viernes, 31 de diciembre de 2010

Alcoy: El acusado de agredir a su exmujer queda en libertad

http://www.diarioinformacion.com/alcoy/2010/12/31/acusado-agredir-exmujer-queda-libertad-investiga-autoria-autolesion/1080306.html
Alcoy: El acusado de agredir a su exmujer queda en libertad y se investiga otra autoría o una autolesión.
Compañeros del detenido testificaron que se encontraba trabajando cuando se produjeron los hechos



M. V. Alcoy.Viernes 31 de diciembre de 2010  

El juez ha dejado en libertad al hombre que había sido detenido en Alcoy por practicarle presuntamente varios cortes en la cara a su ex esposa.
Compañeros de empleo del acusado han testificado que se encontraba trabajando cuando se produjeron los hechos, por los que ahora se investiga si el autor ha podido ser alguien del entorno actual de la mujer, sin descartarse tampoco la posibilidad de una autolesión.


Tal y como informó ayer este diario, la Policía Nacional detuvo el pasado martes a un hombre por haberle practicado presuntamente varios cortes en la cara a su ex esposa en la calle Olivar de Batoy.
La denuncia partió de la propia agredida, quien llegó a testificar que su ex marido la había amenazado con matarla si se quedaba con la custodia de los 2 hijos que tienen en común. Se daba la circunstancia, además, que el hombre ya había sido detenido en dos ocasiones anteriores por quebrantar la orden de alejamiento que pesaba sobre él.


Sin embargo, los acontecimientos han dado un giro radical, después de que compañeros de empleo del acusado testificaran a su favor, asegurando que se encontraba trabajando en el momento en que, según la mujer, se produjeron los hechos. Además, y según las fuentes consultadas, la propia mujer incurrió en varias contradicciones.

Esta circunstancia ha propiciado que el juez haya decidido dejar al hombre en libertad, y que se haya limitado a decretar de modo preventivo una orden de alejamiento.


Ahora las investigaciones se dirigen hacia el entorno actual de la víctima, sin que se haya descartado la posibilidad de que la mujer haya podido autolesionarse.

Cabe recordar que según la versión ofrecida por la mujer en primera instancia, los hechos se habrían producido el pasado martes alrededor de las 7:30 de la mañana, y que después fue atendida en el Hospital Virgen de los Lirios de los diversos cortes sufridos, que han sido catalogados como leves.

El Gobierno estudiará la nueva ley de Igualdad de Trato, excepto para los divorcios

http://www.cadenaser.com/sociedad/articulo/gobierno-estudiara-jueves-nueva-ley-igualdad-trato/csrcsrpor/20101229csrcsrsoc_4/Tes
El Gobierno estudiará el jueves la nueva ley de Igualdad de Trato.

Obligará a los acusados de todo tipo de discriminación, incluida la física, a demostrar su inocencia


MARIOLA LOURIDO 29-12-2010

La ley de Igualdad de Trato es novedosa por diversas razones.
Entre las discriminaciones que perseguirá figura la motivada por el aspecto o la apariencia física. Por ejemplo, obesidad, fealdad o piel oscura.
Estas discriminaciones, muy difíciles de probar ante los tribunales y que nos recuerdan a lo que paso en el supermercado Sánchez Romero, se recogen en el apartado circunstancia personal o social.

La ley castigara también la discriminación por enfermedad. Por ejemplo, tener sida.
Y por supuesto combatirá las discriminaciones más tradicionales: raza, sexo, religión, convicciones, discapacidad o edad.
No se aplicara a los proceso de divorcio o en temas de derecho de familia.


Más novedades: regulará la carga de la prueba, es decir, cuando haya indicios de rechazo tendrá que ser el acusado el que demuestre que su conducta fue correcta y que no margino. La norma también penará las discriminaciones múltiples y las asociadas.
Por ejemplo, la que puede sufrir una mujer que además es discapacitada o la madre trabajadora a la que una empresa no contrata porque tiene hijos y supone que faltara mucho al trabajo.


La ley se aplicará no solo en el ámbito laboral sino también en el acceso a bienes y servicios y establecerá un régimen de sanciones y multas para particulares, empresas y administraciones.
Creara una Fiscalía Especial contra la discriminación y un Consejo para la Discriminación.


La ministra Leire Pajín presentara el jueves al Consejo de Ministros un informe sobre la ley que se aprobara el día 7 de enero.
(Se tenia pensado aprobarla el verano pasado).

jueves, 30 de diciembre de 2010

España: Valores contra el maltrato

http://www.abc.es/20101230/espana/abci-valores-maltrato-201012300146.html
España: Valores contra el maltrato
Más allá del debate sobre la incidencia del tipo de unión en los femicidios, los expertos creen que la falta de educación en valores es la clave de esta epidemia


MIGUEL ÁNGEL BARROSO / MADRID /Día 30/12/2010.ABC.
El espejo suele devolver una imagen llena de cicatrices cuando las sociedades «modernas» se miran en él.
Una de esas marcas tiene la firma de la violencia de género, un fenómeno con múltiples aristas —los más pesimistas dirían que irresoluble a corto y medio plazo—, que suscita encendidos debates, pues no siempre hay consenso en el diagnóstico.
El último ejemplo lo tenemos esta semana.

¿Tiene incidencia en la violencia de género el tipo de unión entre un hombre y una mujer?
El obispo de Alcalá de Henares y presidente de la Subcomisión de la Familia de la Conferencia Episcopal, monseñor Juan Antonio Reig Plá, señaló el lunes que esta lacra se genera sobre todo en los procesos de separación o divorcio, y que «los matrimonios canónicamente constituidos son menos dados a la violencia que las parejas de hecho».


Las declaraciones del obispo provocaron que se alzaran voces a favor y en contra justo cuando se cumplen 6 años de la entrada en vigor de la Ley Integral contra la Violencia de Género, un texto cuyas luces y sombras serán analizados más adelante.
La Secretaría de Estado de Igualdad aprovechó el aniversario para hacer un balance positivo a pesar de las más de 70 mujeres asesinadas en 2010 (71 según la estadística oficial; el Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia eleva la cifra a 75), ya que, según sus datos, hay menos homicidios y más denuncias.

El delegado del Gobierno para la Violencia de Género, Miguel Lorente, calificó ayer de «desafortunadas y cargadas de cierta imprudencia» las palabras de monseñor Reig Plá, ya que «intentan apuntar que la violencia nace de determinados contextos, no de la voluntad del agresor».
En su opinión, la Iglesia ocupa una posición clave por lo que significa de referencia ética y por su implicación en el proceso de preparación al matrimonio.
«Ambos factores pueden ser utilizados para prevenir estos excesos y transmitir el mensaje de que donde hay violencia no hay amor; la respuesta no puede ser resignación».

