martes, 1 de junio de 2010

El Divorciado y la Declaración de la Renta (IRPF)

Ahorra en tu declaración de la renta

1.- Abrir una cuenta ahorro vivienda o realizar aportaciones a un plan de pensiones nos ahorrará un buen pellizco en la declaración de la renta. Pero hay muchos productos de ahorro que son menos conocidos, como hacer donativos o afiliarse a un partido político. Los Padres Divorciados no tienen acceso a una Cuenta Vivienda dado que tienen una propiedad aunque no la utilicen. Necesitas hacer la Liquidación de Gananciales.

2.- Aporta lo que puedas a un plan de pensiones (los hay desde 6 euros al mes), ya que supondrá un ahorro en la declaración. El límite general de las aportaciones está en 10.000 euros, y en 12.500 cuando se trata de mayores de 50 años. También son deducibles las aportaciones a favor de familiares con discapacidad hasta un tercer grado de parentesco. Siempre que el pago de la Hipoteca, el alquiler y la Pensión de alimentos te permita ahorrar .....

3.- Los planes de previsión que se contratan con las aseguradoras también son muy beneficiosos, ya que suponen el mismo ahorro que los planes de pensiones.

4.- Abriendo una cuenta ahorro vivienda, Hacienda permite deducirse hasta el 15% de las cantidades que se depositen en la cuenta (18% en el País Vasco), con un límite de 9.015 euros anuales. Pero aunque ahora se permite ampliar de 4 a 6 años el plazo para la compra de vivienda, los contribuyentes sólo podrán beneficiarse de estas deducciones durante los cuatro primeros años. Lo dicho, sin Liquidación de Gananciales nada de nada.

5.- Quienes estén pagando una hipoteca pueden beneficiarse de las mismas deducciones que aporta una cuenta ahorro vivienda, lo que puede suponer un ahorro de hasta 12.000 euros.

6.- Si este año has cambiado de casa o reformado la que ya tienes, puedes desgravar las cantidades destinadas a ese fin con un límite de 9.015 euros.
En caso de reforma, sólo se admitirán las obras centradas en ampliación de superficie, fachadas, estructuras y cubiertas por un coste global que supere el 25% del precio de adquisición o del mercado en el momento en que se efectúe. ¿Por que no se liquida la sociedad de bienes gananciales?

7.- Vender tu casa también supone un ahorro en la declaración, que se contabiliza como una ganancia o pérdida de patrimonio. Si es una ganancia, tributará al 18%, pero se puede neutralizar el pago reinvirtiendo el importe obtenido en otra vivienda.

8.- Asumir el riesgo que conlleva crear una empresa también tiene beneficios. Si tienes en mente poner en marcha un negocio antes de cuatro años, es conveniente abrir una cuenta ahorro-empresa que permite deducirse el 15% de las aportaciones con un límite de 9.000 euros anuales.
Con un poco de suerte e información, puedes aprovechar las subvenciones, sobre todo si eres menor de 35 años y mujer.

9.- Si vives en régimen de alquiler también puedes deducirte hasta un 10,05% de tu alquiler, con un límite de 9.015 euros y siempre y cuando la renta de trabajo sea inferior a 24.020 euros al año. En Madrid, Cataluña, Navarra y País Vasco existen normas diferentes que permiten desgravar un 20%, 10%, 15% y 25% respectivamente. Exclusivamente para menores de 35 años.

10.- Las acciones, los dividendos y los fondos de inversión son muy recomendables si quieres ahorrar en la declaración de la renta porque, aunque tienen algunas limitaciones, en la mayor parte de los casos están exentos de pagar impuestos. Si puedes llegar a final de mes tras pagar el peaje del divorcio y sobrevivir dia a dia.

11.- Tener o adoptar un hijo también supone una deducción, siempre que haya tenido lugar después de junio de 2007 y que no se haya solicitado la prestación no contributiva de la seguridad social de 2.500 euros por ese mismo nacimiento o adopción. Dado que te alejan de tus hijos, por ley, puedes optar a la adopción. Aunque supone más gastos mensuales.

12.- La solidaridad tiene ventajas fiscales, ya que cada contribuyente puede desgravar entre un 10% y un 30% de las aportaciones económicas que haga a cualquier ONG reconocida por la Administración, a la Iglesia Católica o a la Cruz Roja, independientemente de la finalidad a que se destine la aportación. Pues te recomendamos que te Afilies a la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) te necesitamos para cambiar la normativa actual, en relación al Divorcio y sus efectos.

13.- Nuestras actividades laborales también ayudan a desgravar, y si pagas las cuotas de un colegio profesional o un sindicato también podrás obtener deducciones en la declaración de la renta. Aumque no sirvan para nada en los momentos de crisis económica como la actual.

14.- Si realizas algún trabajo fuera del territorio nacional podrás optar a deducciones, siempre y cuando se trate de un cambio de centro de trabajo, y no cuando el desplazamiento sea circunstancial. Las retribuciones obtenidas por los días de estancia en el extranjero están exentas de impuestos, con un límite máximo de 61.100 euros al año. Despues del divorcio existe Vida, haya que superar los momentos de crisis y no estancarse

15.- Los gastos de defensa jurídica suponen un ahorro, ya que están exentos de impuestos con un límite de 300 euros. Pero no los Juicios de Familia, que quede claro, la administracción no es idiota.

16.- Siempre que sea posible, planifica tus gastos o pérdidas inevitables y anticípalos para efectuarlos antes del final del año, así podrás deducírtelos en la declaración de la renta. ¿Con los que nos ha caido seremos capaces? Hagamos economia de la pobreza. Nosotros Podemos, claro que si, faltaria más.

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