lunes, 31 de octubre de 2011

Reforma de Medidas de Agilización Procesal

¡Hoy entra en vigor la reforma de Medidas de Agilización Procesal!



Hoy lunes, 31 de octubre, entra en vigor la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal. Esta norma introduce cambios sustanciales en 3 de las principales leyes procesales de nuestro país.

En el proceso penal, se modifica la intervención en los juicios criminales de las personas jurídicas.

En el proceso civil, hay novedades importantes.
En los recursos, se aprecian consecuencias inmediatas:
A.- se cierra la posibilidad de acceso a la apelación en los verbales de cuantía inferior a 3.000 euros, que no a los verbales por materia,
B.- elevándose igualmente el acceso a casación a 600.000 euros en los procesos por cuantía, aunque si no la superan, podrán acceder si se justifica el interés casacional.
C.- También se simplifica la tramitación, eliminando la preparación de la apelación y de los recursos extraordinarios o la reposición previa a la queja.
D.- Además, se introducen cambios en las tercerías y en la ejecución, donde se modifica el plazo de cortesía o espera, que se computará desde la firmeza y no desde la notificación.
E.- Se suprime el límite cuantitativo en el monitorio y se da una nueva regulación a los desahucios, incorporando la técnica del monitorio. Aunque esta genera problemas interpretativos.


En el proceso contencioso, se aplicará el criterio del vencimiento a la hora de imponer las costas en los litigios contra la Administración, lo cual puede desanimar a los ciudadanos en sus reclamaciones contra los entes públicos.
Por otra parte, se eleva la cuantía del procedimiento abreviado a 30.000 euros y se evita la celebración de vista en aquellos recursos en los que no se va a pedir el recibimiento a prueba. Se introducen modificaciones importantes en materia de recursos, en cuanto al aumento del límite cuantitativo para acceder al recurso de apelación y al recurso de casación.

1 comentario:

Unknown dijo...

Hola soy padre separado con custodia compartida, necesitaría información o como puedo obtener la, los derechos de uno de los progenitores ante la beca de comedor solicitada por el otro en custodia compartida, gracias