sábado, 30 de julio de 2011

La plusvalía por el reparto de la casa en herencias y divorcios

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/07/29/suvivienda/1311923858.html
IMPUESTOS: Esta auto liquidación puede recuperarse si no ha prescrito.

La famosa plusvalía por el reparto de la casa en herencias y divorcios pasa a la historia.

La devolución puede pedirse en todos los municipios donde se haya cobrado.
El Ayuntamiento de Madrid deja de cobrar la tasa tras un fallo de 'su' tribunal.

Conocida como extinción de condominio, ya no se considera como transmisión.

Los que la hayan pagado en los últimos cuatro años pueden pedir su devolución.

Un recurso en la capital supone el reintegro de 1.200 euros por un piso de 70 m².


Jorge Salido Cobo.Madrid. viernes 29/07/2011
¿Se ha separado o divorciado? ¿Ha recibido una herencia a repartir?
Si ha pasado por alguna de estas situaciones, le sonará la expresión "extinción de condominio". Sobre todo, si se trata de bienes inmuebles.
Y, principalmente, si ha adquirido en propiedad exclusiva la casa tras pagar una compensación a la otra u otras partes.
Este desembolso, hasta hace unos meses en Madrid, conllevaba una plusvalía ya extinguida tras un fallo de un tribunal. Si la abonó en su día, quizá aún pueda recuperarla.


A principios de 2010, el Tribunal Económico Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid emitió, en respuesta a un recurso particular, un fallo en el que dictó que estas operaciones -posteriores a las liquidaciones de sociedades gananciales o separación de bienes- no estaban sujetas a impuesto.
Sentencia a la que no ha tenido acceso este suplemento, pero que han confirmado varias fuentes -incluido el Consistorio-, y que se ajusta a la línea marcada por el Tribunal Supremo (TS) y tribunales superiores de justicia (TSJ).


Extinciones que no tributan al representar un 'derecho a la concreción de la propiedad'.
"Esta jurisprudencia previa apuntaba que las extinciones de condominio no tributaban porque representaban un derecho a la concreción de la propiedad y no una transmisión de ésta.
El Ayuntamiento decía lo contrario hasta el dictamen de 'su' tribunal económico", afirma Juan (nombre ficticio), persona que gestionó el relevante recurso.
Tras leer varios artículos sobre el asunto, decidió formular a un afectado conocido el proceso necesario para reclamar y acudir con su caso al Tribunal Económico.
Éste le dio la razón en detrimento de las arcas municipales.


Dicho órgano administrativo con facultades de tribunal selló su fallo sentando una base que ha desembocado en la derogación de la plusvalía en Madrid para ciertos casos de extinción del condominio.
"En concreto, a la persona que asesoré le supuso un reintegro de unos 1.200 euros. Cantidad que liquidó por un piso de 70 m2 en la zona de Canillas del que se convirtió en único propietario tras divorciarse y hacer la extinción", recuerda Juan.


Debe tratarse de un único inmueble e indivisible cuyos copropietarios no quieran seguir siéndolo y que uno de ellos lo mantenga.
Juan aclara que para que una extinción de condominio de cualquier bien esté exenta de tributación y pueda reclamarse se deben cumplir unos requisitos mínimos:
a.- tratarse de un único inmueble e indivisible cuyos copropietarios no quieran seguir siéndolo y
b.- que uno de ellos lo mantenga ("no hay adquisición solo concreción de la propiedad con compensación al copropietario que abandona").


Desde el Ayuntamiento ratifican el fin de esta plusvalía:
"La hemos cobrado hasta hace apenas unos meses con criterios jurisprudenciales porque considerábamos, al igual que los tribunales, que en pisos pro indiviso había transmisión. Ahora, estos tribunales han cambiado su posición y el Consistorio ha dejado de aplicar el impuesto respetando lo dictado".


El Cosistorio madrileño tacha la resolución como 'discutible'.
Las mismas fuentes califican el fallo de "su propio tribunal" como "discutible".
"Este organismo ha hecho propio lo que decían el TS y varios TSJ, que no hablan de transmisión, sino de reparto, cuando se pueden interpretar ambas cosas porque en realidad se compra al otro su parte".


Juan, además, indica que la nueva situación no sólo afecta a quienes actualmente deciden adquirir el resto de partes del inmueble por cesar la copropiedad, sino que también "tiene carácter retroactivo".
Es decir, aquellos que hayan pagado el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalía, pueden exigir la "devolución de ingresos indebidos" si no ha prescrito -si no han pasado 4 años desde que se realizó el desembolso-.


Camino hacia su devolución.

Así, por ejemplo, un ciudadano que pagó la plusvalía en agosto de 2007 aún estaría a tiempo de auto impugnar la liquidación por considerar que hizo un pago que no procede.
"Aunque habría que ver lo que dice exactamente la resolución, lo primero que se debe hacer en este tipo de situaciones es informar a la Administración por escrito –con los argumentos que después se alegarán ante el Tribunal Económico– de que se ha hecho un ingreso indebido y que ésta lo reconozca para posteriormente devolver lo que se abonó más los intereses", afirma José Manuel Carro, abogado de Cuatrecasas.


'Salvo una situación muy clara, el Ayuntamiento no admitirá el ingreso indebido y lo negará'
Esta petición administrativa, según Carro, normalmente, no da los frutos deseados por el reclamante:
"Salvo una situación muy clara, el Ayuntamiento no admitirá el ingreso indebido y lo negará". "Entonces, llegados a ese punto, se abrirá la vía del recurso económico-administrativo ante el ante el Tribunal Municipal", explica Juan.
Si la respuesta de este órgano también fuera negativa, el siguiente paso sería los tribunales ordinarios.

Antes de iniciar estos trámites, Juan aconseja a los afectados "acudir a un gabinete jurídico para que estudie el caso y vea si procede o no la reclamación".
"No es un proceso fácil y, menos aún, fuera de Madrid –en muchos municipios no existen los tribunales municipales– donde tras el 'no' del Consistorio habría que ir al contencioso administrativo", avisa.

Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia

Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia.

Preámbulo:La Comunidad Autónoma de Galicia presenta 2 características indiscutibles que han de tenerse muy presentes a la hora de articular los mecanismos de apoyo a la familia.
Por una parte, una gravísima retracción de la natalidad y un alarmante envejecimiento de la población, que dificulta las posibilidades de renovación generacional y, en consecuencia, el mantenimiento del Estado de bienestar social alcanzado y su desarrollo.
Por otra parte, un hondo apego de la sociedad gallega a su identidad, lo cual se traduce en un aprecio arraigado a sus tradiciones y valores familiares, como pueden ser el respeto a los antepasados y mayores, los vínculos con los orígenes, tanto en el sentido familiar como en el sentido de arraigo local.


La evolución histórica y la complejidad progresiva de la organización social encuentran reflejo y acogida en la familia como institución en permanente evolución.
Fórmulas de convivencia que sin ser nuevas eran hasta ahora infrecuentes tienen cabida en la familia como estructura básica de la sociedad y como medio natural de desarrollo y crecimiento de la persona.
Por ello es deber de los poderes públicos reconocer y amparar a la familia y todas sus manifestaciones y formas de organización, dándoles un especial apoyo y protección.


Tal apoyo no puede ser consecuencia de un afán dirigista o intervencionista, considerando que estamos tratando de la institución más próxima y cercana a las personas y que, por tanto, debe ser tratada con el máximo respeto a su autonomía organizativa y a las libertades individuales de sus miembros.
Este apoyo ha de considerarse, más bien, como un deber de justicia, en reciprocidad a la aportación que las familias hacen a la sociedad.


El apoyo a la familia y a los núcleos de convivencia debe responder necesariamente a la complejidad de nuestra sociedad y debe dar solución a las diferentes situaciones que impiden o dificultan tanto la formación y constitución de nuevas familias o grupos estables de convivencia como el desarrollo integral de las ya constituidas.