Al hilo de esta polémica, ABC ha pulsado la opinión de diferentes expertos.
Más allá de sus diferencias a la hora de establecer las responsabilidades del tipo de vínculo, coinciden en destacar la educación en valores como clave de bóveda para avanzar en la resolución del problema.


Deshacer el nudo.

«No hay datos estadísticos que avalen con rigor la opinión del obispo, que es personal y, tal vez, exprese un deseo», señala Manuel Fernández Blanco, psicoanalista y psicólogo clínico del Complejo Hospitalario Universitario de La Coruña.
«Los factores que inciden en esta epidemia son muy complejos, y las campañas parece que no funcionan. La mayor parte de las demandas de divorcio parten de las mujeres, lo que demuestra un cambio en la distribución de los roles. Estos cambios sociales afectan al total de la población, así que el matrimonio no es un factor decisivo. Frente a la búsqueda de una vida más satisfactoria surge la intolerancia masculina a la pérdida y una cierta infantilización. El hombre se pregunta:
“¿Qué es lo que deseas que yo no puedo ofrecerte, por qué he perdido valor para ti?”. El problema se agrava cuando las mujeres intentan dar respuesta a esa pregunta o deciden ofrecer a sus verdugos “una segunda oportunidad”.

Algunos lo definen con la desafortunada expresión “les va la marcha”.
La insistencia en buscar amor en quien no lo da hunde sus raíces en la infancia.
Es habitual que los agresores se arrepientan y ofrezcan promesas de cambio, y que sus parejas necesiten creer en esto. Sin deshacer el nudo es imposible salir de la repetición del maltrato».


A Fernández Blanco le parece «más relevante el estudio generacional que el tipo de vínculo existente. En la gente más veterana rige más el patrón de un machismo tradicional y una actitud silente por parte de las féminas. Tal vez en un futuro sí que haya que darle la razón a la Conferencia Episcopal, ya que las personas que se casen por la Iglesia lo harán por fuertes convicciones más que por obligación o convención social».


El Instituto de Política Familiar ha elaborado un estudio partiendo de datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) que prueba, en su opinión, que «el matrimonio es el lugar donde menos violencia se produce».
Según este informe, en España hay 11,5 millones de parejas, de las que:
**  el 89 % mantienen una unión conyugal —sea canónica o no— y
**  el 11 % un vínculo sentimental.
**  El 42 % de las órdenes de alejamiento de 2009 se produjeron en el primer ámbito,
**  mientras que el 11 % restante se registraron en el segundo.
El IPF destaca también que hay 1 homicidio por cada 300.000 matrimonios frente a 1 por cada 25.000 relaciones no conyugales.


«Hay datos para echar a andar, pero no se profundiza. Es llamativo que en España los estudios sobre violencia de género no tengan en cuenta esta variable», apunta Juan Carlos Rodríguez, investigador de Analistas Socio-Políticos.
«En Estados Unidos, Reino Unido y algunos países iberoamericanos estos trabajos sí tienen en cuenta el vínculo entre hombres y mujeres; el resultado demuestra que hay más abusos y fallecimientos en las parejas que cohabitan que en las que están casadas. ¿Una explicación? Los que eligen el camino del matrimonio demuestran, quizás, más grado de compromiso; están menos dispuestos a romper su relación. Además es gente menos proclive al conflicto».
Este sociólogo considera «una estupidez» que haya voces que achaquen la violencia de género a una educación religiosa tradicional. «No hay ni un solo dato estadístico que avale eso».


Emilio y María Jesús llevan 4 años impartiendo cursos prematrimoniales en una parroquia de Madrid y más de 2 décadas colaborando en la catequesis, en charlas con los jóvenes y demás tareas que ayudan a cohesionar a la feligresía.
En su opinión, «los datos estadísticos que presenta el Instituto de Política Familiar son los que son, nos gusten o no. Parece factible que quien cree que el matrimonio es la unión indisoluble entre un hombre y una mujer no utilice la violencia para resolver los conflictos y que apueste por la educación en valores. Violencia y amor son incompatibles. Ser cristiano no te hace mejor, pero para nosotros es una referencia, una ayuda. Los creyentes pensamos que contamos con la gracia de Dios, y le damos un valor esencial al compromiso y al perdón. Asimismo consideramos que la sociedad se construye desde la familia, que debe ser objeto de protección. Naturalmente respetamos a quien opine lo contrario, porque la religión no es una imposición como algunos intentan hacernos ver».


Educar en convivencia

Este matrimonio habla de paternidad responsable en sus cursos, y en ocasiones los novios plantean opiniones diferentes sobre los hijos que pueden ser el germen de una futura colisión. «¿Qué pasa cuando uno de ellos quiere tener descendencia y el otro no, o cuando se percibe a los niños como solución a los problemas que surgen en la pareja?
En el primer caso hay una tentación a ignorar de primeras el problema, cuando lo razonable es ponerse en el lugar del otro y tratar de ser generoso.
En la segunda cuestión, es obvio que un hijo no arregla un matrimonio en apuros».


Luis Carbonel, presidente de la Confederación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos y Padres de Familia (Concapa), también le otorga verosimilitud a la opinión del obispo de Alcalá de Henares:
«Cuando se plantea un matrimonio para toda la vida hay factores, como el respeto y el compromiso, que cobran relevancia. Pero yo pondría el foco en la gran asignatura pendiente que hay en este país: educar en la mejora de la convivencia y en la prevención de conflictos, independientemente del tipo de pareja que elija cada uno, que es algo que no debe juzgarse. Hoy es más sencillo romper un matrimonio que un contrato de arrendamiento. Lo difícil es poner en marcha mecanismos de reparación, mantener una relación basada en el respeto mutuo, en la paciencia y el perdón».

El PP y el concepto de Parentalidad Positiva

http://www.abc.es/20100118/nacional-politica/propone-campanas-motivacion-concienciacion-20100118.html.
El PP propone campañas de motivación y concienciación para padres e hijos.
El Grupo Popular quiere que el Congreso debata una Proposición no de Ley para promover el asesoramiento a las familias para que aprendan a resolver sus conflictos


DOMINGO PÉREZ.MADRID Lunes , 18-01-10
Niños y adolescentes que maltratan a sus padres.
Padres que abandonan sus obligaciones y han dejado de ejercer como ejemplos para sus vástagos.
Fracaso escolar. Familias rotas. Caída de la natalidad. Obesidad infantil.
Abandono de las aulas. Coqueteos con las drogas desde edades muy tempranas.
El auge de la llamada Generación «nini», jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni hacen deporte y sólo piensan en divertirse.
Pequeños adictos al ordenador o a la tele. Acoso escolar.
Abusos sexuales en los centros educativos.
El botellón como principal actividad social de los menores...

Son problemas, por desgracia, muy comunes y para los que los gobernantes, cuando las buscan, sólo encuentran soluciones de tipo legislativo.
Prohibir, ordenar, regular, pero nunca aconsejar, recomendar, asesorar o informar.


