domingo, 14 de diciembre de 2008

Calificaciones Escolares en Tenerife

http://www.eldia.es/2000-08-31/tenerife/tenerife17.htm
EDUCACION
Tendrán 10 días para presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Los padres divorciados sin la custodia podrán pedir las notas escolares de sus hijos.

SANTA CRUZ DE TENERIFE (REDACCIÓN).
El padre o la madre divorciado que no esté en posesión de la custodia, podrá solicitar al centro educativo en el que estudian sus hijos datos referentes a su proceso de evaluación, según informó ayer la Consejería de Educación del Gobierno Autónomo en una nota que tiene como trasfondo el inicio del curso escolar 2000 - 2001.

Para ello, el cónyuge que lo desee, y que, a pesar de no tener la custodia, no haya sido privado de la patria potestad, deberá solicitarlo al centro mediante un escrito, acompañado de una copia fehaciente de la sentencia de separación, divorcio o nulidad.

Plazos.
En caso de que la Justicia se haya pronunciado de un modo expreso acerca de esta cuestión, los colegios deberán atenerse a ella.
Sin embargo, la Consejería admite también derechos a la otra parte implicada, y, así, el padre o madre que conserve la custodia en el momento en el que se haga la petición, tendrá 10 días para presentar las alegaciones que consideren oportunas acerca de la autorización otorgada por el centro educativo a su ex cónyuge.

Transcurrido este plazo sin que se hayan producido alegaciones, «o cuando éstas no aporten ningún elemento que aconseje variar el procedimiento», el centro procederá a enviar al progenitor que haya solicitado el procedimiento, una copia de toda la información que se haya entregado también al cónyuge que esté en posesión de la custodia.

Educación reconoce también la posibilidad al solicitante de que reciba la información no sólo por escrito sino verbal sobre la evaluación de sus hijos que estimen oportunas el profesor tutor del niño o los otros docentes.

Situación indefinida.
En cualquier caso, los centros educativos prolongarán indefinidamente esta situación hasta que alguno de los progenitores aporte nuevos elementos que modifiquen el estatus de potestad, guarda o custodia.

La Consejería advierte, además, de que el padre destinatario de la información deberá cumplimentar y garantizar la devolución al centro de un recibo en el caso de que éste decida adjuntarlo.
Una omisión reiterada en este apartado podría ocasionar, según la citada nota, la privación de esta medida.

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