Así, ha de darse el apoyo necesario a la maternidad y a la atención de las personas a cargo, potenciar la integración familiar de las personas mayores, paliar las dificultades notorias de conciliación de la vida personal, laboral y familiar, y procurar el sostenimiento de la estabilidad de la familia minimizando los daños derivados de los procesos de desestructuración familiar, y en particular en lo que afecte a los derechos de los hijos e hijas y los miembros más vulnerables de la familia.

Aqui teneis toda la ley:

http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/ley-30_2011-apoyo-a-la-familia-y-a-la-convivencia-de-galicia.pdf

El Gobierno dejará en el tintero la mitad de la carpeta legislativa

http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/gobierno-dejara-tintero-mitad-carpeta-legislativa-1098745
El final de la legislatura: Los asuntos pendientes.El Gobierno dejará en el tintero la mitad de la carpeta legislativa.
Una docena de las 26 normas «prioritarias» para este año están todavía por aprobar.
Los proyectos de igualdad de trato y de transparencia se quedarán por el camino


Sábado, 30 de julio del 2011 EL PERIÓDICO.MADRID

El adelanto electoral obligará al Gobierno a tramitar por vía urgente algunas de las leyes que están todavía en proceso de trámite.
Esta es la única manera que tiene para intentar aprobarlas antes de que José Luis Rodríguez Zapatero convoque formalmente las elecciones y, de manera automática, se disuelvan las Cortes.
Pero, por más que corra, la mitad de las 26 normas consideradas «prioritarias» para este año se quedarán en el tintero.
Si a estas se les suman otros proyectos de menor entidad, en total hay pendientes 34 leyes y solo 1 mes, septiembre, para que el Congreso de los Diputados pueda aprobar algunas de ellas.

Entre las que se quedarán por el camino destacan algunos proyectos emblemáticos y que, según los diputados socialistas, habrían ayudado al PSOE a acercarse al electorado más de izquierda.
Por ejemplo, las leyes de igualdad (que establecían multas de hasta medio millón de euros para casos de discriminación) y la norma que debía introducir mayores mecanismos de transparencia y de acceso a la información.
Un tercer proyecto incluido en el paquete de políticas sociales que puede decaer -aunque Zapatero intentará salvarlo- es la ley de muerte digna, que no legaliza la eutanasia pero regula los derechos de los pacientes que se encuentran en situación terminal.
Las normas que el Gobierno seguro que no podrá tramitar y aprobar en la Cámara baja por falta de tiempo son las diseñadas para otorgar más garantías a los procesos penales y reforzar el papel de los fiscales.

En cambio, el PSOE calcula que antes de echar el cerrojo a la legislatura podrá aprobar otro de sus proyectos emblemáticos, la ley de reconocimiento de las víctimas del terrorismo. Además, Zapatero aspira a dejar lista antes de irse la reforma de la negociación colectiva que, aunque ya ha sido convalidada en el Congreso, está pendiente de ser tramitada como proyecto de ley.
El Ejecutivo confía asimismo en que todavía le dará tiempo de impulsar 2 leyes más: la de agilización procesal y la reforma de la ley concursal.


CONTRA RELOJ.
En la carpeta de asuntos pendientes, pese a que el Gobierno las sitúa en el paquete de urgentes, destacan la reforma de la inspección de trabajo y la ley que regula los servicios de atención al cliente.
También está por ver si llega a aprobar la reforma de la ley del sector eléctrico, que obligaría a las compañías a desglosar todos los costes en las facturas y a disponer de un teléfono gratuito para atender las peticiones y quejas de los consumidores.
El presidente, en la comparecencia que protagonizó ayer en el palacio de la Moncloa para anunciar el adelanto electoral, dio por hecho que la ley de integración de los trabajadores agrarios en el régimen de la Seguridad Social -que beneficiará a un millón de personas- será otra de las que conseguirá sacar adelante.



Todos los planes legislativos dependerán, ahora más que nunca, de que el PNV mantenga hasta el final su apoyo al grupo socialista.

En las últimas semanas, el Gobierno ya había apretado el acelerador para sacar adelante hasta una quincena de normas, entre las que destaca la llamada ley Chacón, que, por primera vez, reconoce los derechos y deberes de los militares.

Alicante fuerza una sentencia pionera del Tribunal Supremo sobre custodia compartida

http://www.elperiodic.com/alicante/noticias/131603_alicante-fuerza-sentencia-pionera-tribunal-supremo-sobre-custodia-compartida-hijos.html

Alicante fuerza una sentencia pionera del Tribunal Supremo sobre custodia compartida de los hijos .
■El Alto tribunal ha anulado por 2 veces sendas resoluciones sin motivar de la Audiencia de Alicante, partidaria de que los 3 niños de una pareja quedaran a cargo de la madre.

■La abogada Mayte Moral, del bufete Cuatrecasas Gonçalvez Pereira, ha defendido los intereses de un funcionario europeo de la OAMI, que podrá compartir la custodia de sus 3 hijos pequeños.

■La resolución, notificada días atrás, supera la jurisprudencia contradictoria de varias  Audiencias Provinciales en conflictos similares.


elperiodic.com.29/07/2011
El conflicto de una pareja residente en Alicante por la custodia de sus 3 hijos ha obligado al Tribunal Supremo a una “tramitación preferente” para anular sendas sentencias de la Audiencia Provincial de Alicante sobre el asunto.
La resolución del Alto tribunal, notificada días atrás, se pronuncia por la custodia compartida de los 3 niños de la pareja, que deberán vivir una semana con cada progenitor, según el texto judicial.


La sentencia del Supremo se impone a la jurisprudencia contradictoria de varias Audiencias Provinciales en conflictos similares.
Los abogados consultados sobre el asunto califican la sentencia de “pionera” y “excepcional”.
La Sala Civil del Alto Tribunal, en un fallo del que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, se pronuncia a favor de las tesis del padre, lo que supera la tendencia generalizada de los órganos jurisdiccionales en España, inclinada en la inmensa mayoría de los casos a favor de que la custodia quedara a cargo de la madre.



En este contencioso concreto, la determinación e idoneidad del padre para cuidar a sus hijos y el asesoramiento legal de la abogada Mayte Moral, del bufete Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, en Alicante, han demostrado al Supremo que los niños crecerán en un medio apropiado viviendo una semana con la madre y otra con el padre.
El texto legal decide, además, el tiempo compartido en que los niños residirán con cada uno de sus padres durante las vacaciones.
El Ministerio fiscal también consideró beneficioso para el interés de los niños menores de edad la adopción de la medida de guarda y custodia compartida.

El Supremo ha anulado dos sentencias de la Audiencia Provincial de Alicante en este litigio, después de que la Sección VIª alicantina insistiera, sin motivación, en que la guarda y custodia fuera exclusiva para la mujer.



Funcionarios de la OAMI

La pareja, integrada por un hombre y una mujer que prestaban sus servicios como funcionarios europeos en la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), la euroagencia de Alicante, mantuvo una relación sentimental, de la que nacieron 3 niños.
Al quebrarse la convivencia, emprendieron un litigio legal por la custodia de los pequeños, que se inició en el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Alicante, en 2005.

Posteriormente, ella se trasladó a Bruselas con los pequeños.
El padre también pidió el cambio en su trabajo y se instaló en Bélgica, en una casa cercana a la de ella.
El Juzgado de Alicante fue el primero en fallar sobre el contencioso en noviembre de 2005. La sentencia recogió “las siguientes medidas en beneficio de los hijos menores”.
Los tres pequeños, una niña y 2 niños, quedan sometidos a la patria potestad de ambos progenitores y bajo la guardia y custodia compartida de ambos, alternándose los tiempos de estancia con cada uno por periodos semanales.
La entrega de uno al otro debía efectuarse los domingos, a las 20 horas.

Recurrida la sentencia por la mujer, la Audiencia la revocó y declaró que los 3 menores “quedarán bajo la guarda y custodia de la madre”.