Derechos y obligaciones

Por eso, Carmen Quintanilla, diputada del PP, cree que en esta cuestión «hay que legislar menos y tener más sentido práctico».
Entiende que se deben «plantear medidas para que los padres vuelvan a ejercer de padres y los hijos de hijos. Hay que decirles a ambos cuáles son sus derechos y sus obligaciones y explicarles cómo conseguirlo».


Quintanilla considera que «debe procurarse el bienestar de los niños, pero también fortalecer el respeto a los padres en los hogares. Ayudar a las familias monoparentales, a las que se encuentren en riesgo de exclusión social, a las familias rotas, pero también a la tradicional».

«Hay muchas normas -apunta-, pero todas las familias, del tipo que sean, carecen de la información necesaria para entender el comportamiento de sus hijos, para saber cómo enfrentarse a las dificultades. Han perdido las pautas de comunicación y convivencia y tienen que volver a aprenderlas».


«Eso sólo se consigue con un cambio de mentalidad -prosigue-. Tenemos un problema grave en la sociedad. Europa ya está trabajando sobre él, pero en España no arrancamos porque hay que afrontarlo como se hizo en su día con la violencia de género. Hay que concienciar y motivar a la sociedad con campañas especiales, con la publicación de guías especiales. Hay que devolver a la familia su papel protagonista».


Una propuesta que puede parecer muy obvia pero que no está tan claro que sea lo que ocurre en el día a día.
Baste la relación de ejemplos expuestos para comprobar que existe una realidad tan inquietante y tan próxima que se ha convertido en la inspiración de guionistas de programas de éxito.
Son esos experimentos televisivos que triunfan y captan audiencias cubriendo una demanda muy concreta.
Son programas que ofrece claves a padres desesperados para educar a sus hijos más pequeños y díscolos; que intentan recuperar para la vida familiar a jóvenes rebeldes, indisciplinados o violentos, o encierran a adolescentes maleducados y vagos en un reformatorio con reglas de disciplina y sistemas de educación de los años 50.


Una realidad que pone de manifiesto la necesidad de promover el asesoramiento educativo de las familias a través del establecimiento de unas pautas de trabajo con los padres y madres para potenciar las estrategias de comunicación y para informarles sobre cómo resolver los conflictos que se produce en sus hogares.

 
Una situación que ha llevado a Quintanilla a presentar una Proposición no de Ley para su debate a partir del próximo mes en la Comisión de Sanidad, Política Social y Consumo relativa a la puesta en marcha de medidas para el fomento del principio de «parentalidad positiva».
Entendido como se explica en la exposición de motivos de la Proposición parlamentaria como «el conjunto de conductas parentales que procuren el bienestar de los niños y su desarrollo integral para que puedan alcanzar los mejores logros tanto en el ámbito familiar como académico».


Un concepto que ya se aplica con éxito en Francia y otros países y que en 2006 mereció una recomendación expresa tanto del Consejo de Ministros de la Unión Europea como del Comité de Ministros del Consejo de Europa para que sus Estados miembros la aplicaran.

BALANCE VIOLENCIA DE GÉNERO DE 2010

http://www.europapress.es/epsocial/noticia-71-fallecidas-5000-agresores-prision-95000-mujeres-proteccion-20101228184938.html
BALANCE VIOLENCIA DE GÉNERO DE 2010:
71 fallecidas, 5.000 agresores en prisión y 95.000 mujeres con protección.

MADRID, 28 Dic. 2010(EUROPA PRESS) -
Un total de 71 mujeres han fallecido en lo que va de año a causa de la violencia de género, 15 más que en todo 2009, 5.000 agresores cumplen condena en prisión y 95.000 víctimas cuentan con protección.
Este es el balance del Gobierno sobre el fenómeno de la violencia de Género en el año 2010.
"Si analizamos la evolución desde que se manejan cifras oficiales, existe una gran diferencia respecto a 2009 y 2005 y se sitúa en un número similar al de los años 2003, 2007 y 2008. De las 71 fallecidas, el 28,2 % habían interpuesto denuncia", precisa el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.


Además, el porcentaje de mujeres extranjeras muertas a manos de sus parejas o ex parejas es del 35,2 % y el porcentaje de agresores extranjeros del 40,8 %.
Por otro lado, el balance apunta que en la actualidad hay 521 dispositivos de control activos de las medidas de alejamiento.


MÁS DE 220.000 LLAMADAS AL 016

En cuanto al balance del número de llamadas al teléfono gratuito de atención a las víctimas 016, los datos reflejan desde su entrada en vigor, el 3 de septiembre de 2007, hasta el 30 de noviembre de 2010, que la cifra total de llamadas referentes a violencia de género atendidas ha sido de 220.664.



Igualmente, indica que al finalizar noviembre se contabilizan 9.015 usuarias del servicio telefónico de atención y protección para víctimas de violencia de género (Atenpro).
Asimismo, destaca que 95.041 mujeres se encuentran amparadas por el sistema de protección y se contabilizan 1.910 efectivos policiales especializados en la materia, con 106 juzgados específicos en Violencia de Género repartidos por todo el territorio de Estado y con 358 juzgados compatibles.


MÁS DE 5.000 AGRESORES EN PRISIÓN

Por otro lado, a 30 de noviembre, el Gobierno cifra en 5.058 los internos que cumplen condena en centros penitenciarios con delitos por violencia de género.

Mientras, indica que entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2010 se han concedido 759 autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones humanitarias de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género.

Además, los últimos datos disponibles sobre denuncias por violencia de género, correspondientes al 2º trimestre de 2010, reflejan un incremento del 5,4 % con respecto al trimestre del año.
El total de denuncias hasta junio de 2010 es de 66.752.
En cuanto al origen de éstas, de las 9.890 órdenes de protección presentadas, el 34 % fueron solicitadas por mujeres extranjeras.


El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad considera que en los casos mortales de violencia de género registrados en 2010 las víctimas llevaban más tiempo conviviendo y que la violencia ha podido desarrollarse durante un periodo de tiempo más prolongado.

Así lo concluye en un balance del año sobre el fenómeno en el que destaca que, respecto a 2009, "los elementos que muestran unas diferencias mayores son la edad de las víctimas y agresores, que en 2010 se ha visto incrementada en 4,6 puntos en el grupo de edad de más de 30 años, y el suicidio de los agresores tras el crimen, que ha descendido 6,3 puntos".



