si el nuevo plan de alquiler público destinado a las personas más desfavorecidas que anunció el Ministerio de Fomento dirigido por Ana Pastor, solventará estas necesidades.

Posición del PP en relación al “Divorcio exprés”.


El Sr. Diaz, asegura en su artículo publicado el pasado viernes 5 de noviembre en el periódico La Razón, en la sección Opinión, pagina 30 ( recomiendo leer, no tiene desperdicio Ver aquí), que el PP:
 “ Tiene principios muy claros que, en coherencia con una de sus mas arraigadas inspiraciones doctrinales – el humanismo cristiano de tradición occidental – inciden directamente en la defensa de la vida, del matrimonio – como unión entre sí de un hombre y una mujer-, de la familia ……”, y continua preguntándose ¿ cuál ha sido la posición política que ha fijado el PP en estos años de Gobierno socialista?, para terminar afirmando “ a la vista de lo hecho ( se refiere a lo actuado por el PP), creo sinceramente que esa acusación no es justa y que, por el contrario, hay sobrados motivos para confiar en el futuro” para terminar pidiendo la confianza de los españoles en el PP, que sin duda cambiara todas estas nefastas políticas e inicuas leyes del PSOE, en materia de divorcio, experimentación con embriones…...

Habla también el Sr. Fernandez del drama legislativo del divorcio exprés:

Posición del PP en relación al “Divorcio exprés”.
Hechos:
“Antes de ello (se refiere a votar) me gustaría decir a SSSS, que el Grupo Parlamentario Popular va a abstenerse en la votación final del dictamen porque, si bien es cierto- y quiero que quede bien claro- que consideramos que este proyecto es bienintencionado en cuanto trata de acomodar la legislación a la realidad social en continua trasformación…”. Sra Matador de Matos (ponente PP) Diario Congreso de los diputados 21/04/05, pagina 4105.

Declaraciones Institucionales:
“Derogaría ud. La ley del divorcio exprés?.
Nosotros no hemos votado en contra de esa ley.
No nos hemos opuesto a ella y por tanto no la voy a cambiar”. Mariano Rajoy. El Mundo 29/01/08.

Nuñez Morgades: Los Menores y la Custodia Compartida

lukor.com

Núñez Morgades lamenta que se hable poco de los menores en el debate sobre la custodia compartida.

MADRID, 21 de Abril de 2005 (EUROPA PRESS)
El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Pedro Núñez Morgades, lamentó hoy que en el debate público acerca de la conveniencia de reformar la legislación de la custodia compartida se oiga "permanentemente hablar de los derechos de los padres y las madres y se haga poco del interés que está por encima de todo, que es el del menor".
En declaraciones a Europa Press Televisión, se preguntó si esas posturas encontradas acerca de esta cuestión "hablan de lo mismo".
Así, apuntó que "hay personas que entienden que la custodia compartida es que los menores vivan 6 meses con el padre y 6 con la madre", ante lo que puntualizó que, en su opinión, ésta se tiene que basar en "superar la situación actual en la que una parte queda con todos los derechos y la otra única y exclusivamente como visitadora cada 15 días".

Así, recordó que "los menores necesitan el contacto, convivir diariamente con uno y otro cónyuge, que la relación con ambos padres sea más habitual".
"Lo que yo entiendo por custodia compartida es que haya esa corresponsabilidad en las obligaciones de velar por los hijos", agregó.

Núñez Morgades criticó también que los "menores sean muchas veces moneda de cambio, objeto arrojadizo entre la pareja que se separa", por lo que pidió que se deje "autonomía suficiente a jueces y fiscales especializados", al tiempo que comentó la conveniencia de propiciar, "a través de instrumentos que existen en otros países, como la mediación familiar, que se informe y asesore" a la pareja.
"Vayamos a esa compatibilidad, a esa corresponsabilidad en las obligaciones, a ese contacto, esa convivencia de los padres con los hijos, veamos siempre el interés del menor, teniendo en cuenta que cada caso concreto es totalmente diferente y que en una separación la primera víctima es siempre el menor", concluyó.

El Congreso aprueba la reforma del divorcio y la remite al Senado

lukor.com

El Congreso aprueba la reforma del divorcio y la remite al Senado, que podría modificar la custodia compartida.
Todos los contrayentes escucharán cuando se casen que tienen obligación de compartir las tareas domésticas y cuidado de los hijos.

MADRID, 21.o4.2005(EUROPA PRESS)
El pleno del Congreso aprobó hoy por 192 votos a favor, 5 en contra y 127 abstenciones el proyecto de reforma de la Ley del Divorcio, al dar luz verde al dictamen de la Comisión de Justicia y remitirlo al Senado.
El texto mantiene por el momento la posibilidad de que, con carácter excepcional el juez pueda imponer, a petición de uno de los cónyuges, la polémica custodia compartida, regulada en el artículo 92 del Código Civil.

El PP decidió abstenerse, frente al apoyo del resto de grupos, y no se incorporaron ninguna de las enmiedas parciales que mantenían los distintos grupos parlamentarios, salvo un voto particular de PSOE e Izquierda Verde.
Los socialistas prevén que el texto entre en vigor el próximo 1 de julio.

El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, anunció anoche ante representantes de ONG de mujeres, que revisará esta cuestión que, a juicio de las feministas, debe limitarse exclusivamente a los casos en los que existe acuerdo entre las partes y nunca por imposición judicial. Por ello, no se descarta que este punto sea modificado durante su debate en la Cámara Alta.