El padre y la abogada que venía estudiando el asunto en el bufete Cuatrecasas, Gonçalves Pereira de Alicante mostraron su disconformidad con el órgano provincial.
Apelaron al Supremo, que les dio la razón, y el fallo de Sección VIª de la Audiencia quedó anulado.


Tras otras vicisitudes en la tramitación del pleito, el Supremo ha zanjado el asunto mediante una sentencia notificada días atrás.
El Alto Tribunal ha concluido que la guardia y custodia de los niños será compartida entre los 2 progenitores, con lo que el razonamiento que ha de prevalecer en beneficio de los niños es el planteado por el padre, su abogada y el de la primera juez que vio el caso en el Juzgado nº 10 de Alicante. Los niños vivirán una semana con el padre y la siguiente, con la madre.

viernes, 29 de julio de 2011

Zapatero adelanta las elecciones generales al 20 de noviembre

http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/zapatero-anunciara-este-viernes-que-adelanta-las-elecciones-1097947
TRAS EL CONSEJO DE MINISTROS:
Zapatero adelanta las elecciones generales al 20 de noviembre.
El presidente justifica la decisión en que el Gobierno ha completado las reformas que quería emprender para la recuperación económica.
Los Prespuestos del Estado serán prorrogados hasta que el nuevo Ejecutivo tome posesión

Viernes, 29 de julio del 2011. TONI SUST / PABLO ALLENDESALAZAR / Barcelona / Madrid
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ha anunciado este mediodía su intención de avanzar al próximo 20 de noviembre las elecciones legislativas previstas para marzo.
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, anunció hoy en rueda de prensa celebrada en el Palacio de la Moncloa el adelanto de las elecciones generales. ATLAS

El anuncio de adelanto electoral de Zapatero no afecta a la evolución de la Bolsa ni a la prima de riesgo.
El Govern celebra el adelanto electoral porque "el país no podía perder más tiempo". Andalucía no adelantará las elecciones autonómicas.
Rajoy se postula para protagonizar el cambio político.
La prensa europea vincula el adelanto electoral a las presiones financieras.

Zapatero que por primera vez desde el 2004 no concurrirá a las elecciones y entrega el testigo a Alfredo Pérez Rublacaba como candidato del PSOE, justificó su decisión por la voluntad de "proyectar certidumbre política y económica".
El líder socialista consideró "conveniente" que el 1 de enero del 2012 el Gobierno que salga de las urnas esté ya trabajando.
Por ello, disolverá las Cortes el próximo 26 de septiembre.
A partir de ese momento comenzarán a contar los 54 días que establece la legislación antes de la campaña electoral, que comenzará a las 00.00 horas del 4 de noviembre.

Zapatero centró su comparecencia, ya anunciada y habitual al final de cada periodo de sesiones del Congreso, en la economía.
Aunque admitió que falta tiempo todavía para que la situación de crisis se haya revertido, aseguró que se han sentado las bases para una mejora.
Por eso, dijo, "ha llegado el momento de anunciar un calendario para las elecciones generales"

Creación de empleo
El jefe del Ejecutivo central subrayó que los últimos datos apuntan a la creación de 155.000 puestos de trabajo durante el 2º trimestre, e indicó que aunque parte de la mejora se pueda achacar al carácter estacional del mercado laboral, aprecia "cierto cambio de tendencia", algo que no pasaba desde el 2008.
El líder del PSOE justificó que haya decidido avanzar elecciones cuando oficialmente esta no era su intención inicial porque prima "el interés general".

Zapatero anunció la aprobación de un decreto-ley el próximo 19 de agosto con el fin de contribuir a que las comunidades autónomas pueda reducir su déficit mediante la mejora de la recaudación por impuesto de Sociedades y la reducción del coste farmacéutico del Sistema Nacional de Salud.
Preguntado por el caso Faisán, no entró en esta cuestión pero aprovechó para dar por hecho que la actividad de ETA está cercana a su fin: "Razonablemente, estamos en la recta final del terror".

Leyes pendientes:
El Congreso de los Diputados tiene entre el 1 y el 27 del próximo mes de septiembre para aprobar los 34 proyectos de ley que se encuentran aún en tramitación y que, mayoritariamente, pueden decaer por al adelanto electoral anunciado este viernes por el presidente del Gobierno para el 20 de noviembre.
La Cámara Baja comenzará el 1 de septiembre su octavo periodo de sesiones, y el calendario previsto de plenos tendrá que ser modificado para adecuarse al nuevo calendario electoral.

Presupuestos prorrogados
El presidente del Gobierno, ha precisado que su intención es sacar adelante:
1.- la de agilización procesal,
2.- la Ley concursal y la de jurisdicción social, así como
3.- la inclusión de los trabajadores agrarios en el régimen general de la Seguridad Social, que afecta a un millón de personas, y
4.- la ley de protección integral de víctimas del terrorismo.
5.- También un decreto para acelerar la reducción del déficit público, que contemplará medidas y "alguna modificación normativa" para mejorar la recaudación del Impuesto de Sociedades y el recorte del gasto farmacéutico.

Los Presupuestos Generales del Estado serán prorrogados de forma automática a partir del 1 de enero que es la fecha en la que entrar en vigor.
Zapatero ha afirmado al respecto que el Ejecutivo no aprobará proyecto de Presupuestos Generales del Estado y ha precisado que por eso quiere que el nuevo Gobierno esté en funciones en enero, para poder tomar "en breve" las decisiones que correspondan.
"Ya ha pasado en alguna otra ocasión, el Gobierno entrante tendrá la capacidad de adecuar las necesidades a partir del 1 de enero", ha dicho.

jueves, 28 de julio de 2011

La Reina Sofía ejerce de abuela con Froilán y Victoria

http://www.elperiodico.com/es/noticias/ocio-y-cultura/sofia-ejerce-abuela-con-froilan-victoria-1096158
Vacaciones en Marivent: Sofía ejerce de abuela con Froilán y Victoria.
La Reina, Elena y sus hijos ya están en Palma.
Al Rey y a los Príncipes se les espera el fin de semana.

Jueves, 28 de julio del 2011 CARMEN MUÑOZ.BARCELONA
La familia real ya ha empezado a llegar a Mallorca para pasar las vacaciones de verano en el palacio de Marivent, aunque este año su presencia en la isla estará marcada por una fecha, el 18 de agosto, en la que todos estarán en Madrid para recibir al Papa, que asistirá a la Jornada Mundial de la Juventud.
Después parte de la familia volverá a Palma, mientras los príncipes de Asturias se perderán por un destino secreto para disfrutar de unos días en la intimidad.

Los primeros en aterrizar en la isla han sido la reina Sofía y la infanta Elena con sus hijos Froilán, de 13 años, y Victoria Federica, de 11.
A la soberana lo que más le gusta es ejercer de abuela y ya se la ha podido ver con su hija acompañando a sus nietos a la escuela náutica de Cala Nova, donde cada año realizan un curso de vela.
El Rey, Felipe y Letizia aterrizarán este fin de semana en la isla, donde el lunes arranca la Copa del Rey Audi Mapfre, que este año celebrará el 30º aniversario.

En los próximos días también viajarán a las Baleares la infanta Cristina, Iñaki Urdangarín y sus 4 hijos, Juan, de 11 años, Pablo, de 10, Miguel, de 9, e Irene, de 6.
La familia, que reside en Washington, ya se encuentra en España y pasa unos días en Vitoria con los abuelos paternos, Juan María Urdangarin y Claire Liebaert.
En cuanto lleguen a Marivent, los 4 niños se unirán a sus primos Froilán y Victoria Federica para seguir un nuevo curso de vela.
En Cala Nova donde se preparan también aprendieron a navegar el príncipe Felipe y sus hermanas.
Las que aún no se han iniciado en la vela son las infantas Leonor, de 5 años, y Sofía, de 4.
Aún son demasiado pequeñas, aunque ya saben lo que es navegar.
Las 2 han paseado con su madre y la Reina en la lancha Somni para ver a su padre regatear en aguas mallorquinas.
Felipe y Letizia se instalarán este fin de semana en su residencia de Son Vent, situada en el recinto de Marivent, donde la infantas Elena y Cristina también disponen de sus propios apartamentos.