A juicio del Ministerio, esta situación indica que se trata de parejas que llevan más tiempo conviviendo y en las que la violencia ha podido desarrollarse durante un periodo de tiempo más prolongado, "lo cual facilita la aparición de todas las consecuencias psicológicas de la victimización en la mujer y la percepción de posesión en el agresor".
"De hecho, la disminución del porcentaje de suicidios en 6,3 puntos respalda la percepción de ausencia de crítica por parte del entorno del agresor", asegura.

miércoles, 29 de diciembre de 2010

STOP AL MALTRATO INFANTIL

STOP AL MALTRATO INFANTIL
Concentración Contra el Maltrato Infantil 
& Pro Custodia Compartida.
Domingo 23 de Enero de 2011
A las 11:30 Horas
Puerta del Sol (Madrid)
Convoca:
Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC)
 
¡¡ FELICES FIESTAS Y PROSPERO 2011 ¡¡¡¡

Cataluña: Guía y modelo del Plan de Parentalidad

http://www.icab.cat/?go=eaf9d1a0ec5f1dc58757ad6cffdacedb1a58854a600312cccabe27fca69cffc33cf899a77036d5932b0cc2875fe5eda296d79f838ac576f61b8edbbbfbd474ac
Guía y modelo del Plan de parentalidad



28/12/2010.ICAB
Facilitamos una Guía y un Modelo del plan de parentalidad, elaborados, con carácter meramente indicativo, y facilitados por la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas de la Generalitat de Cataluña, en cumplimiento de la Disposición adicional 9 ª de la Ley 25/2010, de 29 de julio, del Libro IIº del Código civil de Cataluña, relativo a la persona ya la familia.


El plan de parentalidad es un instrumento dirigido a ordenar las cuestiones principales que pueden afectar al hijo o hijos comunes en caso de rotura de la relación de pareja de los progenitores cuando tienen hijos comunes.
Es uno de los contenidos básicos del convenio regulador, incorporado por el Libro IIº (que entra en vigor el 1 de enero), que debe presentarse tanto si el proceso es de mutuo acuerdo como si es contencioso (art. 233-2.2. a CCCat) para prever como se ejercerán las responsabilidades parentales (art. 233-8.2).


La Guía y el Modelo pueden ser considerados como un punto de partida de los modelos que, a buen seguro, surgirán próximamente con el objetivo de facilitar la ordenación de las cuestiones principales que pueden afectar a los hijos en caso de rotura de las parejas.


Documentos:
 http://www.icab.cat/?go=eaf9d1a0ec5f1dc58757ad6cffdacedba226659b1711a0f9cafaffa1bef766c475fd25d3987227b44b4946ba4769087ae5e97ea5f1cec27a

Fracaso de una Ley y manipulación de los datos existentes

http://www.youtube.com/watch?v=cF5Vp4oe9Oc
Programa Vuelta al Mundo: Leire Pajín entrevistada por Carlos Cuesta y Pedro J. Ramírez 

Martes, 28 de Diciembre de 2010.
En veo 7 TV, Pedro J. Ramírez (Director del Diario El Mundo) debate con la Ministra Leire Pajín, sobre los datos de la Ley Integral de Violencia contra la Mujer y los resultados en los ultimos 6 años.

¿Que son los Puntos de Encuentro Familiar?

http://www.diarioinformacion.com/alicante/2010/12/26/buena-cultura-divorcio-todavia-hay-dramatismo-manipula-hijos/1078903.html
Información.es » Alicante
JORDI PÉREZ I MONTIEL. VICEPRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR.
´No tenemos una buena cultura del divorcio, todavía hay mucho dramatismo y se manipula a los hijos´

Jordi Pérez i Montiel ofreció una charla la pasada semana en el Club INFORMACIÓN.

Alicante. PINO ALBEROLA. Domingo 26 de diciembre de 2010  
Los puntos de encuentro familiar son un recurso para que aquellas personas que atraviesan por una separación conflictiva puedan ver a sus hijos sin necesidad de hablar o encontrarse con su ex pareja.
Y es que, en muchas ocasiones, los matrimonios que se separan olvidan que, ante todo, son padres.


¿Qué es un punto de encuentro familiar?
Es un servicio cuya finalidad es mantener el vínculo de los hijos con los padres cuando se producen problemas.
Las parejas suelen recurrir a él ante una separación conflictiva, cuando los niños están en una familia de acogida o cuando se divorcian parejas con hijos de otros matrimonios.
Así se ofrece la posibilidad de que los hermanos mantengan los vínculos entre sí.


¿Cómo funciona exactamente? ¿Cada cuánto tiempo suelen acudir las parejas que requieren de este recurso?

Las familias vienen una vez por semana, cada quince días, una vez al mes....
Puede ser que el progenitor se quede con el niño en el centro o que lo recoja, después de que su pareja lo haya dejado, para volver a traerlo más tarde.


Los profesionales que trabajan en estos centros, ¿toman un papel activo a la hora de intentar atenuar la mala relación entre los padres?

Efectivamente, tratamos de que la situación cambie, aunque hay familias que pueden estar más de 4 ó 5 años acudiendo a un punto de encuentro, por lo que el servicio pasa a ser parte de los recursos de la familia, aunque no es lo adecuado.
La mediación familiar, en este sentido, es muy importante.
En la Comunidad Valencia, las familias deciden de manera voluntaria acudir a una sesión de mediación familiar para tratar de resolver el conflicto por otras vías.
En otros modelos esto es obligatorio.


¿Qué otras diferencias hay entre el modelo español y otros?

En otros países se contemplan otras variables de intervención, por ejemplo, con voluntarios o que sean las propias familias las que deciden acudir.
En España es un servicio derivado de la justicia. En este sentido, la coordinación del servicio depende de un abogado.
En Europa es más importante que los profesionales que están al cargo tengan habilidades y competencias, además de la formación.
Un abogado no puede saber qué necesidades tiene el niño ante una circunstancia determinada.


En estas situaciones familiares, ¿es el niño el que peor lo pasa?

Según como se posicionen los padres. Aunque si optan por acudir a un punto de encuentro es porque estos padres se manifiestan ante sus hijos como incompetentes para atenderles. Es un problema entre los padres. La cultura del divorcio está mal interpretada en nuestro país. Se confunde el divorcio conyugal con el coparental.
Cuando una pareja concluye su vínculo personal no pueden concluir su vínculo como padres. Aunque haya nuevas parejas de por medio, el niño sólo tiene un padre y una madre y éstos tienen que tomar las decisiones que afectan al niño de una manera conjunta. Hay gente que se cree que, por separarse de su pareja, está todo resuelto y se olvidan de que son padres.


Cada vez son más frecuentes los matrimonios entre personas de diferentes nacionalidad. ¿Existen muchos conflictos cuando estas personas se divorcian?

Ahora en España si el progenitor que tiene la custodia se quiere llevar al niño a otra ciudad lo puede hacer sin problemas porque existe la libertad de establecer la residencia donde se desee.
La filosofía debería ser que el niño vive aquí y la custodia la debe tener quien más se lo facilite. En EE UU, por ejemplo, si uno de los progenitores quiere cambiar de ciudad, el niño se queda donde vive.
Si por cualquier motivo la madre tiene que marcharse con él, es ella la que financia los viajes del padre para que se mantenga el régimen de visitas.
En España estamos a años luz, porque como he dicho antes no hay cultura de divorcio. Todavía hay un cierto dramatismo y se tiende a manipular al niño, porque uno quiere ser mejor padre que el otro. Eso hace que restrinjamos sus deseos y sus necesidades.


