sábado, 7 de julio de 2007

Ley del Divorcio vs. Ley Integral sobre Violencia .....

FEDERACIÓN ANDALUZA DE MADRES Y PADRES SEPARADOS
BOLETÍN INFORMATIVO DE ANDALUCÍA Nº 80. MAYO - JUNIO / 2007. AÑO XII. ©
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Divorcio y violencia de Genero: dos leyes Contradictorias
Maria Sanahuja

Voy a hacer uso de mi derecho a la libertad de expresión en el convencimiento de que hablando la gente se entiende y de que sólo evidenciando todos los ángulos de un problema pueden encontrarse algunas soluciones al mismo.
Espero que este artículo no provoque las reacciones violentas e intolerantes que se generaron a raíz de la presentación de la memoria del Decanato de Barcelona el pasado mes de mayo, anunciando que voy a abundar en la lectura de la realidad que insinué en aquella ocasión.

El Proyecto de Ley de Violencia de Género y el de Ley del Divorcio responden a dos visiones de los conflictos que se plantean en las relaciones afectivas y familiares radicalmente distintas y ofertan soluciones tan absolutamente contradictorias, que difícilmente pueden convivir en el mismo ordenamiento jurídico.

La exposición de motivos del Proyecto de Ley de Divorcio parte del respeto «al libre desarrollo de la personalidad», lo que «justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad del individuo cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge».
Parte del respeto a las personas, del principio de libertad de los cónyuges para decidir voluntariamente, como ya no puede ser de otro modo, la continuación o no de su convivencia.

Cuestión distinta son las consecuencias que el cese debe conllevar, en función del desequilibrio que pueda comportar en relación con la posición del otro.
En cuanto a los hijos, la exposición de motivos alude insistentemente a que en el ejercicio de la patria potestad y la guarda y custodia, todos -padres, jueces, etcétera- deben procurar que tengan una relación fluida con ambos progenitores, evitando imponer trabas o dificultades que no estén amparadas en serios motivos y potenciando el principio de corresponsabilidad en el ejercicio de las potestades, para evitar que los hijos sufran innecesariamente un perjuicio en el desarrollo de su personalidad.

Por ello se alude a la mediación como procedimiento extrajudicial adecuado, aunque lamentablemente la ley no hace referencia a ella en su articulado. Y en el nuevo Art. 92 del Código Civil que se propone se menciona, ya explícitamente, la guarda compartida como forma de fomentar la corresponsabilidad.

Pues bien, al mismo tiempo que se tramita un Proyecto de Ley de Divorcio en el que se manifiesta un enfoque pacificador del conflicto, el Proyecto de Ley Integral contra la Violencia de Género insiste en una criminalización de las acciones de exteriorización de los conflictos, por leves que sean, en el ámbito de las relaciones afectivas y familiares.

Valoro muy positivamente el que se aborden en una Ley integral los distintos aspectos que interactúan en un fenómeno complejo como es la violencia contra las mujeres. Es inaplazable el trabajo en el ámbito educativo, de la publicidad y de los medios de comunicación; en el plano sanitario, en el de la asistencia social, la tutela de los derechos laborales -aquí el proyecto podría ser más ambicioso-, etcétera.

Continuar en la línea iniciada por los gobiernos anteriores en las últimas reformas del Código Penal, haciendo extensivo su alcance hasta límites intolerables, no parece que vaya a ofrecer solución al problema.
El número de denuncias está desbordando los juzgados y el número de órdenes de protección hace difícil su seguimiento y su exigencia de cumplimiento.
El Código Penal ha invadido el ámbito de las relaciones personales, hasta extremos nunca antes conocidos. Los ciudadanos deben ser conscientes de que cuando reprenden dando un cachete a sus hijos están cometiendo un delito; o cuando una pareja discute, llegando incluso a empujarse, si son vistos por agentes de cualquier policía, pueden ser conducidos al Juzgado de Guardia porque su acción está tipificada como delito y, al ser condenados, la sentencia comportará necesariamente, la prohibición de acercarse a la víctima y la suspensión, respecto a los hijos, del régimen de visitas (Art. 57.2, en relación al 48.2 CP).

Deben ser también conscientes de que el Código Penal no permite las reconciliaciones porque los dos miembros de la pareja podrían ser condenados por quebrantamiento de condena, uno como autor y el otro como cooperador necesario (Art. 468 en relación al Art. 28 CP); que para las mujeres extranjeras la denuncia y condena de sus parejas conlleva la expulsión automática del territorio nacional (Art.89 CP), no siendo conscientes de esta consecuencia hasta que ya no pueden remediarla.