El príncipe participará en la 30ª regata de la Copa del Rey, presumiblemente en el CAM donde ha regateado los últimos años, aunque algunos medios han publicado que es posible que la semana que viene se incorpore al Aifos (Sofía escrito al revés), el barco de la Armada Española, cuya caña llevó a primeros de julio en aguas de Valencia, donde se celebró el 13º Trofeo La Reina.

EL REY, MUY RECUPERADO.
Mientras, Juan Carlos llegará a la isla entre el sábado y el domingo, ya que el lunes tiene previsto recibir en audiencia en el palacio de Marivent al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero.
El Rey se encuentra muy recuperado de la operación para implantarle una prótesis de rodilla que le realizaron en junio aunque aún prosigue con sus ejercicios de rehabilitación y debe moverse con la ayuda de las muletas.

Por razones obvias, en esta ocasión, el soberano no competirá en la regata que lleva su nombre, algo que viene pasando en los últimos años.
Sin embargo, podría dejarse ver en el club náutico a lo largo de la próxima semana.
La Casa del Rey no ha confirmado si el Monarca asistirá a la cena conmemorativa del 30ª aniversario que se celebrará el próximo jueves, ni tampoco si presidirá la entrega de trofeos.

Un padre recupera a su hijo secuestrado por la madre dominicana

http://www.elperiodico.com/es/noticias/sociedad/padre-catalan-recupera-hijo-secuestrado-por-madre-dominicana-1096466
10 MESES DE GESTIONES.
Un padre catalán recupera a su hijo secuestrado por la madre dominicana.
El pequeño vivía en una choza, no estaba escolarizado y era obligado a mendigar, según la fiscalía.


Jueves, 28 de julio del 2011. EFE / Santo Domingo
El padre de un niño catalán que pasó 10 meses secuestrado por su madre en la República Dominicana ha llegado este jueves al país caribeño para reencontrarse con el menor y declaró que, al recuperar a su pequeño, "finaliza un mal sueño".

La Policía dominicana rescató el miércoles al menor, quien llevaba unos 10 meses secuestrado en Puerto Plata (norte de la República Dominicana), donde vivía en precarias condiciones de higiene y alimentación.

El menor estaba "en condiciones desastrosas, en una choza, al lado de unos cochinos, sin escolarizar, malcomido y sin higiene", dijo un portavoz del consulado general de España, quien citó la denuncia realizada a mediados de este mes por los abogados del padre del menor, un ciudadano español identificado como A.B.A. y residente en Sort (Pallars Sobirà).


La madre, de nacionalidad dominicana y cuya identidad no fue facilitada, viajó el 15 de septiembre a la República Dominicana para pasar las vacaciones con su hijo, pero la estancia se prolongó hasta que ayer la policía rescató al menor.
"Al principio hablaba por teléfono con mi hijo, y me decía que viniera a buscarlo, pero cuando ella dijo que se quedaba con él se acabó la comunicación", relató A.B.A. a su llegada a Santo Domingo para recuperar al niño.
Durante ese tiempo, según indicó el Ministerio Fiscal, la madre no atendió adecuadamente al menor, al que incluso obligaba a mendigar.



Petición de dinero

La mujer, entretanto, reclamaba al padre del pequeño que le entregara 2 millones de pesos dominicanos (43.500 euros) si quería recuperar a su hijo.
La embajada y el consulado de España trasladaron a las autoridades dominicanas la denuncia del padre y la policía del país caribeño inició las investigaciones que culminaron con la liberación del pequeño.



El padre confesó hoy sentirse "muy nervioso" ante el reencuentro y aseguró que su objetivo es "intentar olvidar lo pasado y recuperar el tiempo perdido".
"Lo que quiero es tratar de seguir con la rutina de antes. Hará falta ayuda psicológica, claro. Tiene que volver al colegio e integrarse de nuevo con su grupo de amigos", explicó.

A.B.A. es un profesional del sector de la construcción de Sort (Pallars Subirà) que se ha quedado sin empleo "después de dejar todo para dedicarme a este tema durante 10 meses", indicó.
Durante ese tiempo "han sido 10 horas diarias de (teléfono) móvil para coordinar todo" y para gestionar todos los trámites y diligencias necesarios para resolver el problema, agregó. El padre, quien llegó a Santo Domingo acompañado de la abuela del menor, dijo que supone que los procedimientos judiciales se dirigirán contra la madre, aunque descartó pedirle una indemnización. "Solo quiero al niño", sentenció.

El Divorcio en el Programa La Noria de Tele-5

Alessandra Paroni Sterbini:
aparoni@xt.telecinco.es

fecha:28 de julio de 2011.Programa La Noria de Tele5
Asunto: Testimonio Programa la Noria

Buenas,  Como hablado por teléfono este sábado en el programa La Noria vamos a hablar del divorcio y nos planteamos si la ley ampara más la mujer o el hombre.
Por consiguiente estaba buscando el testimonio de un padre que nos pudiera contar como le ha ido su proceso de separación, si la madre se ha quedado con los hijos y a nivel económico como le está perjudicando.


Encuesta sobre los efectosdel divorcio:
http://www.gente5.telecinco.es/sondeos/290411noria/290411noria.htmlDebería ser un caso actual y bastante extremo.
La grabación seria para mañana, por la mañana mejor.
Me podéis encontrar al 608 258 711.


Gracias, un saludo

Alessandra Paroni

El Supremo confirma la multa de 300 euros al juez Garzón

http://www.lexureditorial.com/noticias/1107/27125151.htm
Garzón.- El Supremo confirma la multa de 300 euros al juez por dejar libres a dos 'narcos' turcos.
Reprocha que Garzón no actuó con la "atención" exigible al no percibir que el plazo máximo de prisión provisional había vencido.



MADRID, 27 Marzo 2011(EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 300 euros que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impuso al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por cometer una falta leve al dejar libres por error a 2 presuntos narcotraficantes turcos, 1 de los cuales aprovechó esta circunstancia para huir.

El Supremo desestima así el recurso que interpuso el juez de la Audiencia Nacional contra la decisión que tomó el Pleno del órgano de gobierno de los jueces de confirmar la sanción por la comisión de una falta leve prevista en el artículo 419.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que castiga el "incumplimiento injustificado o inmotivado de los plazos legalmente establecidos para dictar una resolución".
El pasado 28 de enero, el CGPJ sancionó, por unanimidad, al magistrado por haber celebrado fuera de plazo la vista para prorrogar la prisión provisional de los 2 procesados, en la que se encontraban desde el 12 de julio de 2006 y esperaban ser juzgados por traficar con heroína.


En una sentencia dada a conocer este miércoles, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera "innegable" que el plazo máximo de prisión provisional en la que se encontraba Erdem Vardar y Sahin Eren no fue "debidamente observado" por el magistrado, ahora suspendido cautelarmente de sus funciones en el Juzgado de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional.
Ambos tuvieron que ser excarcelados el 16 de julio de 2008 tras superar el periodo máximo de tiempo en prisión preventiva.

A pesar de la supervisión y el control de las medidas de privación de libertad acordadas por Garzón en las causas de su juzgado, el alto tribunal estima que el juez no se apercibió de que el plazo máximo de 2 años de prisión preventiva había vencido.
"Es evidente que el error en el que incurrió el recurrente era perfectamente vencible puesto que (*) con una simple lectura y revisión de los autos de diligencias previas se hubiera detectado la fecha exacta del vencimiento del plazo", destaca la resolución.