¿Cuántos puntos de encuentro familiar hay en la Comunidad Valenciana?

Se supone que debe funcionar uno por partido judicial.
El problema es la financiación, que recae en la Conselleria de Justicia.
La falta de dinero ha llevado al cierre del centro que había en Elche, aunque no es un problema sólo de nuestra autonomía, porque el de Murcia también está a punto de cerrar.


¿En qué país deberíamos mirarnos para encontrar el mejor modelo de punto de encuentro familiar?

En Francia, en la Bélgica balona y en Inglaterra. En estos países se utiliza la mediación familiar como un recurso previo para tratar de solucionar los problemas de la familia. Además, son recursos que normalmente atienden los voluntarios, a no ser que haya una situación de conflicto grave en la que tengan que intervenir otros profesionales.
Además, no debería ser un recurso tan ligado al aspecto judicial.
Hay países en los que este recurso está disponible para las familias antes de que el conflicto estalle.

Virginia Villanueva Cabrer: Concurso de Traslado 2008

http://www.boe.es/boe/dias/1990/02/13/pdfs/A04315-04317.pdf

B0E núm. 38 Martes 13 febrero I990:
Nombre y Apellidos: Doña Virginia Villanueva Cabrer
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción para el que se le nombra: Tolosa 2.
http://www.123people.es/ext/frm?ti=person%20finder&search_term=virginia%20villanueva&search_country=ES&st=person%20finder&target_url=http%3A%2F%2Flrd.yahooapis.com%2F_ylc%3DX3oDMTVnbXE1Y201BF9TAzIwMjMxNTI3MDIEYXBwaWQDc1k3Wlo2clYzNEhSZm5ZdGVmcmkzRUx4VG5makpERG5QOWVKV1NGSkJHcTJ1V1dFa0xVdm5IYnNBeUNyVkd5Y2REVElUX2tlBGNsaWVudANib3NzBHNlcnZpY2UDQk9TUwRzbGsDdGl0bGUEc3JjcHZpZANObkZmcEdLSWNyb0lQc05wZUR3clF2UmpXODV4UkUwYVh5WUFBWkxH%2FSIG%3D120jhtkla%2F**http%253A%2F%2Fwww.boe.es%2Fboe%2Fdias%2F2008%2F09%2F04%2Fpdfs%2FA35974-35976.pdf&section=document&wrt_id=329

BOE núm. 214. Jueves 4 septiembre 2008
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 14556 REAL DECRETO 1312/2008, de 24 de julio, por el que se destina a los Magistrados que se relacionan, como consecuencia del concurso resuelto por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
De conformidad con lo establecido en los artículos 118, 131,326, 327, 329, 330, 332, 333, 334 y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, Real Decreto 953/2008, de 6 de junio, de creación, constitución y entrada en funcionamiento de determinados Juzgados, por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión del día 22 de julio de 2008, y como consecuencia del concurso publicado en el Boletín Oficial del Estado el día 17 de junio de 2008,
D I S P O N G O : 12.–Doña Virginia Villanueva Cabrer, Magistrada, que sirve el Juzgado de Primera Instancia nº 39 de Madrid, pasará a desempeñar la plaza en el Juzgado de Primera Instancia nº 66 de Madrid, de familia.
Real Decreto, no cesarán en sus actuales destinos hasta el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
56.–Los Magistrados nombrados en el presente
Contra la presente disposición podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de 1 mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado, conforme a lo establecido en:

a.- los art. 142 y 143 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y
b.- 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 

Dado en Palma de Mallorca, el 24 de julio de 2008.
JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,
MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Número: 99

Virginia Villanueva Cabrer: Características actuales de los procedimientos y criterios de modificación

Derecho procesal y organización de la jurisdicción: Características actuales de los procedimientos y criterios de modificación



Autores: Virginia Villanueva Cabrer. Juez de Familia nº 66 de Madrid. Pertenece a la Asociación de Jueces FJI


Localización: La Ley de divorcio en España : criterios y propuestas de modificación .
Coord. por César Manzanos Bilbao, Juana María Balmaseda Ripero, 1999,
ISBN 84-8155-534-7 , pags. 55-72.
 
¿Nos diria el texto los argumentos que utiliza dicha Juez,a la hora de dictar sentencia?
¿O una cosa es la literatura? y ¿Otra bien distinta, la práctica diaria en un Juzgado de familia? En este caso el nº 66 de Familia de Madrid.
 
Adivinanza:
1.- ¿Por que los abogados la tienen un panico de aupa ? cada vez que se ven en la sala del Juzgado.
2.- ¿Cuantas Custodias Compartidas ha impartido desde que tiene el destino en Madrid?
3.- ¿Es cierto, que vino a Madrid, debido a que la expedientaron en San Sebastian?

martes, 28 de diciembre de 2010

La Juez Virginia Villanueva Cabrer: concede la tutela del hijo a un padre que realiza las tareas domésticas

http://www.elpais.com/articulo/ultima/Soy/amo/casa/elpepiult/19941029elpepiult_1/Tes
"Soy un amo de casa": Una juez concede la tutela del hijo a un padre que realiza las tareas domésticas


CRISTINA ANGULO, - Bilbao - 29/10/1994
Valentín Arregui, donostiarra de 36 años, se define así:
"Soy un amo de casa y no un cocinillas, aunque me gusta mucho la cocina".
Desde que nació su hijo Alain, hace 5 años, este ex operativo de banca, en proceso de separación matrimonial, se dedica exclusivamente a las tareas domésticas y al cuidado del niño.
El trabajo de Arregui al frente del hogar familiar ha determinado la decisión del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Sebastián, que le ha concedido, provisionalmente, la guarda y custodia del niño y el disfrute del domicilio conyugal.

Arregui recibió con "sorpresa y gran alegría" la decisión de la juez Virginia Villanueva Cabrer.
"Hubiera sido durisimo para mí separarme del niño. Yo le he cambiado los pañales, le he dado los biberones y le he criado desde el principio. Me dedico a él en cuerpo y alma desde hace cuatro años y medio. Alain es la mayor satisfacción de mi vida", dice.


Desde que ha saltado la noticia, el teléfono de su casa del barrio de Trintxerpe no para de sonar, y el despacho de su abogado, Raúl Carbonero, se ha convertido en el escenario de las entrevistas con los periodistas.
"En mi casa no entra nadie. Quiero preservar nuestra intimidad y dejar al niño al margen del proceso", explica Arregui.
El pequeño Alain expresa un gozoso aturdimiento ante la expectación que crea su persona.
Y es que este pequeño se ha convertido en la esperanza de muchos hombres separados.