Era necesario que el sistema penal reaccionara de un modo más contundente ante situaciones de violencia, pues eran calificados como falta, hechos que por su gravedad y reiteración merecían una sanción penal más grave. Se ha llevado hasta la extrema consecuencia esa necesidad, tipificando como delito, como hemos señalado, hechos que no son graves.
Y el Proyecto de Ley Integral insiste en esta dirección sin haberse evaluado previamente si las últimas reformas legislativas han dado resultado en atajar la violencia.

A juzgar por el número de víctimas, puede pensarse que no. El Consejo General del Poder Judicial, en su informe sobre la Problemática Jurídica de la Violencia Doméstica aprobado el 20 de marzo de 2001, enfatizaba cómo las medidas de alejamiento se incumplen en el 90% de los casos.

Los nuevos juzgados previstos quedarán colapsados desde el inicio a juzgar por la cantidad de asuntos que pueden llegar a tramitar y la gran cantidad de competencias civiles y penales que se les atribuye (Art. 42 del Proyecto de Ley de Violencia). Estos juzgados crearán más problemas de los que tratan de solucionar: No deben ser creados.

Las previsiones del Proyecto de Ley son totalmente insuficientes. Así, en la ciudad de Barcelona, dos juzgados exclusivos no pueden, en modo alguno, asumir el porcentaje de asuntos que, sobre esta materia, tramitan los 33 juzgados de Instrucción, añadiendo además las competencias civiles.
Por ello ha de manifestarse el temor, fundado, a que los problemas que surgirán puedan dejarse para la improvisación, y ello sería inadmisible. Puesto que no parece que se cuente con un estudio riguroso de qué porcentaje de asuntos, actualmente tramitados por los juzgados de Familia, Mixtos y de Instrucción, pasarán a los juzgados de Violencia, parece obvio que se desplazaran a esos juzgados el grueso de los procesos de familia contenciosos.

Desde la óptica de un Juzgado de Instrucción -ahora de Violencia-, el juez contaminado por la investigación tendrá que dictar sentencia en el proceso de familia, en el que a una de las partes, o a ambas, se le están imputando delitos, lo cual dificulta enormemente una tarea mediadora y pacificadora del conflicto que el juez de familia está en mejores condiciones de realizar.

Por otra parte, la implementación de cualquier política debe contar con la disposición de los agentes que deben llevarla a cabo y, en este caso, no se ha realizado estudio alguno que permita saber con qué número de jueces y magistrados se cuenta, con predisposición a asumir este tipo de juzgados, en las condiciones de incertidumbre actuales y conociendo la experiencia negativa de los juzgados de Elche, Orihuela y Alicante, en los que se realizó un ensayo.

Al juez no se le puede dejar, como está en este instante, en múltiples ocasiones, solo ante las exclusivas manifestaciones de las partes.
Al Juzgado de Instrucción deben ser llevados medios que permitan la toma de decisiones con conocimiento de causa.

Y me refiero a iniciativas como la planteada por la secretaria de Serveis Penitenciaris, Rehabilitació i Justicia Juvenil, de la Generalitat de Catalunya, que ha realizado un proyecto que pronto se pondrá en práctica en el Juzgado de Guardia de Barcelona, con la idea de hacerlo extensivo al resto del territorio, de asesoramiento técnico en materia de violencia doméstica. Pero la situación actual es que el juez debe decidir sin conocer y sin posibilidad de errar, y ello ciertamente no es factible.

Ya son muchos los compañeros que se quejan de que nos han convertido en una especie de consejeros sentimentales, y esa no es nuestra función, ciertamente. A los Juzgados de Guardia deberían de llegar, o en él deberían de poder diferenciarse, las situaciones realmente graves... para proteger efectivamente a las mujeres que están en riesgo.

Las relaciones hombre-mujer, y los problemas que de ellas surgen, ya no pueden abordase como si no se hubieran operado los cambios profundos en la sociedad española que se han dado a partir de los años 70. La progresiva equiparación en el ordenamiento jurídico de derechos para ambos sexos, junto a la masiva incorporación de la mujer al mundo laboral, permite alcanzar el primer escalón, el de la independencia económica, necesario para superar los roles de dominación.