NO PRESTÓ LA DILIGENCIA EXIGIBLE

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Díaz Delgado, reprocha que Baltasar Garzón fue negligente al no prestar "la debida atención al análisis y examen de los autos" y asegura que si hubiera actuado con la "diligencia exigencia" los acusados permanecieron en prisión 4 días más de lo legalmente establecido.
 Erden Vardar y Sahin Eren fueron arrestados en julio de 2006 en el Puerto de Huelva después de desembarcar de un barco con bandera turca cargado supuestamente de droga.
La desarticulación del grupo de traficantes se produjo en dos días diferentes (10 y 18 de julio de 2006), si bien en la 'carpetilla' donde se archivaron las diligencias sólo se hizo constar la segunda fecha.
En esta línea, el Supremo reprueba que Garzón no procediera a comprobar personalmente los datos obrantes en los autos con la "diligencia y atención exigibles".



En su recurso contencioso-administrativo, el juez defendía su "dedicación y laboriosidad" y recordaba la "enorme" carga de trabajo que soportaba el juzgado del que era titular.

Además, daba cuenta de la existencia de un "caso idéntico" en el que se abrió un expediente disciplinarios contra otro magistrado de la Audiencia Nacional y a quien finalmente no se le sancionó.
Para el Supremo, no se trata de casos que presenten identidad y además la existencia de un precedente no cuestionaría la legalidad del acto recurrido.


El expediente contra Garzón fue incoado a principios de octubre de 2008 a raíz de la denuncia que presentó el sindicato Manos Limpias contra el magistrado tras conocerse por la prensa la puesta en libertad de los 2 presuntos 'narcos' turcos.

El juez advirtió en su día al CGPJ que la denuncia de Manos Limpias se basó en una información periodística a la que reprochaba la "falta de datos relevantes".

No obstante, el magistrado asumía que, en cuanto a titular del Juzgado, él es el único responsable de la situación de los presos preventivos.
 
Igualmente, argumentó que desde la Fiscalía "en ningún momento se advirtió o se avisó del agotamiento del plazo" y que las fechas en las que se produjo este error su Juzgado controlaba un total de 270 presos preventivos, todos "en plazo y debidamente controlados".

Los vecinos impiden que Rosario deje su casa a su exnuera

http://www.laverdad.es/murcia/20110726/local/murcia/vecinos-impiden-rosario-deje-201107261909.html
Sangonera la verde: Los vecinos impiden que Rosario deje su casa a su ex-nuera.
Un juez ha ordenado que hagan uso del domicilio la exmujer de su hijo con sus hijas y su nueva pareja


26.07.11 - ALICIA NEGRE. MURCIA

Con la ayuda de sus numerosos amigos y conocidos, Rosario García ha vuelto a ganarle el pulso a la justicia.
Decenas de vecinos de Sangonera La Verde se han concentrado esta mañana ante su puerta para evitar que se hiciera efectivo el auto de medidas provisionales del juzgado de Primera Instancia nº 9 de Murcia que asigna el uso del domicilio de esta mujer a su ex-nuera. Y lo consiguieron.


La situación se originó hace unos meses, cuando el hijo de Rosario, Antonio Vidal, de 40 años, se separó de su mujer y madre de sus 2 hijas.
Dado que la pareja había residido los últimos años en una vivienda de la pedanía, propiedad de la madre de Antonio, el juez considera que la mujer debe seguir residiendo, junto con su nueva pareja y las pequeñas, en esa vivienda.
El juez lo justifica en aras del beneficio de las 2 niñas, cuya custodia por ahora conserva la madre.


La familia de Antonio Vidal, sin embargo, tiene claro que la situación sería «insostenible» y ya ha recurrido la resolución judicial.
A la espera de que se resuelva este recurso, la familia cuenta con la oposición vecinal como principal arma.
«Creemos que la ayuda del pueblo, la conciencia social de la justicia, ha vuelto a evitar una situación en la que los más perjudicados serían los menores», explica José Carlos Vaquero, letrado de Rosario García.
La familia de Antonio Vidal agradeció ayer esta nueva muestra de apoyo y aseguró que está dispuesta a llegar al Supremo si fuera necesario.

El CGPJ concede por primera vez a una juez la reducción de jornada por maternidad

http://www.europapress.es/epsocial/familia-00324/noticia-cgpj-concede-primera-vez-juez-reduccion-jornada-maternidad-20110726183245.html
Nuevo Reglamento de la Carrera Judicial.
El CGPJ concede por primera vez a una juez la reducción de jornada por maternidad


EUROPA PRESS.MADRID, 26 Jul. 2011
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por 1ª vez la solicitud de reducción de jornada para la conciliación de su vida familiar y laboral que presentó una magistrada destinada en el municipio madrileño de Getafe.

Se trata de la 1ª vez que el órgano de gobierno de los jueces responde positivamente a una petición de reducción de jornada.
La magistrada la planteó a finales de junio bajo el amparo del artículo 223 del nuevo Reglamento de la Carrera Judicial, según ha informado el órgano de gobierno de los jueces.


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid se mostró previamente a favor de la concesión de la reducción de jornada, "hasta ahora reconocida a otros colectivos".
El CGPJ ha acordado que la reducción de jornada para la magistrada alcance el 33 % de su tiempo laboral, en la misma proporción que la remuneración.
Sin embargo, mantiene que la reducción no podrá llevarse a cabo durante el servicio de guardia.


Por otra parte, el Ministerio de Justicia interpuso recientemente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala IIIª del Tribunal Supremo contra este tipo de reducciones de jornada, previstas en el Reglamento de la Carrera Judicial aprobado el pasado 29 de mayo.

Tras su aprobación, el CGPJ inició la tramitación de otra petición similar por parte de una jueza de Cataluña, si bien su aprobación ha quedado en suspenso a instancia de la solicitante.

Desde COLEGAS pedimos la dimisión del Delegado del Gobierno para la Violencia de Género por inútil, por excluyente y por sectario

http://www.almeria24h.com/noticia.php?noticia=2679
Sociedad - Almería - 27/07/2011
VIOLENCIA DE GÉNERO EN PAREJAS HOMOSEXUALES:
COLEGA ALMERIA PIDE LA DIMISIÓN DEL DELEGADO DEL GOBIERNO PARA LA VIOLENCIA DE GÉNERO.
La Asociación provincial de Gays, Lesbianas, Bisexuales y Transexuales de Almería perteneciente a la Confederación Española LGBT COLEGAS que llevamos años denunciando en solitario la desprotección de las parejas de gays y lesbianas respecto a la violencia doméstica, que desde COLEGA entendemos que es una forma más de "violencia de género" por mucho que el sectarismo se imponga a la razón.


Con el luctuoso suceso de ayer en un gimnasio de Madrid, ya son 3 los homosexuales que han muerto a manos de sus parejas desde la aprobación de la actual Ley de Violencia de Género.
El primer caso fue en Abril de 2009 en nuestro municipio almeriense, Adra, donde un hombre de 34 años fue asesinado a manos de su ex marido que se ahorcó poco después, y el año pasado el 3 de Julio de 2010 en Jávea Alicante un hombre mató a su pareja sentimental.
"¿Cuantas más muertes van a seran necesarias para demostrar que nuestras parejas están desprotegidas frente a la ley, y que la violencia doméstica es igual de frecuente independientemente de si es una pareja homosexual o heterosexual, y que necesita iguales medidas que las existentes en la actual Ley de Violencia de Género?", ha declarado Antonio Ferre, Presidente de COLEGA ALMERIA


COLEGA ALMERIA exige una reforma urgente de la actual Ley de Violencia de Género para incluir a las parejas homosexuales, y que la razón y el sentido común se impongan por fin al sectarismo ideológico y discriminador.
Las parejas homosexuales reproducen los mismos esquemas y roles que las heterosexuales porque son hijas de la misma sociedad heteromachista, la violencia y las consecuencias para las víctimas son Iguales.

"Desde COLEGAS pedimos la dimisión del Delegado del Gobierno para la Violencia de Género por inútil, por excluyente y por sectario.
El gobierno no puede puede ayudar únicamente a una parte de las víctimas de una violencia real y tangible que afecta a todos, negando el amparo y la protección a otras partes como son las parejas homosexuales", ha declarado Rafael Salazar, Presidente de COLEGAS.