El abogado tercia:
"Hay que dejar claro que el caso de Valentín no es común. En su caso, los papeles están cambiados, su padre le ha dado los biberones y ejerce de amo de casa".
El dictamen, del pasado día 19, mantiene la patria potestad para los progenitores y establece un plazo de 15 días para que la esposa abandone el hogar familiar.
El auto ordena asimismo a la madre, que trabaja como dependienta, aportar 30.000 pesetas mensuales para la alimentación del niño.

Arregui y su representante legal sólo encuentran una queja a la decisión judicial: la cuantía de la pensión.
"Si se mantiene en 30.000 pesetas, tendré que recurrir a la asistencia social", afirma el padre. El régimen de visitas decidido por la juez se limita a los fines de semana y las vacaciones, pero Arregui y su esposa han decidido que "sea lo más amplio posible, por el bien del niño".


Arregui se quedó sin trabajo hace 4 años y medio, cuando el niño era todavía lactante.
"Me indemnizaron y los 2 decidimos entonces que fuera yo el encargado del crío y de la casa". Si Arregui echa algo de menos de su trabajo profesional es la vida social, especialmente ahora, en su separación tras 10 años de matrimonio.
"Tengo mucho tiempo para pensar porque, mientras barres, no tienes ningún jefe que te diga que llevas 10 minutos limpiando la misma baldosa. Como amo de casa te encuentras más apartado de la realidad y de la gente, pero no cambio esto por nada", afirma.


Explica que "lo que menos me gusta es la plancha", y lo mejor de su trabajo es "cuidar de Alain. Yo descubrí a los niños cuando nació él. No había cambiado un pañal en mi vida y es verdad que se me han caído muchos esquemas. Eso del instinto matemal es un cuento. Lo importante es el amor por el niño, no el sexo de quien lo cuida".

Pilar Fernández Bozal: Una letrada del Estado frente al TC

http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/20101228/pilar-fernandez-bozal-una-letrada-del-estado-frente/641104.shtml
El nuevo ciclo político: JUSTÍCIA
Los apóstoles de Mas: PILAR FERNÁNDEZ BOZAL: Una letrada del Estado frente al TC

Martes, 28 de diciembre del 2010


De los 11 nombres que forman la alineación del nuevo Consell Executiu, probablemente el más desconocido hasta la fecha de su nombramiento es el de la elegida para dirigir el Departament de Justícia, Pilar Fernández Bozal.
Nacida en 1963 y con una dilatada carrera profesional dentro del mundo de la abogacía -ejerce desde hace 24 años-, hasta este momento ocupaba el cargo de abogada del Estado jefe en Catalunya, una figura creada por el Gobierno central en el 2007 a fin de mejorar la coordinación de las abogacías del Estado provinciales y asesorar a la Delegación del Gobierno.


La elección tiene, por tanto, su miga.
En tanto que responsable de la Administración General del Estado en la comunidad, Fernández Bozal ha desempeñado un papel no menor en las decisiones del Ejecutivo español a la hora de recurrir diversas leyes aprobadas por el Parlament (el caso más reciente es el de la ley de consultas).

Ahora, en calidad de consellera de Justícia, deberá enfrentarse al reto de recuperar, en la medida de lo posible, el proyecto de creación del Consell de Justícia de Catalunya que la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatut dinamitó por completo.

Condenado a pagar una pensión a su ex mujer pese a que ésta posee 22 apartamentos

http://www.laverdad.es/murcia/v/20101228/region/condenado-pagar-pension-mujer-20101228.html
REGIÓN MURCIA: Condenado a pagar una pensión a su ex mujer pese a que ésta posee 22 apartamentos


28.12.10 - EFE -MURCIA.
La Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado de 900 euros a 700 la pensión por alimentos para cada uno de los 2 hijos del matrimonio que deberá pagar un hombre a su ex mujer que, aunque es dueña de 22 apartamentos, se ha visto afectada en sus rentas por la crisis económica.
La sentencia indica que un juzgado de Primera Instancia de Molina de Segura atribuyó la guarda y custodia del hijo menor a la mujer, compartiendo la patria potestad ambos progenitores.


Así mismo, se estableció la pensión de 900 euros por alimentos por cada uno de los 2 hijos.
En su recurso, el ex esposo solicitó que esa pensión fuese rebajada a 400 euros por cada uno porque «la madre es titular de un importante patrimonio».
Al resolver el recurso la Audiencia Provincial indica que ésta «es titular de un importante patrimonio inmobiliario» y que «había reconocido incluso unos ingresos anuales de 300.000 euros por tal actividad».

Suspendida cautelarmente la patria potestad a una madre por maltratar "habitualmente" a su hija menor de edad y a su marido tetrapléjico, ya fallecido

http://www.elmundo.es/elmundo/2010/12/26/andalucia_sevilla/1293359471.html
TRIBUNALES: La mujer está acusada de intentar asesinar a su esposo.


Le retiran la patria potestad a una madre por maltratar a su hija y a su marido tetrapléjico.

El juez Serrano ve "razones gravísimas" que ponen en peligro a la menor.

La sentencia recoge que el de la niña es "un relato corto y escalofriante".


Europa Press.Sevilla. domingo 26/12/2010
El Juzgado de Familia nº 7 de Sevilla ha suspendido cautelarmente la patria potestad a una madre por maltratar "habitualmente" a su hija menor de 11 años de edad y a su marido tetrapléjico, ya fallecido a consecuencia de una larga enfermedad y al que incluso intentó asesinar, y ha resuelto conceder de manera cautelar la custodia y la patria potestad de la menor a un tío paterno, el cual "se viene ocupando 'de facto' de su cuidado y atención de forma adecuada y satisfactoria".


En la sentencia, el juez Francisco Serrano argumenta que el interés de la menor "reclama que se adopte" tal medida, recordando que en el procedimiento penal que se instruye en el Juzgado de Instrucción nº 9 de Sevilla por tentativa de homicidio de la madre al padre y por malos tratos continuados hacia la propia niña "se acordó una medida de alejamiento, no sólo hacia el padre agredido, sino también con relación a la menor".



En este sentido, señala que esa medida "no se extendió a dar cobertura a la situación de guarda de hecho generada, que además se amplió al completo ejercicio de las funciones, derechos y deberes que comprende la patria potestad desde el momento en que falleció el padre de la niña", y asevera que "no existe ni puede existir en esta fase cautelar oposición a la adopción de esa medida -la suspensión de la patria potestad-, sin perjuicio de que no se puedan establecer relaciones de contacto y comunicación con la madre en base a la medida de alejamiento aún vigente".



Así, el juez argumenta su decisión señalando que en el presente caso "se aprecia la existencia de razones gravísimas que ponen en perjuicio la integridad física y psicológica de la menor", razones que "quedaron dramáticamente puestas de manifiesto en la propia exploración reservada de la menor", quien expuso que su madre le pegaba "habitualmente" y le hacía "daño", y que también pegaba a su padre tetrapléjico, fallecido durante el año en curso.