La decisión de millones de mujeres en España, en los últimos años, de no centrar su vida exclusivamente en la procreación, decidiendo no tener hijos, o muy pocos, nos ha permitido dar el salto al mundo laboral.

Y nos queda todavía mucho trecho por recorrer hasta alcanzar la suficiente independencia emocional que nos permita relacionarnos con las personas en condiciones de respeto e igualdad.
Es cierto que estamos en un momento de tránsito en el que los nuevos roles no están claros. Si queremos superar el modelo de caverna -él caza, ella se ocupa de la prole-, hemos de impedir especialmente las discriminaciones salariales existentes y el acceso a puestos de responsabilidad que las mujeres no podremos alcanzar si persistimos en asumir en solitario la crianza de los hijos.

Por ello, el nuevo modelo al que tenemos que tender mayoritariamente, por el bien de nuestros hijos, es que se relacionen con ambos progenitores y ambos puedan contribuir a aportar los valores culturales y de socialización necesarios.

También por el bien de las mujeres, para que dispongan del tiempo absolutamente necesario para su realización personal y profesional. El nuevo modelo tras una ruptura con hijos menores comunes debe ser la guarda y custodia compartida.

Los hijos se beneficiarían de una carrera de relevos, de una educación en la pluralidad, y no vivirán en el pensamiento único. Yo no tengo duda alguna de que no hubiera podido asumir la responsabilidad del Juzgado Decano de Barcelona si no fuera porque tengo, en relación con mis hijas, la guarda y custodia compartida.

Las soluciones no vendrán desde un feminismo victimista y revanchista. Pueden pensar que el mío es un feminismo elitista, de mujer con un status social y económico que lo permite. No, el mío es el feminismo del esfuerzo por ejercitar los derechos negados a las mujeres, ocupando más espacios sin pedir permiso, y que surgió en unos barrios de obreros emigrantes, pues esa era la España heredada en los inicios de esta Democracia.

Desde Cataluña -aunque aragonesa- apuesto por la cultura del pacto como única vía, rentable para todos, de solucionar los conflictos. En general es falso que con el planteamiento de destruir al contrario se solucionen éstos y se avance. La Historia acredita que los odios se renuevan y se enquistan hasta la mutua destrucción. Pero en el tema que nos ocupa el otro es el padre o la madre de tus hijos y cualquier planteamiento bélico repercute directa y negativamente en ellos.

*Juez Decana de Barcelona y miembro de Jueces por la Democracia REVISTA Re(d)

viernes, 6 de julio de 2007

¿ Denuncias Falsas en los Procesos de Familia ?

Los abogados de oficio critican el uso de denuncias falsas en casos de maltrato familiar
abc.es / 02.07.2007
http://www.abc.es/20070702/sociedad-sociedad/abogados-oficio-critican-denuncias_200707020248.html

Actividades Extraescolares I

La Audiencia de Barcelona incluye las actividades extraescolares en el pago de la pensión.
Los gastos derivados de las actividades extraescolares de los hijos de padres separados deben quedar englobados en la pensión alimenticia, sin que puedan considerarse extraordinarios, según mantiene la Audiencia de Barcelona en un auto.
La sección 18a de la Audiencia de Barcelona .......

http://actualidad. terra.es/ nacional/ articulo/ audiencia_ incluye_activida des_extraescolar es_pago_1693628. htm

jueves, 5 de julio de 2007

Critica a la LIVG III

En el Diario DEIA: Ley Integral de Violencia de "Género": Efectos
http://www.deia. com/es/impresa/ 2007/07/03/ bizkaia/iritzia/ 378705.php
Luis Mª Puente
Pasada la conmoción que recientemente produjo la cifra de las mujeres asesinadas por sus (ex) parejas en una sola semana, deseo hacer alguna precisión a las reacciones suscitadas en los medios de comunicación.

Crisis de Pareja en el Principado de Asturias: Efectos

ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS - ASTURIAS

¿SABÍAS QUÉ?...¡PÁSALO!

Si eres un padre separado, si estás separado o divorciado, si te vas a separar o divorciar, si estas casado, si tienes hijos, si vas a casarte, o si simplemente eres un hombre o una mujer que cree en la igualdad entre hombres y mujeres hay algunas cosas que deberías saber, respecto al proceso de divorcio, la situación de la mujer o muy especialmente como afecta la nueva Ley de Violencia de Género a las relaciones de pareja.