Revista Hola: Gómez-Acebo se queda solo

http://www.hoy.es/v/20110728/sociedad/gomez-acebo-queda-solo-20110728.html
SOCIEDAD: Gómez-Acebo se queda solo
SE SEPARA UN HIJO DE LA INFANTA PILAR.


28.07.11 -Jueves, 28 julio 2011
El hijo pequeño de la infanta Pilar, Fernando Gómez-Acebo, se separa.
Así lo ha dado a conocer su ya exmujer, Mónica Martín Luque, en una exclusiva concedida a la revista 'Hola'.
En sus páginas asegura que, aunque la separación ha sido de mutuo acuerdo, ella dio el paso final para evitar más sufrimiento. No habla de divorcio.
De hecho, deja la puerta abierta a una posible reconciliación.
Martín admite su parte de culpa.
Considera que su obsesión por el trabajo no le ha permitido dedicar a su marido el tiempo que él necesitaba.

miércoles, 27 de julio de 2011

La reforma procesal exige reciclar al juez de instrucción

http://www.cincodias.com/articulo/economia/reforma-procesal-exige-reciclar-juez-instruccion/20110726cdscdieco_11/
La reforma procesal exige reciclar al juez de instrucción.
Con el nuevo sistema, actuarán como jueces de garantía o de intermediación.
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño: La reforma procesal exige reciclar al juez de instrucción

Lola Fernández - Madrid - 26/07/2011
Las consecuencias del nuevo procedimiento judicial penal que el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, impulsó el pasado viernes con la aprobación de 2 anteproyectos:
a. -la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal y
b.- una nueva Ley Orgánica de Desarrollo de los Derechos Fundamentales, exigirá la reconversión de los jueces de instrucción, cuyo número tendrá que disminuir en pro de la ampliación del cuerpo de fiscales.

"El modelo provocará un reordenamiento del cuerpo de jueces y fiscales, ya que estos últimos tendrán que elevar su plantilla, mientras que los jueces de instrucción deberán disminuir", explica José Luis Ramírez, juez de lo penal y, a su vez, portavoz de la progresista Asociación de Jueces para la Democracia.

Ante esta situación, el proyecto de Caamaño tendrá que dar salida a estos profesionales de la justicia, que deberán reconvertirse y adoptar nuevas competencias.
Una posibilidad es que puedan reciclarse en las 2 nuevas categorías de la judicatura que el Gobierno quiere poner en marcha: los jueces de garantía o los jueces de intermediación, pero tampoco se descarta la posibilidad de que algunos de ellos reorienten su carrera como fiscales.

Talante personal
"He sido durante 10 años juez de instrucción", aclara Ramírez, "pero creo que la decisión de ejercer como nuevos fiscales responsables de la investigación dependerá del talante personal de cada juez, si se sienten cómodos en la investigación u ofreciendo garantías al proceso", añade Ramírez.
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha reconocido en una entrevista al diario El País que necesitará liberar 1.000 jueces para que se dediquen a juzgar.
"Ahora, el juez que investiga es el mismo que decide si uno queda en libertad .... Tiene el monopolio absoluto.
Con la reforma, lo que hacemos es que el fiscal investigue y todos sus actos tienen que ser autorizados por un juez que no tiene nada que ver con la investigación y es distante", aclara el propio ministro en la citada entrevista.

Sobre el texto, por tanto, la reforma convierte al juez en un 3º imparcial ajeno a la investigación, cuyas funciones garantes serán: 
1.- la autorización de diligencias, medidas cautelares,
2.- controlar la duración de la investigación o
3.- resolver las impugnaciones contra los decretos del ministerio fiscal, entre otras.

"Valoramos positivamente el cambio porque ofrece una solución a los muchos problemas que plantea el enjuiciamiento criminal", asegura el portavoz de los jueces progresistas.
Por el contrario, los jueces más conservadores consideran más importante dotar de mayor independencia al ministerio fiscal, aunque sí aprueban los cambios en el proceso penal.
En su opinión, el más grave es una fase de investigación muy ineficaz, que impide investigar con rapidez cada caso ante la dispersión de competencias entre el partido judicial y los juzgados de instrucción, y la dificultad de ser juez y parte.
"Es esquizofrénico, o uno garantiza el derecho, o uno investiga", sostiene el portavoz de Jueces para la Democracia.

A partir de ahora, habrá un fiscal responsable, y si el delito es muy complicado, podrá pedir la ayuda de 4 fiscales.
No obstante, este necesitará el concurso del juez de garantías para que se practiquen las diligencias de intervención corporal grave, análisis de ADN, interceptación de las comunicaciones telefónicas, entrada y registro domiciliario, registro informático o la utilización de un agente encubierto, entre otras.

Los abogados estudian el nuevo sistema penal
Para muchos colegios de abogados ayer fue un día festivo, sin embargo, para los que no, como el de Barcelona, ayer fue un día de estudio y reflexión de los 2 anteproyectos de Ley de Enjuiciamiento Criminal con objeto de ofrecer durante esta semana una opinión consensuada sobre el nuevo modelo propuesto por Francisco Caamaño.

El ministro ha decidido que el Consejo General del Poder Judicial, el ministerio fiscal y los colegios de abogados ofrezcan su visión sobre el nuevo sistema.
El vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa, ya dijo en una entrevista a Europa Press que "queda poco tiempo" para sacar adelante esta reforma tan ansiada por el órgano de gobierno de los jueces.
No obstante, habló de su necesidad, "al ser la única ley que no ha sido tratada en profundidad en la democracia", indicó el nº 2 del CGPJ, que aboga por "regular de nuevo la figura del fiscal general del Estado y su dependencia al Gobierno de turno".

Por el contrario, los abogados han visto cómo una de sus mayores reivindicaciones: la garantía del secreto profesional, se fortalecía con esta última iniciativa de Justicia.
Según reza el texto, se prohibirá "toda la interceptación de las comunicaciones que el investigado mantenga con el abogado defensor", y se ofrecerá "el mismo régimen de comparecencia inmediata de la defensa en las vigilancias acústicas".
Para muchos letrados, se trata de una "medida lógica, porque es la piedra angular en la que se sustenta el derecho de defensa".

No obstante, ambos anteproyectos deben ser aprobados por el Parlamento antes de una convocatoria de elecciones. El tiempo apremia.

Bruselas propone crear una euroorden de embargo para facilitar el cobro de deudas

http://www.lexureditorial.com/noticias/1107/25141331.htm
Bruselas propone crear una euroorden de embargo para facilitar el cobro de deudas transfronterizas.
En la actualidad se cancelan en la UE deudas por valor de 600 millones de euros al año por dificultades de cobro.

BRUSELAS, 25 de Julio de 2011(EUROPA PRESS)
La Comisión Europea ha propuesto este lunes crear una orden europea de embargo cuyo objetivo es facilitar a las empresas y a los ciudadanos el cobro de deudas en otros Estados miembros.
En la actualidad, las dificultades jurídicas para reclamar el pago provocan que se cancelen en la UE deudas por valor de 600 millones de euros al año, según Bruselas.

*Las empresas pierden alrededor de un 2,6 % de su volumen de negocios anual a causa de las deudas incobrables.
Es ésta una deficiencia de nuestro mercado único que debemos subsanar rápida y enérgicamente", ha dicho la comisaria de Justicia, Viviane Reding, en un comunicado.