VOTO PARTICULAR.
Además, fue aprobado un voto particular del PSOE e Izquierda Verde, para rectificar un error de votación durante la Comisión de Justicia por el que el artículo 92 del Código Civil (custodia compartida) incorporaba una redacción contradictoria.
La custodia compartida ocupó en gran parte la intervención de diversos portavoces al reclamar una aclaración respecto a la posición del Grupo Socialista y las palabras de Zapatero.
En este sentido, el portavoz del PSOE, Julio Villarrubia, aclaró en primer lugar cómo queda por el momento el régimen de custodia compartida.
El artículo 92 recoge en su punto 5, como norma general, el mutuo acuerdo para dictar custodia compartida.

No obstante, en su punto 8 recoge que, excepcionalmente, no concurriendo los requisitos del párrafo 5º (mutuo acuerdo), podrá el juez, a instancia de una de las partes, con informe positivo del fiscal y motivando que sólo de esa forma se protege el interés del menor, imponer la custodia compartida.
"Es una pequeña rendija abierta a la excepción del principio general para evitar la existencia de un derecho de veto que pueda utilizarse para impedir el interés superior del menor --dijo Villarrubia--.
Sabemos que las asociaciones de mujeres no se sienten seguras y prefieren que no exista esta posibilidad. Es un tema no cerrado y nos comprometemos a seguir trabajando hasta la última votación. Incluso hasta la del último día del Congreso, que será la última semana de junio. No hemos cambiado de posición, ni hay contradicción con las declaraciones de Zapatero".

CORRESPONSABILIDAD FAMILIAR EN EL CÓDIGO CIVIL
Por otro lado, el reparto de responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes se incorpora al Código Civil como nuevo deber conyugal en el artículo 68.
Los socialistas cambiaron de criterio y apoyaron en el pleno esta novedad en el Código Civil, introducida por PNV y apoyada por todos los grupos salvo el PSOE durante el debate en la Comisión de Justicia.

Así, a partir de la entrada en vigor del texto, todos los contrayentes escucharán cuando se casen que tienen el deber de compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado de hijos y familiares, junto a la obligación de vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente, dado que es el artículo 68 el que se lee a los cónyuges cuando se celebra el matrimonio.
La autora de esta enmienda, la diputada de PNV Margarita Uría, lamentó algunas "bromas" realizadas en torno a esta incorporación en relación a si tendrían que existir inspectores que velaran por el cumplimiento de esta obligación.
"Es un deber al igual que el de la fidelidad, y nadie comprueba si los cónyuges son fieles o no", dijo a la vez que defendió el valor pedagógico de las leyes, en este caso, a favor de la igualdad.

LÓPEZ AGUILAR: "PONEMOS EL DERECHO EN HORA"
Al inicio del debate, el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, destacó que la reforma del divorcio es una normativa que "pone en hora el derecho, mejora la vida de los ciudadanos y resuelve problemas de rupturas que siempre van acompañados de dolor humano, sufrimiento y encarecimientos procesales y económicos".
El objetivo de la nueva legislación consiste en:
 1.- eliminar la obligatoriedad de separación previa para acceder al divorcio, aunque mantiene la posibilidad voluntaria de acudir a la separación;
2.- elimina las causas de separación y divorcio y los plazos, limitándolo a 3 meses desde la celebración de la unión (salvo en casos de violencia de género);
3.- rediseña el régimen de guardia y custodia de los hijos; y
4.- regula las pensiones a tanto alzado, pensión indefinida y la pensión temporal.

El texto remitido al Senado introduce como novedades respecto al proyecto del Gobierno, además de las mencionadas, los compromisos de regulación de 2 futuras leyes:
a.- el Fondo de Garantía de Impago de Pensiones Alimenticias (al igual que recogía ya la Ley Integral contra la Violencia de Género) y
b.- la Ley de Mediación.

FONDO DE ALIMENTOS Y LEY DE MEDIACIÓN.
En su intervención, el diputado de CC Luis Mardones reclamó al Ejecutivo que cumpla los compromisos adoptados y traiga a la Cámara un proyecto de Ley de Mediación.
Mientras, Isaura Navarro, por Izquierda Verde, lamentó que la futura Ley del Fondo de Garantía no incorpore también el impago de pensiones compensatorias.
Desde ERC, Rosa María Bonás, se unió a la idea de impulsar una Ley de Mediación.
Mientras, la parlamentaria de CiU, Mercé Pigem, consideró que el futuro Fondo de Garantía de Impago contribuirá a paliar auténticas situaciones de pobreza, aunque también lamentó que no se incorporen las pensiones compensatorias, y se mostró más favorable a dejar la custodia compartida exclusivamente al mutuo acuerdo.
En cualquier caso, defendió la reforma: "Los errores iniciales de la regulación de la Ley de 1981, la experiencia de aplicación y los profundos cambios sociales exigían esta reforma", resumió.

Los "populares", sin embargo, no dieron su apoyo al texto porque, según explicó la diputada Carmen Matador, "si bien es cierto que es un proyecto bienintencionado, hay cuestiones que no quedan suficientemente claras".
Asimismo, defendió una enmienda no aprobada para que los cónyuges se sometan previamente y de forma obligatoria a la mediación familiar cuando tengan hijos menores de edad.
Igualmente, adelantó que seguirán defendiendo en el Senado la limitación de la guarda y custodia compartida al mutuo acuerdo entre los padres.

Por su parte, Villarrubia aseguró que el Gobierno tiene el firme compromiso de elaborar, "cuando se pueda", una Ley de Garantía de Impago de Pensiones Alimenticias.
También recalcó el "compromiso serio y riguroso" del Ejecutivo de traer al Parlamento, "en un plazo razonable", una Ley de Mediación Familiar, no sólo en el ámbito matrimonial sino en todo el ámbito civil.
Finalmente, adelantó que la normativa que regulará las parejas de hecho, que parten de diversas proposiciones de Ley presentadas en el Congreso, iniciará su tramitación una vez se resuelva la reforma del Divorcio y el Matrimonio Homosexual.