¿Sabías qué?...¡PÁSALO!
- En Asturias cada año se producen alrededor de 5.400 matrimonios.
- Igualmente cada año en Asturias se producen unos 3.000 divorcios.
- Es decir si te vas a casar o estás casado debes saber que tienes un 70% de posibilidades de divorciarte.
- Y estas cifras van en aumento. Se calcula que en un breve plazo de tiempo (5 años) el número de divorcios será igual al de matrimonios.

- En caso de que haya hijos en el matrimonio, si son menores de edad, estos se le darán en custodia a la madre en el 90% de los casos.
- El padre tendrá a partir de ahora un régimen de visitas.
- Normalmente es un fin de semana alterna y la mitad de las vacaciones escolares.
- Es decir el padre separado solo tiene un 10% de posibilidades de quedarse con la custodia de sus hijos, y eso solo en el caso de que la madre sea manifiestamente incapaz de cuidarlos o renuncie a ello.

- Sin embargo tras la separación es el padre quien debe pagar en la mayor parte de los casos la mayor parte de la alimentación, vestido y educación de sus hijos.
- Las pensiones alimenticias medias que debe de abonar el padre separado son del orden del 25% de su salario por término medio.
- El padre separado debe abandonar su hogar al darle la custodia de los hijos a la madre que ha pedido la separación.
- El padre separado debe de seguir pagando la hipoteca (parte o toda) o el alquiler de su antiguo hogar.

- En ocasiones los jueces pueden dictar que además el hombre deba pagar una Pensión Compensatoria a la mujer.
- Todo lo anterior lleva a que muchos hombres separados tengan que volver a casa de sus padres o acaben en la indigencia.
- Según el informe anual de Cáritas los principales usuarios de los comedores públicos son hombres separados.
- El 83% de las personas sin hogar son varones según el Instituto Nacional de Estadística.

- Para facilitar los procesos de separación y la consecución de sus objetivos muchas mujeres ponen denuncias de malos tratos a sus maridos, llevadas por la "alarma social" creada o por la legislación "de conveniencia" .
- Hay asociaciones que aconsejan a una mujer que se sienta maltratada que se lleven a sus hijos de casa, que se lleven el libro de familia y que se lleven la nómina del marido .

- En Asturias el año pasado se pusieron alrededor de 1.500 denuncias de malos tratos.
- La Juez Decana de Barcelona, y otros Fiscales, Jueces en toda España alertaron ya del abuso de las denuncias falsas en los procesos de separación.
- Un hombre casado tiene, actualmente, un 30% de posibilidades de ser denunciado por malos tratos por su mujer durante su matrimonio.

- Puede ser considerado maltrato la violencia psicológica como "situaciones que agredan o puedan agredir, alteren o puedan alterar el contexto afectivo necesario para el desarrollo psicológico normal", o violencia económica como "la desigualdad en el acceso a los recursos económicos que deben ser compartidos, al derecho de propiedad, a la educación y a un puesto de trabajo".
- Una vez denunciado el hombre por malos tratos es más que posible que pase una noche en los calabozos simplemente por ser denunciado, en virtud de las leyes contra la violencia de género.
- El Juez puede dictar unas medidas provisionalísimas en virtud de las cuales el hombre puede ser expulsado de su casa en una o dos semanas, llevándose solo consigo sus efectos más personales.
- El Juez puede dictar como medida preventiva una orden de alejamiento de su ex-mujer y de sus hijos.

- Aún en el caso de que en el convenio de separación el hombre tenga derecho a visitar a sus hijos si la mujer incumple este régimen normalmente lo que le ocurre es una multa o un apercibimiento.
- Si el hombre se retrasa mas de un día en devolver a sus hijos puede incurrir en un delito de secuestro y acabar con sus huesos en la cárcel.
- Si el hombre impaga su pensión de alimentos es delito mientras que si la mujer incumple el régimen de visitas es sólo falta.

- Si se producen discusiones en la pareja o peleas con empujones... la misma conducta es un delito para el hombre y una falta para la mujer.
- Una denuncia en que una mujer diga que su pareja masculina la amenazó levemente puede acarrear una pena de 6 meses de cárcel para el hombre.
- En el caso de que una mujer denuncie malos tratos tiene toda una red de puntos de apoyo tanto en la Administració n Nacional, como Regional o Local.

