jueves, 27 de septiembre de 2012

Sevilla: Guarda y custodia compartida

 ......... por períodos de 6 meses. STC 1ª Inst. Sevilla 28/01/2011

Guarda y custodia compartida por periodos de 6 meses: el mejor modelo de parentalidad en atención a las circunstancias concurrentes, con informes favorables del Ministerio Fiscal y también psicosocia.
Los menores permanecerán en el domicilio familiar, el marido alquilará otro inmueble para ser utilizado por ambos los periodos que no estén con los hijos y se alternarán en el uso de la segunda vivienda de la playa.
El marido asumirá las cuotas hipotecarias de ambas viviendas y la parte proporcional que correspondería abonar a la esposa se satisfará en concepto de pensión compensatoria  
Previsión de medidas futuras en relación con el domicilio familiar en el supuesto de liquidación de la sociedad de gananciales.
Ambos progenitores asumirán los gastos ordinarios que se devenguen durante los periodos en que los hijos estén a su cargo, los de educación y sanitarios no cubiertos por seguridad social por mitad y los extraordinarios en la proporción de 80% y 20%.

La sentencia.

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