"Las empresas necesitan una solución sencilla: una orden de embargo de cuentas efectiva en toda Europa que asegure el bloqueo de los fondos hasta que un tribunal haya dictado resolución sobre su restitución. En la difícil coyuntura económica que atravesamos, las empresas reclaman respuestas rápidas. Cada euro cuenta, sobre todo para las pequeñas empresas", ha insistido la comisaria.
Según los cálculos de Bruselas, aproximadamente un millón de pymes en la UE tienen problemas con deudas transfronterizas.
Los procedimientos de cobro de las deudas dependientes de la jurisdicción de otro país son complicados y multiplican los costes para las empresas que desean vender sus productos en distintos países de la UE.
Entre los problemas habituales se encuentran las diferencias entre las legislaciones nacionales y las variaciones en los costes de contratación de un abogado suplementario o de traducción de los documentos, resalta la Comisión.

Por su parte, los particulares se enfrentan a dificultades similares cuando intentan que un vendedor les devuelva el dinero de una compra por Internet o que un deudor moroso pague la pensión alimenticia que debe.
La propuesta de Bruselas creará una orden europea de embargo de cuentas que permitirá a los acreedores bloquear el importe debido en la cuenta bancaria del deudor. "Esta orden puede tener una importancia crucial en los procedimientos de recuperación de deudas al impedir a los deudores retirar o liquidar sus activos durante el tiempo que se tarda en obtener y ejecutar una sentencia en cuanto al fondo. Tal instrumento puede aumentar las perspectivas de cobrar las deudas transfronterizas", señala el Ejecutivo comunitario.
La nueva orden europea permitirá a los acreedores bloquear los fondos en cuentas bancarias en idénticas condiciones en todos los Estados miembros de la UE.
No se introducirán cambios en los sistemas nacionales de embargo de fondos, la Comisión se limita a añadir un procedimiento europeo al que los acreedores pueden recurrir para cobrar sus deudas en otros Estados miembros de la UE.
Para percibir efectivamente el dinero, el acreedor deberá obtener sentencia firme a su favor conforme a la legislación nacional o mediante un procedimiento europeo simplificado.

Los acreedores podrán recurrir a la orden europea de embargo de cuentas como alternativa a los instrumentos contemplados por la legislación nacional.
 Tendrá carácter cautelar, lo que significa que se limitará a bloquear la cuenta del deudor pero no entrañará el pago del dinero al acreedor.
Además, este instrumento solo se aplicará a los casos transfronterizos.
La orden europea de embargo de cuentas se emitirá mediante un procedimiento unilateral -es decir, sin que el deudor tenga conocimiento de ello-, con el consiguiente *efecto sorpresa*.
La propuesta debe ser aprobada por los Estados miembros y por la Eurocámara.

El TC deja en suspenso preceptos de la Ley de custodia compartida valenciana

http://www.lexureditorial.com/noticias/1107/26123948.htm
El TC deja en suspenso preceptos de la Ley de custodia compartida valenciana ante el recurso del Gobierno central


VALENCIA, 26 de Julio de 2011 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Constitucional (TC) deja en suspenso la aplicación de determinados artículos de la Ley de Custodia Compartida de la Generalitat valenciana al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno central.
Así lo publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE), que señala que el TC, en una providencia del pasado 19 de julio, acordó admitir a trámite el recurso presentado por el Ejecutivo español contra la Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat valenciana, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.
El texto oficial recuerda que, por parte del presidente del Gobierno, "se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso", el 4 de julio de 2011.
El Consejo de Ministros acordó en julio, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, solicitar al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, la interposición de este recurso contra la norma valenciana por considerar que "excede" las competencias autonómicas.

El Gobierno entiende que esta norma autonómica regula instituciones civiles que carecen de antecedentes en el ámbito de la legislación foral civil de Valencia y, por tanto, excede las competencias de la región para la "conservación, desarrollo y modificación del Derecho civil foral valenciano" y "vulnera" las competencias exclusivas del Estado sobre legislación civil.
Según el artículo 149 de la Constitución, se reserva al Estado la competencia exclusiva sobre la "legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las comunidades autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, donde existan".
Así en atención a estos argumentos el Gobierno considera que la Ley de la Comunidad Valenciana no puede encontrar amparo en su competencia exclusiva reconocida en el artículo 49.1.2 de su Estatuto de Autonomía, dado que no desarrolla ninguna disposición del Derecho Civil de la Comunidad Autónoma, por lo que excedería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma.

CONVIVENCIA DE LOS MENORES
La Ley de Relaciones Familiares de los Hijos e Hijas cuyos Progenitores No Conviven --conocida como de Custodia Compartida-- de la Comunidad Valenciana, aprobada por las Cortes Valencianas en el último pleno de esta legislatura, y que entró en vigor el 5 de mayo supone que, en caso de ruptura o no convivencia entre los progenitores, sea compatible el "interés superior del menor" con el derecho de igualdad entre los padres y el derecho del menor a convivir con ambos.
La norma otorga prioridad al acuerdo entre los progenitores a través de un "pacto de convivencia familiar" que deberá ser judicialmente aprobado y que debe establecer el régimen de convivencia o relaciones familiares de los progenitores con los hijos y de éstos con sus hermanos, abuelos y demás parientes allegados.
También establece el destino de la vivienda y el ajuar familiar, la cuantía y modo de sufragar los gastos ordinarios y extraordinarios de atención de los hijos.

En caso de no haber acuerdo, la norma establece el principio general de custodia compartida por el que se habilita al juez para decidir sobre este extremo atendiendo a las circunstancias de cada caso.
Otro de los puntos que la ley recoge es la exclusión o prohibición del régimen de convivencia en casos de violencia de género o doméstica cuando una resolución judicial estime indicios de su existencia.
Asimismo, esta norma es aplicable a los procedimientos judiciales en materia de nulidad, separación, divorcio y medidas paterno o materno-filiales que estén pendientes de sentencia

martes, 26 de julio de 2011

El Constitucional dicta que las ejecuciones hipotecarias no vulneran derechos

http://www.elperiodico.com/es/noticias/economia/constitucional-dicta-que-las-ejecuciones-hipotecarias-vulneran-derechos-1094307
RECURSO DE UN JUZGADO DE SABADELL.
El Constitucional dicta que las ejecuciones hipotecarias no vulneran derechos.
El alto tribunal considera que los inquilinos no quedan indefensos porque pueden pagar o iniciar un proceso declarativo


Martes, 26 de julio del 2011. EFE / Madrid
El Tribunal Constitucional cree que las ejecuciones hipotecarias, que permiten a las entidades financieras quedarse con un inmueble tras el impago de la hipoteca, no vulneran los derechos fundamentales de los afectados y, por tanto, no son inconstitucionales.


En un auto, el Constitucional rechaza así estudiar la cuestión de inconstitucionalidad que planteó en septiembre de 2010 el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Sabadell, que consideró que estos procesos podían vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva y a una vivienda digna porque impiden analizar el posible "carácter abusivo" de las hipotecas.

Los magistrados consideran "notoriamente infundada" esa cuestión porque la actual regulación de las ejecuciones hipotecarias ya ha sido respaldada por varias sentencias (la primera de 1981) que consideran que las limitaciones que tienen los afectados para paralizar el proceso no son inconstitucionales.

El máximo garante de la Constitución explicó en la sentencia de diciembre de 1981 que los afectados no quedaban "indefensos" porque podían:
1.-  suspender el proceso con el pago o bien
b.- iniciar un procedimiento declarativo, en el que un juez dictamina sobre los hechos controvertidos planteados por las partes.
"Porque queda abierta a todos los interesados la vía del juicio declarativo para la defensa de sus derechos, este Tribunal Constitucional ha afirmado que la limitación de controversia y demás peculiaridades de este procedimiento no vulneran el derecho a la defensa", dijeron los magistrados en otra sentencia de junio de 1993 que también citan en el auto publicado este martes.


Competencia del legislador.

El Tribunal Constitucional aprovecha para criticar que la cuestión de inconstitucionalidad no puede servir para cuestionar "de modo genérico o abstracto" el actual modelo de ejecución hipotecaria, cuyo diseño es "de la exclusiva competencia" del Gobierno en su calidad de legislador.
La Fiscalía también pidió que se rechazara la petición del juzgado de Sabadell argumentando, entre otros motivos, que "el marco procesal en que se han de debatir los intereses de los litigantes es competencia del legislador, sin que tal regulación pueda ser discutida so pretexto de su inconstitucionalidad".