- Las Casas de Acogida solo admiten mujeres que son agredidas por sus maridos y no admiten a hombres que son agredidos por sus mujeres ni tan siquiera a mujeres agredidas por otras mujeres de las que sean pareja.
- Sin embargo la violencia en el ámbito familiar es ejercido tanto por el hombre como por la mujer.
- Desde el año 2000 hasta el 2006 han muerto en Asturias 12 mujeres y 10 hombres debido a la violencia familiar.

- Las medidas penales no logran atajar la violencia y es posible que la incrementen.
- En el año 2004 no hubo ninguna víctima de violencia de género en Asturias. En el año 2005 se aprobó la Ley de Violencia de Género, ese mismo año murió una mujer y en el año 2006 hubo tres mujeres muertas.
- Estamos hablando de una población de un millón de habitantes, con más de 250.000 parejas formadas.

- En EE.UU. para una población de 300 millones de habitantes hay 1.200 mujeres muertas por violencia doméstica. 3 veces más que en España
- Una mujer considerada maltratada tiene derecho a un cúmulo de ayudas sociales como preferencia a las viviendas sociales, salario social...
- Por poner un ejemplo una funcionaria que llegue tarde a su trabajo, no incurrirá en ningún tipo de sanción simplemente con que se la tenga maltratada por su marido o pareja masculina.
- Según la Ley de Violencia de Género se considera que existe una relación de poder entre hombres y mujeres.

- En España hay aproximadamente 70 mujeres muertas cada año por violencia doméstica, lo cual representa una mujer por cada ochocientos mil habitantes aproximadamente dado que en España hay 44 millones de habitantes censados más otros 50 millones de turistas cada año.
- Los medios de comunicación no hablan de que hay alrededor de 25 hombres muertos por sus mujeres todos los años, que se sepa.

- En Asturias se produjo el año pasado alrededor de una muerte violenta diaria. Principalmente por accidentes de tráfico, suicidios, sobredosis por drogas, accidentes laborales y homicidios.
- Las muertes violentas son padecidas fundamentalmente por los hombres hasta en un 75%.
- En España mueren cada año alrededor de 1.000 personas por accidentes laborales, 950 hombres y 50 mujeres.

- La mujer vive de media 6 años más que un hombre.
- En el censo electoral asturiano hay un 10% más de mujeres que de hombres.
- En Asturias las Asociaciones de Mujeres reciben más de 3.000.000 de euros de subvenciones al año solo del Principado, sin contar el Estado, los Ayuntamientos, la Unión Europea...
- En Asturias las Asociaciones de Hombres no han recibido ni un solo euro de subvención.
- En Asturias en el año 2003 se produjeron 124 suicidios, 91 hombres y 33 mujeres.

Podríamos seguir.
¿Es justo hablar o decir de que la mujer en Asturias y en España está discriminada, o se ejerce una violencia generalizada contra ella? Nosotros creemos que no.
Si no estas de acuerdo con quienes dicen lo contrario y quieres informarte de más cosas o quieres hacer algo porque esto cambie visita nuestra página web:
Asociación de Padres de Familia Separados de Asturias
Web: www.apfsasturias. org E-mail: apfsasturias@ yahoo.es

miércoles, 4 de julio de 2007

Divorcio: Visitas de Niños a los Psicologos:

Las visitas de niños al psicólogo crecen un 20% debido a los divorcios
laopiniondemurcia.es / 02.07.2007
http://www.laopiniondemurcia.es/secciones/noticia.jsp?pNumEjemplar=2995&pIdSeccion=2&pIdNoticia=63776&pIndiceNoticia=0

¿ Custodia Compartida dentro de las Filas del PP ?

DIARIO DE MALLORCA 3/6/06
Mallorca

CUSTODIA COMPARTIDA. REPERCUSIONES EN SU APLICACIÓN PÍA SÁNCHEZ FERNÁNDEZ

Sánchez aboga por la obligatoriedad de los centros de mediación familiar.
La diputada extremeña del PP pide segregar la custodia compartida de la ley del divorcio.

La diputada por Badajoz del Partido Popular en el Congreso, Pía Sánchez Fernández, reivindicó ayer "una ley de custodia compartida independiente de la ley del divorcio" como tiene Francia desde 2002 e Italia desde este año, y abogó porque la futura ley de la custodia compartida incluya "la existencia obligatoria de los centros de custodia compartida para que gestionen la intermediació n entre los cónyuges que se separan para que lleguen al máximo acuerdo posible, paren su continuo enfrentamiento y velen por el bienestar de los hijos".

