martes, 30 de diciembre de 2008

La lacra de la violencia Doméstica y su regularizacion penal

http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20081230/pvasco-espana/jueces-paralizan-procesos-contra-20081230.html
La lacra de la violencia doméstica
Jueces paralizan 150 procesos contra maltratadores al recurrir al Constitucional
Piden que aclare varios artículos de la Ley de Violencia de Género al entender que se penaliza al hombre sobre la mujer
30.12.08 -
E. C.
BILBAO

Más de 150 procesos contra maltratadores se encuentran en la actualidad paralizados en España al recurrir los jueces al Tribunal Constitucional para que aclare la aplicación de varios artículos del Código Penal que fueron modificados con la Ley Integral contra la Violencia de Género.

Detrás de las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas se encuentra una polémica desatada hace ya tiempo por una parte de la magistratura sobre un punto concreto: el que endurece las penas para determinadas agresiones o amenazas si las comete un hombre sobre su mujer, su novia o su ex compañera, pero no a la inversa.

En opinión de este sector de la judicatura, el artículo en cuestión -que sanciona con entre 6 meses y 1 año de cárcel a los varones que causen algún tipo de «menoscabo psíquico», «una lesión no definida como delito», «golpeen o maltraten»-, puede vulnerar el principio de igualdad.
Es más, vulnerar la Constitución, que fija que «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

Los magistrados también muestran sus dudas sobre otro apartado del Código Penal introducido por el Gobierno del PP en 2003 y que se mantuvo 1 año después con la puesta en marcha de la Ley de Violencia de Género.
El precepto obliga a imponer a todos los condenados por determinados delitos de violencia en el ámbito familiar (homicidio, lesiones y contra la integridad moral, entre otros) una pena accesoria de alejamiento respecto de la víctima, así como la suspensión del régimen de visitas, comunicación y estancia con los hijos mientras se cumple la condena.

En las últimas semanas, el Alto Tribunal ha admitido a trámite 2 nuevas consultas sobre este artículo procedentes de las Audiencias Provinciales de Valladolid y Cádiz.
Previamente habían prosperado las emitidas por distintos tribunales de Murcia, Madrid, Barcelona o las Palmas, de forma que el precepto ya acumula una veintena de cuestiones por resolver.

Recientemente, el pleno del Tribunal Constitucional avaló el trato penal diferenciado en materia de agresiones machistas por un margen de 7 votos a favor y 5 en contra, estos últimos provenientes del ala más conservadora de la judicatura.
El dictamen considera que el endurecimiento del castigo cuando el agresor es un varón «no se impone por razón del sexo del sujeto activo ni de la víctima, ni por razones vinculadas a su propia biología», sino porque la agresión de un hombre sobre quien es o fue su pareja es más grave que otros tipos de maltrato.

Según esa doctrina, la violencia machista es especial, está muy arraigada, daña «peculiarmente la libertad» y la «dignidad» de las mujeres que la sufren dentro de una relación afectiva, e intensifica el «sometimiento» al agresor.

Duras críticas
Las organizaciones feministas han mostrado su rechazo ante las consultas efectuadas al Tribunal Constitucional ya que el procedimiento contra el maltratador queda en suspenso. «Hablar de más de un centenar de cuestiones planteadas significa hablar de más de un centenar de víctimas de violencia de género desprotegidas», denuncian.

La presidenta de la asociación de Mujeres Juristas Themis, Altamira Gonzalo, incidió en que es «una falta de respeto al Legislativo por parte del Poder Judicial y una manera de tratar de impedir su aplicación».
Gonzalo instó al Alto Tribunal a resolver «lo más rápido posible las cuestiones planteadas».

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