El auto del Constitucional incluye un voto particular del magistrado Eugeni Gay, que critica que la resolución no aborda elementos de "trascendencia social y constitucional" como son las "especiales" circunstancias de la situación económica y financiera actual, muy diferente a la de los años 80, cuando se fijó la doctrina inicial.
Por ello, sostiene que no le parece "suficiente para desechar como infundada" la cuestión de inconstitucionalidad la remisión a las sentencias existentes, ya que "sería necesario examinar si los preceptos cuestionados a la luz del nuevo contexto económico y social son compatibles o no" con los derechos recogidos en la Constitución.
Gay recuerda que las normas no pueden establecerse "de espaldas a la realidad social" y subraya que la "ingeniería financiera" actual es más compleja y prácticamente imposible de someter a un control.



Subasta en cuestión.

En la cuestión de inconstitucionalidad, el juez Guillem Soler criticó que las ejecuciones hipotecarias no permitían un análisis judicial de las circunstancias en las que se suscribió el contrato, ya que se debe proceder de modo automático a la subasta del inmueble.

"No parece razonable ni admisible, desde el punto de vista del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, que en el marco de una ejecución hipotecaria que afecta a un bien de primera necesidad como es la vivienda, el propio sistema legal impida, de modo absoluto y sin ninguna alternativa interpretativa por parte del tribunal, que se introduzca en el proceso de ejecución un mínimo examen de estas circunstancias", resumió el juez.



Las ejecuciones hipotecarias se han multiplicado por 4 desde el inicio de la crisis al pasar de 25.943 en 2007 al récord de 93.622 en 2010, según el Consejo General del Poder Judicial.

ESPAÑA DEBE ACELERAR EN EL ACCESO A LA JUSTICIA PARA LITIGIOS TRANSFRONTERIZOS

http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=IP/11/919&format=HTML&aged=0&language=ES&guiLanguage=en
ESPAÑA DEBE ACELERAR EN EL ACCESO A LA JUSTICIA PARA LITIGIOS TRANSFRONTERIZOS



La Comisión Europea ha tomado medidas para facilitar el acceso a la Justicia en los litigios transfronterizos.
La solución de diferencias y desacuerdos en los tribunales es a menudo onerosa y lenta.
Los asuntos transfronterizos son particularmente complejos debido a las diferentes legislaciones nacionales y a cuestiones prácticas como las costas o las barreras lingüísticas.
 
La Directiva 2008/52/CE sobre se aplica cuando 2 partes implicadas en un litigio transfronterizo acuerdan voluntariamente solucionar su litigio recurriendo a un mediador imparcial.
Todos los Estados miembros de la UE deberían disponer actualmente de medidas en vigor para incorporar la legislación de la UE.
No obstante, 9 países no han notificado todavía todas las medidas nacionales necesarias para aplicar plenamente la Directiva.
En consecuencia, la Comisión Europea ha iniciado acciones judiciales enviando «cartas de emplazamiento» a los siguientes países: República Checa, España, Francia, Chipre, Luxemburgo, Países Bajos, Finlandia, Eslovaquia y Reino Unido.
 
Los países disponen de 2 meses para responder.
Los Estados miembros deberán garantizar que puedan aplicarse los acuerdos resultantes de la mediación.
Según un estudio financiado por la UE, el tiempo que se pierde al no recurrirse a la mediación se calcula en un promedio de entre 331 y 446 días suplementarios en la UE, con costes suplementarios que van de 12.471 a 13.738 euros por asunto.

La Constitución y el Tribunal Constitucional.

La Constitución y el Tribunal Constitucional.

Art. 159.1 Constitución Española:
El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos:
a.- 4 a propuesta del Congreso por mayoría de 3/5 de sus miembros;
b.- 4 a propuesta del Senado, con idéntica mayoría;
c.- 2 a propuesta del Gobierno y
d.- 2 a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Art. 161.2 Constitución Española:

El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas.
La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a 5 meses.

Recurso de inconstitucionalidad, contra la Ley 5/2011 de la C A Valenciana

http://www.boe.es/boe/dias/2011/07/26/pdfs/BOE-A-2011-12864.pdf
Boletín Oficial del Estado de 26 de Julio de 2011.
Recurso de inconstitucionalidad nº 3859/2011, contra la Ley de la Comunidad Autónoma de Valencia 5/2011, de 1 de abril, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.



El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 3859-2011, promovido por el Presidente del Gobierno, contra la Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat Valenciana, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.

Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -4 de julio de 2011-.

Madrid, 19 de julio de 2011.-
La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Efectos de la Ley aprobada de prisa y corriendo en Valencia, para los Progenitores que se divorcien:
http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/efectos-de-la-ley-de-custodia-en-valencia1.pdf

lunes, 25 de julio de 2011

IU trasladará a los ciudadanos su 'convocatoria social' para elaborar el programa para las generales

http://www.nuevatribuna.es/articulo/espana/2011-07-23/convocatoria-social-iu-elaborar-programa-electoral/2011072310130400168.html
IU trasladará este sábado a los ciudadanos su 'convocatoria social' para elaborar el programa para las generales



Izquierda Unida (IU) trasladará este sábado a los ciudadanos su 'convocatoria social' con la que pretende recabar propuestas para la elaboración del programa electoral para las próximas elecciones generales, en un acto que tendrá lugar a partir de las 11.45 en el Ateneo de Madrid.


nuevatribuna.es/ 23 Julio 2011 -
Izquierda Unida (IU) trasladará este sábado a los ciudadanos su 'convocatoria social' con la que pretende recabar propuestas para la elaboración del programa electoral para las próximas elecciones generales, en un acto que tendrá lugar a partir de las 11.45 en el Ateneo de Madrid.
El coordinador federal de IU, Cayo Lara, intervendrá en la presentación a la ciudadanía de este proceso, que ya fue anunciado a los medios de comunicación a principios de este mes, junto al secretario federal de Acción Política, José Luis Centella, y la responsable de Propuesta Programática, Marga Ferré.



"La 'convocatoria social' propone unir esfuerzos en torno a 6 'revoluciones', que corresponderían cada una de ellas a los ámbitos económico, democrático, ambiental, de la igualdad, de los servicios públicos y cultural, y que persiguen que "la soberanía popular se ejerza desde el pueblo y no desde quien pretende empobrecer a millones para salvar a unos pocos", explica la invitación del evento.



IU insta a los asistentes al acto, dirigido principalmente a representantes de organizaciones sindicales, juveniles, de mujeres y "defensores de los servicios públicos y de otra cultura", a "debatir y proponer" en torno a cada una de esas 'revoluciones'".

"Tenemos ideas y tenemos las manos para llevarlas a cabo, pero tenemos que hacerlo juntos", asegura IU, que plantea 2 interrogantes: ¿qué cambios son los más necesarios hoy? y ¿cómo implementar esos cambios?.

Esta convocatoria se desarrollará en los próximos meses a nivel estatal y busca la movilización de la gente de izquierdas para construir una "alternativa".



Por otra parte, la coalición ha decidido esperar hasta la segunda semana de septiembre para convocar el Consejo Político en el que está previsto que se confirme a Cayo Lara como candidato para las próximas elecciones generales.

Según fuentes de la coalición consultadas por Europa Press, se descartó la opción de convocarlo este domingo, 24 de julio, tras consultar a las distintas sensibilidades de la coalición y concluir que ninguna tenía intención de presentar a otro candidato y, en consecuencia, plantear primarias.

La decisión ha sido tomada contemplando como el escenario más probable que las elecciones generales se celebren el 27 de noviembre, han apuntado las mismas fuentes.

Pag. web de IU: http://www.izquierda-unida.es/
http://izquierda-unida.es/sites/default/files/doc/Diptico%20Convocatoria%20Social.pdf