Pía Sánchez Fernández (Badajoz, 1961), vocal de la comisión mixta de los Derechos de la Mujer y de Igualdad de Oportunidades en el Congreso, impartió ayer en el Club DIARIO de MALLORCA la conferencia ´Custodia compartida. Repercusiones de su aplicación en las familias separadas´, organizada por la Asociación de Padres de Familia Separados de Balears y cuyos presidente y delegado de prensa, Jorge Skibinski y Carlos Prieto, respectivamente, presentaron a la diputada conservadora.

Sánchez avanzó que en el último trimestre del año la diputada popular por Ciudad Real, Carmen Quintanilla, presentará un proyecto de ley de mediación familiar en la comisión de Justicia del Parlamento español, que incluirá la creación y la intervención de los centros de mediación familiar "con carácter voluntario".

La diputada del PP recordó que desde que Francia tiene una ley propia de custodia compartida y los centros de mediación familiar "la conflictividad entre cónyuges ha disminuido un 58%".

Sánchez se preguntó por qué el PSOE alentó la ley de matrimonios gays, mientras que este tema les pasa desapercibido. Y planteó la posibilidad que los movimientos radicales feministas que están bajo la órbita socialista impidan que los socialistas se atrevan a abordar este tema en profundidad.

La diputada conservadora rechazó tajantemente que se relacione violencia doméstica con custodia compartida: "Aquí hablamos del 95% de los matrimonios y personas normales y no de ese 5% problemático" .

lunes, 2 de julio de 2007

¿Custodia Compartida en España ?

Custodia compartida:sentencias con 'cuentagotas' dos años después.
actualidadterra.es / 01.07.2007
http://actualidad.terra.es/sociedad/articulo/custodia_compartidasentencias_cuentagotas_despues_1682756.htm
La reforma del Código Civil en materia de divorcio, que el 8 de julio cumple dos años, ha multiplicado las demandas de custodia compartida en los despachos de abogados, aunque los jueces la aplican con 'cuentagotas', según expertos consultados por EFE.

domingo, 1 de julio de 2007

¿ Eficacia de la Ley Integral de Violencia de "Genero" ?

Después de todo lo que esta "cayendo", deberiamos de reflexionar si la solución a la situación actual es su Penalización y no buscar otras alternativas más "realistas" y eficientes y eficaces: No a la Violencia, del tipo que sea.

http://www.elcorreo digital.com/ alava/prensa/ 20070624/ portada_ala/ montserrat- comas_20070624. html
MONTSERRAT COMAS, PRESIDENTA DEL OBSERVATORIO DE VIOLENCIA DE GÉNERO DEL PODER JUDICIAL (CGPJ)
Montserrat Comas«La integración de los inmigrantes debe basarse en la asunción de nuestros principios constitucionales»
La jueza rechaza que el alejamiento se imponga de forma «automática»
J. MUÑOZ j.munoz@diario- elcorreo. com/BILBAO

Asociación en Cadiz: APIF de Cadiz

"APIF-CADIZ Asociacion por la proteccion integral de la familia"
apif-cadiz@hotmail.com
Subject: Padres separados reclaman una ley que instaure la custodia compartida de los hijos
Date: Sat, 30 Jun 2007
Padres separados reclaman una ley que instaure la custodia compartida de los hijos.
Nace una asociación en Cádiz para exigir que se reconozca y se persiga la alienación parental, que lleva a los menores a odiar a uno de sus progenitores lavozdigital.es / 29.06.2007
http://www.lavozdigital.es/cadiz/prensa/20070629/temas/padres-separados-reclaman-instaure_20070629.html

Se Investiga a un Juez de Alicante ....

Alicante
El TSJ investiga al juez de Alicante que invocó a Dios y a la familia para revocar la orden de alejamiento a una madre
Magro dice que los magistrados deben aplicar el Derecho y abstraerse de sus pensamientos.
http://www.lasprovincias.es/alicante/prensa/20070628/comarcas/investiga-juez-alicante-invoco_20070628.html

Juez frente a la Adopción por Pareja de Lesbianas

Un juez frena una adopción porque cree que dos lesbianas no son una familia "normal".
El magistrado exige la opinión de todos los psicólogos de la Dirección de Familia de Murcia
MÓNICA C. BELAZA - Madrid - 30/06/2007
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/juez/frena/adopcion/cree/lesbianas/familia/normal/elpepusoc/20070630elpepisoc_7/Tes