lunes, 6 de diciembre de 2010

Violencia doméstica y la presunción de Inocencia

http://www.larazon.es/noticia/1566-el-consell-retirara-la-custodia-de-los-hijos-si-hay-maltrato-flagrante
Si el juez ve indicios de violencia de genero, no tendrá que esperar a la sentencia.


El Consell retirará la custodia de los hijos si hay maltrato flagrante.

El proyecto de ley de la Generalitat Valenciana de Relaciones Familiares de los Hijos e Hijas cuyos Progenitores no Conviven, más comúnmente denominada, de Custodia Compartida, prevé que un juez pueda quitar la tutela de los hijos a uno de los progenitores cuando exista constancia de que ha ejercido violencia doméstica sobre el otro o sobre los hijos.




6 Diciembre 10 - Valencia - Toni Ramos
Prevé el proyecto de ley en su artículo 4 que «excepcionalmente tampoco procederá la atribución de un régimen de convivencia a uno de los progenitores cuando esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos o hijas, y se haya dictado resolución judicial motivada en la que se constaten indicios fundados y racionales de criminalidad, siempre y cuando, a tenor de dichos indicios, la aplicación del régimen de convivencia pudiera suponer riesgo objetivo para los hijos e hijas o para el otro progenitor.
Tampoco procederá cuando el juez advierta, como consecuencia de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género».


Obviamente, el articulado de la ley también prevé que «cuando se dicte resolución judicial que ponga fin al procedimiento, con efectos absolutorios, se podrá revisar, de oficio o a instancia de parte, la ordenación de las relaciones familiares».

De este modo, la ley que será aprobada a principios de 2011 posibilita retirar la custodia antes incluso de que se dicte la sentencia por malos tratos, pero, eso sí, se deben reunir muchas más «garantías» que la mera imputación sin más del presunto agresor, ya que la imputación no comporta la presunción de culpabilidad, sino que marca el inicio de un proceso.
Que la agresión se cometa en un sitio público, con testigos y medie atención sanitaria también podría ser suficiente.


Sólo con la imputación.

El Gobierno central, en la modificación que prevé del Código Civil, retirará la custodia de los hijos con tan solo la imputación de uno de los cónyuges por violencia de género.
El vicepresidente Rubalcaba admitió que esta «medida cautelar» podía socavar en parte el principio de presunción de inocencia, pero que se hacía para proteger a los niños.
La ministra Leire Pajín, en su tono habitual alejado del consenso, señaló que «con oposición a la reforma del Código Civil o sin ella, el Gobierno no se va a amedrentar y seguirá adelante con rigor y contundencia». Desde luego.

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