"Desigualdad de trato" de la normativa
"Se trata de un relato corto y escalofriante de una menor cuyo rostro, pese a todo, reflejaba felicidad, dando muestras de la capacidad de recuperación que tienen los niños con un tratamiento adecuado de afectividad y cariño, el que ahora le proporciona su tío y familia que la tiene acogida", según prosigue el juez, quien añade que, "pese a la desigualdad de trato que introduce la actual normativa no sólo con relación a si el maltrato lo ejerce un hombre o una mujer, sino también con respecto a la condición sexual de la víctima, en modo alguno se puede tolerar que esa discriminación alcance a los hijos menores", según reza la sentencia.



El juez Serrano, que acuerda además que la madre contribuya con 100 euros mensuales a la alimentación de su hija, comienza la sentencia opinando que "resulta incuestionable que se ha de reaccionar con eficacia y contundencia a fin de proteger y dar cobertura a menores que se ven sometidos a situaciones de maltrato", pero dicho planteamiento "se ha de mantener con independencia del sexo de la persona que comete la agresión y que ha de ser calificada como maltratador o maltratadora".



Al hilo de ello, asevera que "el reproche social, y consiguiente reacción legal y judicial contra el maltrato en el ámbito familiar, ha de dirigirse a procurar que los niños, en el caso de madres maltratadas, no sigan sufriendo el miedo, la humillación y el acoso psicológico que es común en aquellos hogares en que un hombre, por el hecho de serlo, ejerce la violencia sobre el resto de componentes de la familia, especialmente sobre esas madres que el agresor considera inferiores, una relación patológica o manifiestamente responsable y lesiva en la que se intenta prevalecer y estar por encima por la mera condición sexual".



El calificativo de maltratador

De este modo, prosigue indicando que "sería en esos supuestos en los que el interés legítimo superior de los niños justificaría que los tribunales de Justicia, de forma motivada y en apreciación del daño y riesgo al que han estado sometidos, pudieran adoptar de forma cautelar y definitiva una medida tan radical y trascendente como la de privar al padre maltratador de la posibilidad de obtener su custodia e incluso privarle del ejercicio de la patria potestad".


Añade que esa apreciación y valoración judicial "sólo es posible cuando el legislador no impone automatismos y prejuicios de carácter generalizador", ya que "lo cierto es que el calificativo de maltratador, en los términos indicados en los que la gravedad y voluntariedad machista hacen aconsejable la adopción de medidas adicionales de reproche sancionador al agresor y de protección a las víctimas, incluidos también los hijos menores, sólo podría reservarse a un mínimo de aquellos hombres y padres a los que se denuncia por maltrato".



Por estas razones, concluye que "discusiones puntuales, insultos recíprocos y acometimientos mutuos, desconectados de cualquier intención de prevalencia, sometimiento y dominación, no se pueden interpretar como justificación de ese tipo de medidas cautelares o definitivas, que incidirían decisivamente en el futuro de la relación y vinculación paternofilial".

Seis años de fracaso de la ley de violencia contra la mujer

http://www.abc.es/20101221/opinion-editoriales/seis-anos-fracaso-20101221.html
Editoriales: 6 años de fracaso.
Zapatero ofreció expectativas de seguridad a las mujeres amenazadas, sin más instrumento que una ley bienintencionada, pretenciosa e ineficaz


ABC.ES 21/12/2010
LA imparable cascada de homicidios y asesinatos de mujeres va a convertir 2010 en un año negro por la violencia de género, que contabiliza más de 70 casos.
Más allá de las campañas gestuales y simbólicas del extinto Ministerio de Igualdad, es necesario afrontar el fracaso de la política del Gobierno en esta materia, fracaso que no implica, en modo alguno, la responsabilidad del Ejecutivo por estas muertes, porque ningún Gobierno es responsable de tales delitos.

Es el fracaso de un discurso político que, enarbolado como vanguardia de la agenda social del nuevo socialismo de Zapatero, ofreció expectativas de seguridad y protección a las mujeres amenazadas, sin más instrumento que una ley bienintencionada y pretenciosa, pero poco eficaz.
No basta con colocar en el BOE una ley pluscuamperfecta para atajar conflictos de raíz mucho más compleja que la mera ausencia de una respuesta legal, que, además, se apoya en una discriminación punitiva por razón de sexo, salvada in extremis por el Constitucional, pero con amplio escepticismo entre muchos de los jueces que la aplican.


Al final, en España hay tantas o más mujeres muertas que cuando no había ley integral, y las denuncias de maltrato aumentan constantemente, lo que el Gobierno valora como un éxito, cuando lo que demuestra es que no ha podido aplicar políticas de prevención.
Porque no hay que engañarse: cuando un juez interviene, suele ser tarde.
Además, tampoco ha habido una dotación de medios y personas en grado suficiente para hacer efectivas las ambiciosas previsiones de la ley.
 
Los avances que se han conseguido están en el haber del encomiable esfuerzo de jueces, fiscales y policías, que han suplido las carencias materiales con una dedicación ejemplar.
Pero la acción judicial y policial no puede llegar a las raíces del problema, que no se limitan sólo al machismo que se presume a toda agresión contra la mujer.
 
No siempre hay un problema de desigualdad en el origen de esta violencia.
Faltan formación en valores y respeto, consideración a la dignidad humana y estabilidad de las relaciones de pareja.
Por supuesto, alguien debería responder políticamente por estos años de propaganda incesante, que sólo ha puesto el acento en medidas penales y en ideología de género.
Una responsabilidad que debe estar a la altura de las promesas socialistas a las mujeres maltratadas y amenazadas.

Los obispos vinculan el maltrato a la pérdida de la familia tradicional

http://www.laopinioncoruna.es/sociedad/2010/12/28/obispos-vinculan-maltrato-perdida-familia-tradicional/452077.html
Los obispos vinculan el maltrato a la pérdida de la familia tradicional
La Conferencia Episcopal Española destaca que entre los matrimonios "canónicos" se dan menos casos de violencia doméstica

ÄGATHA DE SANTOS/ AGENCIAS A CORUÑA / MADRID. Martes 28 de diciembre de 2010   
El presidente de la Subcomisión Episcopal de Familia y Vida de la Conferencia Episcopal Española (CEE) y obispo de Alcalá de Henares, Juan Antonio Reig Plá, vinculó ayer la violencia doméstica a la pérdida de la familia tradicional, en la presentación de la Misa de Familia del próximo 2 de enero.
Según Plá, la violencia doméstica se da sobre todo en los procesos de separación y divorcio, y en procesos de litigio.
"Los matrimonios canónicamente constituidos tienen menos casos de violencia doméstica que aquellos que son parejas de hecho o personas que viven de forma inestable", añadió el prelado.


El representante de la CEE aseguró que España tiene una sociedad "postrada" por el aumento del nº de abortos y rupturas matrimoniales en los últimos años.
Sobre el aborto añadió que desde que se despenalizó, en 1985, se han producido "casi 1,5 millones de muertes", una cifra que, según añadió "no se ha dado en ninguna catástrofe o contienda en España".
"La iglesia no puede ser indiferente ante estos datos", aseveró el obispo y aclaró que ésta tiene que "continuar en defensa de la familia y los derechos del niño" como "el derecho a nacer".

También matizó que la Iglesia "no enjuicia" a la mujer, sino que "quiere protegerla".
En cuanto al divorcio, aseguró que es un "drama" para las familias y para los niños. Reig Plá lamentó que cada vez "se destruyan más las alianzas conyugales en los 5 primeros años del niño", una circunstancia, que, a su entender, hace a los niños "más vulnerables".



El obispo considera que un niño necesita tener un padre y una madre para "crecer como una persona que sea capaz de afrontar con seguridad los retos de la vida". Según el presidente de la Subcomisión Episcopal de Familia y Vida, la sociedad actual tiene menos convicciones y es más vulnerable a la tremenda ley del mercado.
En este sentido, alertó de que "sin familia no hay futuro para la sociedad".


Las afirmaciones del líder de la CEE no han dejado indiferente a nadie.
El presidente de la asociación Homes Galegos pola Igualdade, Celso Taboada, discrepa de las valoraciones del obispo Reig Plá y afirma que la raíz del problema de los malos tratos está en el "modelo endocéntrico" de la sociedad y no en el de la familia.
 "La sociedad construida por el hombre marca el poder masculino sobre la mujer, un modelo que perpetuamos cuando damos distintas educaciones a una hija y a un hijo" señala Taboada.


Por su parte, Paco Ramírez, miembro de Colega Galicia asegura que entre las parejas del mismo sexo se da el mismo índice de violencia doméstica que en las heterosexuales, por lo que considera falso que esta esté relacionada con la pérdida de la familia convencional.
En cuanto a la necesidad del niño de tener un padre y una madre, Ramírez recuerda que siempre ha habido madres solteras, que "han criado perfectamente a sus hijos".


Y desde la Asociación de Padres Separados, José Luis García coincide con el obispo Reig en que el niño necesita la presencia de la figura materna y paterna para su desarrollo emocional y apuesta por la custodia compartida.
García no cree que los malos tratos sean un problema exclusivo de los procesos de ruptura, aunque "pueden agravarse durante la separación".

El Divorcio y la Custodia Compartida en los despachos de abogados

http://www.laopinion.es/firmas/2010/12/28/beneficia-hijos-custodia-compartida/321866.html
Tribuna Abierta: ¿Beneficia a los hijos la custodia compartida?


MYRIAM Z. ALBÉNIZ. Martes 28 de diciembre de 2010   
La profunda crisis que actualmente azota a países de medio mundo tiene su reflejo en escenarios de lo más variopinto.
En los despachos de abogados se asume que el descenso experimentado en el número de divorcios es otra consecuencia lógica de la actual coyuntura económica.
A día de hoy resulta más viable realizar modificaciones a la baja de convenios reguladores ya existentes que iniciar nuevos y costosos procedimientos de separación.

En cualquier caso, al tratar estos temas, los profesionales del Derecho detectamos que los conceptos de patria potestad y guarda y custodia, pese a sus notables diferencias, mueven a confusión a muchas personas ajenas al ámbito jurídico.
Así, mientras que la primera se define como la relación existente entre padres e hijos menores materializada en una serie de derechos y deberes centrados en su protección, desarrollo y educación integral, la segunda consiste en cuidar, asistir y vivir con ellos en su día a día.
Por regla general, la patria potestad es compartida por ambos cónyuges en los casos de divorcio y separación, excepción hecha de las situaciones de malos tratos o asimiladas.

Hasta hace relativamente poco tiempo, la guarda se atribuía a uno de los progenitores –habitualmente, la madre– mientras que era el padre quien debía abandonar el hogar conyugal, estaba obligado a abonar las pensiones alimenticias correspondientes y gozaba de un régimen de visitas más o menos amplio establecido por sentencia judicial.
La cruda realidad se ha encargado de demostrar que, en no pocos casos, este formato ha abierto las puertas a la injusticia, situando a numerosos varones en inferioridad de condiciones respecto de sus ex esposas.

Por desgracia, los casos de utilización y manipulación de los menores por las partes implicadas en las disoluciones conyugales están a la orden del día.
Incluso se puede constatar estadísticamente un inquietante aumento de denuncias falsas interpuestas por mujeres incursas en estos procesos.
Esta involución no ha pasado desapercibida en los juzgados de familia, de tal manera que existe una corriente doctrinal cada vez más extendida que aboga porque la custodia compartida (considerada más propia de las sociedades anglosajonas que de las latinas) ya no sea la excepción sino la regla, con independencia – y aquí estriba la novedad– de que los otrora cónyuges mantengan o no una buena relación personal tras su ruptura.

La experiencia profesional me predispone a estar de acuerdo con este trueque de excepción a regla, pero siempre y cuando hablemos de adultos capaces de dar la talla ante esta situación sobrevenida.
De lo contrario, los menores implicados podrían verse irreparablemente perjudicados por la decisión equivocada de un juez.


En este sentido, el pasado 20 de noviembre tuvo lugar en Madrid una manifestación de diversos colectivos que exigían un cambio legislativo profundo y urgente para que en el Código Civil se reconozca la custodia compartida como "derecho fundamental de los hijos a relacionarse con sus 2 progenitores en igualdad de condiciones tras la separación o el divorcio".
La Comunidad Autónoma de Aragón ha sido la primera y todavía la única en aprobar el pasado mes de mayo esta Ley de Igualdad en las Relaciones Familiares, pero una exigencia social cada vez más intensa augura la inminente adhesión de otras autonomías.
De hecho, algunos jueces han dictado sentencias recientes en Sevilla, Palma de Mallorca, Murcia y Gijón en las que establecen que sean los padres y no los hijos quienes se turnen en el uso y disfrute de la vivienda familiar.

De esta manera, pretenden evitar la sensación de desarraigo que invade a esas víctimas inocentes, obligadas a hacer la maleta y trasladarse a otra casa durante el período de visitas que corresponde al adulto con quien no comparten techo cotidianamente.
A partir de ahora, el niño permanecerá siempre en su mismo entorno y serán los padres quienes deberán cambiar de domicilio durante el período estipulado –semanas, quincenas, meses, incluso cuatrimestres o semestres alternativos–.

La trascendencia de esta figura es tal que hace escasas fechas la mismísima Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad ha propuesto retirar a los imputados por violencia machista la custodia de sus hijos, una iniciativa que las asociaciones judiciales se han apresurado a tachar de innecesaria, propagandística y peligrosa. La polémica está servida.